Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004

Que, en la primera disposicion transitoria y final de la citada Ordenanza por excepcion y por unica vez en el plazo de 90 dias se aplicara una amnistia por derecho de costos de carne de sanidad por el valor de S/. 10.00 Diez y 00/ 100 nuevos soles para el carne de un ano y de S/. 5.00 (cinco y 00/100 nuevos soles) para el carne de 6 meses; Que, mediante Oficio Nº 001-04-GS-MDLP de fecha 18.5.2004 la Gerencia de Sanidad solicita la ampliacion de la amnistia para la expedicion de carne sanitario; Que, mediante Memorandum Nº 256-2004-GAJ-MDLP de fecha 27.5.2004 de la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion que es procedente la ampliacion del plazo senalado en la primera disposicion transitoria y final de la citada ordenanza; Que con el Dictamen de la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, donde se senala que se ha debatido ampliamente lo solicitado por la gerencia de sanidad teniendo en cuenta el Memorandum Nº 256-2004-GAJMDLP emitido por la Gerencia de Asuntos juridicos; Que el Pleno del Concejo ha debatido y luego de las deliberaciones respectiva ha emitido su pronunciamiento final teniendo en cuenta que el carne de sanidad es un medio eficaz para la prevencion y el control de la salud e higiene de las personas que presentan diferentes servicios de atencion al publico con la finalidad de salvaguardar el Derecho que tiene la comunidad en la proteccion de la salud de la jurisdiccion del Distrito de La Perla; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas en el articulo 9º inciso 8 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion del acta ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar el articulo primero de la disposicion transitoria final de la Ordenanza Nº 003-2004MDLP de fecha 24.1.2004, quedando redactado de la siguiente manera: Ampliar la amnistia hasta el 31 de diciembre del 2004 del derecho de costos de carne de sanidad cuyo valor sera de S/. 10.00 (Diez Nuevos Soles y 00/100 para un ano y de S/. 5.00 Cinco y 00/100 Nuevos Soles para seis meses). Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Sanidad el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12060

finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en la mencionada Carta Magna; Que, el Articulo 234º del MORDAZA citado cuerpo legal, precisa que el matrimonio es la union voluntariamente concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA y formalizada con sujecion a las disposiciones de ley, a fin de hacer MORDAZA en comun; Que, la Comunidad MORDAZA de la Mision de "San MORDAZA y San MORDAZA de Pachacutec" han solicitado en nombre de las numerosas parejas de convivientes del distrito la realizacion de un Matrimonio Civil Masivo para que las mismas puedan regularizar su situacion marital; Que, la Municipalidad como parte integrante del Estado tiene el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio controlando de este modo la legalidad y seguridad juridica, considerado a esta como la unica forma moral y etica de constituir la familia y preservar la especie humana; Que, en uso exclusivo de las atribuciones conferidas por los incisos 6) y 16) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR la celebracion del Matrimonio Civil Masivo solicitado por la Comunidad MORDAZA de la Mision de "San MORDAZA y San MORDAZA de Pachacutec" del distrito de Ventanilla, a llevarse a cabo el dia 27.JUL.2004 a las 17:00 HORAS en las instalaciones de la referida comunidad cristiana. Articulo 2º.- APROBAR el pago unico y requisitos minimos para los contrayentes que se acojan a este beneficio, siendo los siguientes: - Partida de Nacimiento Original y actualizada, (ambos). - MORDAZA Fotostatica de DNI, (ambos). - Certificado Medico expedido por el Area de Salud, (ambos). - Certificado Domiciliario. - Declaracion Jurada de Solteria Notarial, (ambos). - Foto tamano carne; una por cada contrayente. - Todos los requisitos deberan presentarse en sobre Manila A-4. - Pago Unico de S/. 25.00 nuevos soles por pareja. Articulo 3º.- DISPONER la exoneracion de los plazos legales para dicha celebracion a los contrayentes y encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo de Ventanilla, oficie a la entidad interesada MORDAZA de la presente MORDAZA municipal para su conocimiento y tramite respectivo; a la Gerencia de Registros Civiles su fiel cumplimiento; y a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas su debida difusion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, cumpla y archive. Dado en el Palacio Municipal de Ventanilla, a los dos dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 12051

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Autorizan celebracion de matrimonio civil masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2004/MDV-ALC Ventanilla, 2 de junio de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 050-2004/MDV-ALC del 2.JUN.2004, sobre la ratificacion de matrimonio civil masivo; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 4º de la Constitucion, establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia, promueve el matrimonio y los reconoce como institutos naturales y fundamentales de la sociedad concordado con lo estipulado en el Articulo 233º del Codigo Sustantivo, el mismo que senala que la regularizacion juridica de la familia tiene por

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO DE LA ALIANZA
Sancionan con destitucion a ex servidores de la municipalidad
(Se publica las resoluciones de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital Alto de la Alianza, mediante Oficio Nº 0655-2004-A-MDAA, recibido el 25 de junio de 2004) RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 01190-2003-A-MDAA Alto de la Alianza, 23 de diciembre del 2003

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