Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004

El propietario del predio y el operador de la EBR asumen responsabilidad solidaria por las infracciones a esta ordenanza, senaladas con los Codigos Nºs. 004.01.43 y 004.01.64. Las sanciones aplicables a cada infraccion son las siguientes:
Nº ORDEN 004.01.43 Por instalar Estaciones Base Radioelectricas sin autorizacion. a) Al Operador b) Al propietario del predio Por operar sin contar con la Resolucion de conformidad de obra de instalacion de Estacion Base Radioelectrica. (Operador) Por no presentar anualmente MORDAZA del certificado que acredite que las radiaciones electromagneticas de la antena se encuentran dentro de los Limites Maximos Permisibles. (Operador). Por no comunicar la modificacion, mantenimiento, inicio o cese de operaciones de la EBR. (Operador). Por no cumplir con el retiro, desmontaje o Demolicion de la EBR, al requerimiento de la Municipalidad. a) Al Operador b) Al propietario Por no adecuarse a las disposiciones de la presente Ordenanza dentro del plazo que la misma establece. (Operador). INFRACCION UIT SANCION MEDIDA COMPLEMENTARIA

Paralizacion y/o Demolicion y/o Desmontaje y/o Retiro 10 UIT de Materiales 3 UIT 10 UIT Decomiso

za, otorguese a los Operadores un plazo de doce (12) meses para adecuar las instalaciones de Estaciones Base Radioelectricas existentes en el distrito debidamente autorizadas a lo dispuesto en la presente MORDAZA, debiendo solicitar la Conformidad de Obra de Instalacion conforme a lo dispuesto en la presente norma. Cuarta.- Guias de Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y del Programa de Adecuacion Ambiental (PAMA).Las Guias seran puestas a disposicion en el Reglamento de la presente ordenanza. Quinta.- Registro de Empresas autorizadas para realizar EIAs y PAMAs.- El Registro sera puesto a disposicion en el Reglamento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Modifiquese el MORDAZA incorporando la tramitacion, requisitos y derechos administrativos correspondientes al tramite que se establece con la presente Ordenanza. Segunda.- La reglamentacion que requiera la aplicacion de la presente Ordenanza sera expedida mediante Decreto de Alcaldia. Tercera.- Incorporese al Cuadro de Infracciones y Sanciones, las sanciones que se establecen en el articulo 13º de la presente Ordenanza. Cuarta.- Deroguese la Ordenanza Nº 07-97-O-MSS y cualquier otro dispositivo legal en la parte que se oponga a la presente Ordenanza. Quinta.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a las Gerencias de Medio Ambiente, Desarrollo MORDAZA y Desarrollo Economico. POR TANTO:

004.01.61

004.01.62

5 UIT

004.01.63

3 UIT Desmontaje

004.01.64

Decomiso y/o Demolicion y/o Desmontaje 10 UIT 3 UIT 10 UIT Decomiso y/o Demolicion y/o Desmontaje

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 12139

004.01.65

Aprueban Reglamento General del MORDAZA de la Amistad "Maria Grana Ottone"
ORDENANZA Nº 196-MSS MORDAZA de MORDAZA, 23 de junio de 2004 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo IV Sobre Descentralizacion Nº 27680, publicada oficialmente el 7.MAR.2002, establece que las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, los incisos 5) y 8) del Articulo 195º, de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo IV Sobre Descentralizacion Nº 27680, publicada oficialmente el 7.MAR.2002, establecen que las municipalidades distritales deben organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; de igual manera, deberan desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia ambiental y sostenibilidad de los recursos naturales, entre otras; Que, el Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado por Decreto Legislativo Nº 613, establece en el Articulo I del Titulo Preliminar que toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, aprobado por De-

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Adecuacion de la tramitacion.- Los expedientes administrativos sobre autorizaciones para la instalacion y operacion de EBRs, que se encuentren en tramite a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se adecuaran a lo establecido en el presente dispositivo. Segunda.- Programa de regularizacion.- Los operadores de EBR instaladas hasta el 31.MAY.2004 sin autorizacion municipal, a efecto de regularizar su situacion, deberan presentar hasta el 31.AGO.2004 la documentacion requerida en el articulo 6º del presente dispositivo y adicionalmente lo siguiente: a) MORDAZA simple del estudio vigente que acredite el cumplimiento de los Limites Maximos Permisibles establecidos por el MTC para cada Estacion Base Radioelectrica. b) Programa de Adecuacion Medioambiental de la Estacion Base Radioelectrica que contemple la minimizacion de todos los impactos ambientales generados por la operacion, mantenimiento (limpieza) y cierre de las Estaciones Base Radioelectricas, asi como las etapas para el adecuacion a lo dispuesto en la presente ordenanza. En este caso, para el otorgamiento de la Autorizacion en via de regularizacion no se tendra en cuenta los requisitos de ubicacion establecidos en los literales a) y b) del articulo 3º, siempre que no se MORDAZA presentado queja o denuncia vecinal sobre la EBR, anterior a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, en cuyo caso la Municipalidad, previa evaluacion podra disponer la reubicacion de la EBR. Toda EBR instalada con posterioridad a la fecha indicada en el primer parrafo de la presente disposicion transitoria no sera susceptible de regularizacion, siendo aplicables las sanciones establecidas en el presente texto. Tercera.- Adecuacion de instalaciones autorizadas.A partir de la entrada en vigencia de la presente ordenan-

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