Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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creto Supremo Nº 007-85-VC, establece en el Articulo 56º que las calles, parques, plazas y paseos, los bosques y prados, areas de conservacion y proteccion y, otras areas de uso publico tienen el caracter de intangibles, inalienables e imprescriptibles. Los Municipios no permitiran su aplicacion a fines o modalidades de usos diferentes a los que su caracter de bien publico les impone; Que, la Ordenanza Nº 525-203-MML publicada el 26.JUL.2003, establece el regimen de proteccion, conservacion, defensa y mantenimiento de las Areas Verdes de Uso Publico ubicadas en MORDAZA Metropolitana, el cual establece en su Articulo 5º que la conservacion, defensa y mantenimiento de las areas verdes son acciones que por razones de equilibrio ecologico, bienestar colectivo y calidad de MORDAZA, forman parte de la politica municipal ambiental; Que, en el Articulo 6º de la precitada Ordenanza, establece que todo ciudadano tiene derecho al libre acceso y disfrute de las areas verdes de uso publico, sin mas limitaciones que las derivadas del orden publico, la moral y las buenas costumbres, asi como de las demas normas establecidas en la ordenanza; Que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA ha construido el MORDAZA de la Amistad "Maria Grana Ottone" con el objeto de elevar la calidad de MORDAZA de los vecinos del distrito y los visitantes de otras localidades, asi como de servir de complemento a la oferta turistica; Que, la Municipalidad es consciente de la problematica que plantea este MORDAZA de instalaciones desde el punto de vista de la seguridad, la higiene y de la calidad de los servicios ofrecidos a los usuarios del parque; Que, la Municipalidad considera necesario minimizar los riesgos potenciales a todos los usuarios del MORDAZA de la Amistad; Contando con opinion favorable, segun Dictamen Conjunto de las Comisiones de Gestion Municipal, Asuntos Sociales y Participacion Vecinal y de Asuntos Juridicos Nº 001-2004-CGM-CASYPV-CAJ-MSS; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; adopto por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DEL MORDAZA DE LA AMISTAD "MARIA GRANA OTTONE" DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento General del MORDAZA de la Amistad "Maria Grana Ottone" de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, el mismo que consta de: Introduccion, Generalidades, 4 Titulos, 5 Capitulos y 29 Articulos, conforme al anexo unico adjunto que forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano, a traves de la Subgerencia de Desarrollo Humano. Tercero.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA REGLAMENTO GENERAL DEL MORDAZA DE LA AMISTAD "MARIA GRANA OTTONE" ORDENANZA Nº 196-MSS INTRODUCCION El presente Reglamento General, se ha elaborado con el proposito de formalizar las actividades del MORDAZA de la Amistad "Maria Grana Ottone" (en adelante MORDAZA de la Amistad), de la Municipalidad de MORDAZA de Surco.

El MORDAZA de la Amistad es una obra publica, ubicada en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, entre la Av. Caminos del MORDAZA (Cuadra 21), MORDAZA Inquisicion y MORDAZA Sacramento, con una extension aproximada de 35,000 m2, creada con la finalidad de atender la necesidad de recreacion, cultura, turismo y cuidado del medioambiente de los vecinos del distrito, priorizando a los ninos menores y personas de la tercera edad, asi como tambien, de los visitantes y turistas. Por los aspectos MORDAZA mencionados, se ha elaborado el presente Reglamento General, a fin de cumplir adecuadamente con lo que demanda la ciudadania, dentro del MORDAZA de actuacion de las municipalidades modernas. El objetivo fundamental del Reglamento General, es orientar al MORDAZA de la Amistad, hacia una administracion moderna y viable, que permita el logro de los fines contemplados, capaz de adaptarse a los cambios y responder adecuadamente a la demanda de la comunidad. En ese sentido, el presente Reglamento General, determina la finalidad, objetivos generales y especificos, para el MORDAZA de la Amistad de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Finalmente, es de precisar, que el Reglamento General del MORDAZA de la Amistad, constituye la MORDAZA administrativa de mas alta jerarquia, despues de las normas legales vigentes que la reglamentan, y como tal, sirve de base para la elaboracion de otros instrumentos de gestion. REGLAMENTO GENERAL DEL MORDAZA DE LA AMISTAD "MARIA GRANA OTTONE" ORDENANZA Nº 196-MSS Generalidades Del contenido y ambito de aplicacion del Reglamento Articulo 1º.- El presente Reglamento General, es un instrumento legal que MORDAZA y regula las acciones para la administracion de los servicios del MORDAZA de la Amistad del distrito de MORDAZA de Surco. Titulo I De la Finalidad y Objetivos Generales Articulo 2º.- El presente Reglamento General, tiene por finalidad fijar las normas y criterios requeridos para la adecuada administracion del MORDAZA de la Amistad. Articulo 3º.- El objetivo del presente Reglamento General es contar con un instrumento tecnico que permita una correcta utilizacion de esta area, destinada al esparcimiento y recreacion de los vecinos de MORDAZA de Surco. Titulo II De las normas de caracter general y especifico Capitulo I De los Horarios y el Ingreso Articulo 4º.- El horario regular de atencion del MORDAZA de la Amistad sera entre las 9.00 y 18.00 hrs. todos los dias, inclusive domingos y feriados, en el cual habra libre acceso al publico a todas sus instalaciones, dicho horario se ira ampliando en forma progresiva conforme se vayan otorgando en concesion los servicios que se brindan en el Parque. Articulo 5º.- Los eventos especiales se efectuaran en los dias y horarios que senale la autorizacion correspondiente, con el conocimiento de la Subgerencia de Desarrollo Humano. Articulo 6º.- El ingreso y salida del MORDAZA de la Amistad para el publico en general, sera exclusivamente por la MORDAZA ubicada en la cuadra 21 de la avenida Caminos del Inca. Articulo 7º.- El control de ingreso, debe impedir el acceso al MORDAZA de los visitantes que incurran en alguna de las causales previstas en el Articulo 23º del presente Reglamento y por otro lado, que el numero de personas que ingresen, no supere la capacidad MORDAZA establecida. Capitulo II De las Instalaciones Articulo 8º.- El aforo MORDAZA que pueda recibir el MORDAZA en sus areas libres y en sus instalaciones, sera de 1,200 personas en condiciones normales, previendose que

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