Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2004 (27/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2004

Licencia con Goce de Haber por capacitacion por cuatro (4) dias, del 26 al 29 de octubre inclusive, del presente ano; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura en su Sesion Plenaria, del 4 de septiembre de 2003, acordo la publicacion en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, de las Resoluciones que autorizan viajes al exterior de los senores Consejeros, aun cuando dichas Resoluciones no irroguen gastos a la Institucion, y en la del 21 de octubre de 2004, acuerda conceder la Licencia solicitada con Goce de Haber por comision de servicios por capacitacion MORDAZA citada, al senor Consejero doctor MORDAZA MORDAZA Delgado; Con la visacion de la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Legal del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conceder al senor Consejero doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Licencia con Goce de Haber por cuatro dias contados del 26 al 29 de octubre de 2004 inclusive, por comision de servicio por capacitacion, a fin que pueda asistir a la XIX Jornadas Iberoamericanas de Derecho Procesal, a llevarse a cabo en la Republica de Venezuela. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no genera egreso alguno al Consejo Nacional de la Magistratura ni da derecho a la exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas del Consejo Nacional de la Magistratura el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 19317

diendo formularse en el plazo de cinco dias contados desde la fecha de publicacion; conforme lo dispone el articulo 196º y siguientes de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que las nulidades solo proceden por causales senaladas en la ley; que los hechos en los que se pretende sustentar la nulidad solicitada en autos, no estan comprendidos en el articulo 364º de la Ley Organica de Elecciones, que precisa que, el MORDAZA Nacional de Elecciones puede declarar la nulidad de las elecciones realizadas en cualquier distrito o en toda una provincia cuando los votos nulos o en MORDAZA, sumados o separadamente, superen los dos tercios del numero de votos validos; por lo que el pedido de nulidad resulta improcedente; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente el pedido de nulidad de los resultados del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades del Concejo Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de MORDAZA, formulado por el personero legal don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guerrero. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 19289

JNE
Declaran improcedente pedido de nulidad de resultados del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades del Concejo Distrital de Machupicchu
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 228-2004-JNE Exp. Nº 801-2004-Nul. MORDAZA, 25 de octubre de 2004 VISTO en Audiencia Publica del 25 de octubre de 2004, el pedido de nulidad de los resultados del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades del Concejo Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de MORDAZA, formulado por el personero legal de la promotora de la Iniciativa de Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades 2004; remitido con Oficio Nº 102-20004-JEE-CUSCO por el MORDAZA Electoral Especial de Cusco; CONSIDERANDO: Que segun el Acta de la Sesion de Computo del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, del 21 de octubre de 2004, como resultado del MORDAZA de consulta popular, en el distrito de Machupicchu no se revoco a sus autoridades; Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como organo encargado de mantener y actualizar el Padron Electoral, publica las listas del padron inicial en sus oficinas distritales, en lugar visible, despues del cierre de inscripciones; oportunidad en la que cualquier ciudadano tiene derecho a reclamar ante la oficina respectiva, sobre registros con error, solicitar se eliminen los nombres de ciudadanos fallecidos, entre otros; pu-

Dejan sin efecto credenciales de MORDAZA y regidor otorgadas provisionalmente en el Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Alto Amazonas
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 229-2004-JNE Exp. Nº 699-2004 MORDAZA, 25 de octubre de 2004 VISTO el pedido formulado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fuera suspendido en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, para que se deje sin efecto la credencial otorgada a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA como MORDAZA Provisional del citado concejo; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 192-2004-JNE publicada el 25 de agosto de 2004, se declaro que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asume provisionalmente el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Lagunas; y se convoco a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor; expidiendose las respectivas credenciales; Que concluido el mandato de detencion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme lo dispuso la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, mediante Resolucion Nº 5 del 21 de setiembre de 2004, al habersele dictado comparecencia restringida, este reasume sus funciones en forma automatica e inmediata, sin requerir pronunciamiento alguno del concejo, conforme lo dispone el articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

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