Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2004 (27/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2004

Visto, el Oficio Nº 478-2004/INC-GG-OA-UT emitido por el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura comunica que el Centro de Prevencion Bucal S.R.L. ha efectuado una donacion a favor del Instituto Nacional de Cultura por la suma de S/. 22,500.00 (Veintidos Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) destinada al cumplimiento de sus fines institucionales, en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Interinstitucional celebrado entre MORDAZA entidades; Que, el inciso d) del numeral 5. del Articulo 16º de la Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, seran aprobadas por resolucion del Titular del Pliego, senalando que en el caso de montos superiores a (5) UITs la referida resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los (5) dias habiles de aprobada, por lo que resulta necesario emitir la resolucion de aceptacion de la referida donacion la misma que constituye una importante contribucion al desarrollo de la cultura; Estando a lo visado por la Oficina de Planificacion y Presupuesto, la Oficina de Administracion, la Oficina de Asuntos Juridicos y la Gerencia General; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 y con las facultades que le confiere el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2003ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR la donacion efectuada por el Centro de Prevencion Bucal S.R.L. a favor del Instituto Nacional de Cultura ascendente a la suma de S/ . 22,500 (Veintidos Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), depositada en la cuenta corriente Nº 0003553906 del Instituto Nacional de Cultura en el Banco Wiese Sudameris, segun boleta de deposito Nº 050.003.0057 U6552.U6552. Articulo 2º.- La donacion, a que se refiere el articulo precedente, sera destinada al cumplimiento de los fines institucionales del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 3º.- Agradecer al Centro de Prevencion Bucal S.R.L. por la donacion otorgada a favor del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Administracion Documentaria la publicacion de la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes de aprobada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 19248

MATERIA : Participacion de la Srta. Joselyn MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria Tecnica del Tribunal de Solucion de Controversias de OSIPTEL, en el "Seminario Subregional sobre Competencia en los Servicios Regulados", a realizarse del 8 al 11 de noviembre de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador. VISTOS: El Fax de invitacion de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA para que un representante del Tribunal de Controversias de OSIPTEL participe y exponga en el "Seminario Subregional sobre Competencia en los Servicios Regulados", a realizarse del 8 al 11 de noviembre de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador. CONSIDERANDO: Que, la Comunidad MORDAZA es una organizacion subregional con personeria juridica internacional constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela y compuesta por los organos e instituciones del Sistema MORDAZA de Integracion (SAI); Que, el Sistema MORDAZA de Integracion (SAI) es el conjunto de organos e instituciones que trabajan estrechamente vinculados entre si y cuyas acciones estan encaminadas a lograr los mismos objetivos: profundizar la integracion subregional MORDAZA, promover su proyeccion externa y robustecer las acciones relacionadas con el proceso; Que, el "Seminario Subregional sobre Competencia en los Servicios Regulados", tiene por objetivo conocer los criterios utilizados por las agencias de competencia y los organismos reguladores de Telecomunicaciones y Transporte Aereo en el MORDAZA de las normas que los facultan en materia de competencia; Que, en este MORDAZA se presentara, entre otros temas, el Proyecto de Competencia cuyo objetivo es mejorar el MORDAZA legislativo, administrativo y judicial regional y nacional en materia del derecho de la competencia, apoyar a las instituciones andinas responsables de la aplicacion y control de las normas en esta materia y promover la cultura de la competencia; Que, los temas materia de discusion en el "Seminario Subregional sobre Competencia en los Servicios Regulados", forman parte de la agenda de OSIPTEL, por lo que es de interes institucional la participacion de la Srta. Joselyn MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria Tecnica del Tribunal de Solucion de Controversias de OSIPTEL; Que, la asistencia de la Secretaria Tecnica del Tribunal de Solucion de Controversias de OSIPTEL al referido MORDAZA, no generara gasto alguno al Estado Peruano, por cuanto los gastos ocasionados por pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por los organizadores del evento; Que, de conformidad con el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el articulo 17º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, aprobado por Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF-76.01, los viajes al exterior que no irroguen gasto alguno con cargo al Presupuesto de las Entidades, seran autorizados mediante Resolucion del Titular de la entidad correspondiente; De acuerdo con lo dispuesto en la Directiva Nº 0012004-PD/OSIPTEL, Directiva de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria de OSIPTEL para el ejercicio 2004 y con la opinion favorable de la gerencia general; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Srta. Joselyn MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria Tecnica del Tribunal de Solucion de Controversias de OSIPTEL a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 7 al 12 de noviembre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente resolucion no irrogara gasto alguno al Estado, ni MORDAZA derecho de exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Articulo 3º.- La funcionaria MORDAZA mencionada, debera presentar a la institucion un informe detallado de

OSIPTEL
Autorizan viaje de funcionaria a Ecuador para participar en el "Seminario Subregional sobre Competencia en los Servicios Regulados"
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 128-2004-PD/OSIPTEL MORDAZA, 20 de octubre del 2004

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