Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2004 (27/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES
VISTOS:

Pag. 279115

se centre en la tematica de desarrollo social y en su conocimiento sobre los grupos prioritarios y sobre el ejercicio ciudadano; y, Conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM y estando a lo propuesto por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision Especial de Alto Nivel encargada de elaborar el Plan Nacional de Restitucion de la Identidad "Documentando a los Indocumentados", la cual estara integrada por los siguientes miembros: a) Gerente de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social del RENIEC quien la presidira. b) Un representante titular y un miembro alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. c) Un representante titular y un miembro alterno del Ministerio de Educacion. d) Un representante titular y un miembro alterno del Ministerio de Salud. e) Un representante titular y un miembro alterno del Ministerio del Interior. f) Un representante titular y un miembro alterno del Ministerio de Defensa. g) Un representante titular y un miembro alterno de la Defensoria del Pueblo. h) Un representante titular y un miembro alterno del Consejo Nacional de Descentralizacion. i) Un representante titular y un miembro alterno del Consejo Nacional de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afro Peruanos (CONAPA). j) Un representante titular y un miembro alterno del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS). k) Un representante titular y un miembro alterno de la Mesa de Concertacion de Lucha contra la Pobreza. l) Un representante titular y un miembro alterno de la Escuela Nacional de Registro del Estado Civil e Identificacion- ENRECI del RENIEC. m) Un representante titular y un miembro alterno de la Subgerencia de Identidad y Estado Civil del RENIEC. n) Un representante titular y un miembro alterno de la Sociedad Nacional de Beneficencia. Articulo 2º.- La Comision podra invitar a las organizaciones de la sociedad civil que puedan contribuir al logro de sus objetivos, las mismas que son: a) Asociacion Regional de Pueblos Indigenas de la MORDAZA Central (ARPI). b) Centro de la Mujer Peruana MORDAZA Tristan. c) Instituto Dialogo y Propuesta. d) UNICEF. Articulo 3º.- La Comision constituida por la presente Resolucion, presentara el Plan Nacional de Restitucion de la Identidad en el plazo de 90 dias calendario, a partir de su instalacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19334

La Resolucion Nº 063-2004-MP-FN-GG, de fecha 28 de enero de 2004 y el Oficio Nº 2528-2004-FN-GG-GINFRA, de fecha 21 de octubre de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 063-2004-MP-FN-GG, de fecha 28 de enero de 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio Publico, correspondiente al ejercicio fiscal 2004, en el que se incluye en el numero de referencia 50, el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de la consultoria de obra: "Supervision de Obra Sede Distrito Judicial Ayacucho", por un monto estimado ascendente a S/. 28,540.00 (Veintiocho Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolucion de la Gerencia General Nº 579-2004-MP-FN-GG, se aprueba las Bases Administrativas para la Adjudicacion Directa Publica Nº 00102004-MPFN, "Supervision de Obra Sede Distrito Judicial de Ayacucho", por un monto de S/. 149,700.00 (Ciento Cuarenta y Nueve Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Oficio Nº 2528-2004-MP-FN-GG-GINFRA, la Gerencia de Infraestructura informa que, a pesar que el MORDAZA de seleccion a que se refiere el considerando precedente, se ha llevado a cabo siguiendo las disposiciones previstas en los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, habiendose, incluso, otorgado la Buena Pro; dicho MORDAZA no fue modificado, oportunamente, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, conforme a lo senalado en el MORDAZA parrafo del numeral 3. de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE-PRE, la convocatoria y/o realizacion de cualquier licitacion publica, concurso publico y/o adjudicacion directa que MORDAZA sido efectuada sin la previa aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC correspondiente al ejercicio presupuestal en curso o que no MORDAZA sido programada e incluida en el referido Plan, carece de validez legal alguna. Dicha exigencia no es regularizable en ningun caso, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, a su turno, el MORDAZA parrafo del numeral 7 de la citada Directiva, senala que es de aplicacion para toda modificacion del PAAC, lo dispuesto en dicha Directiva para el caso de su aprobacion, basicamente en lo referido a su elaboracion y contenido, incluyendo lo relacionado con la verificacion del sustento presupuestal correspondiente, el instrumento de aprobacion, los mecanismos y oportunidad de publicacion de dicho instrumento y de remision del PAAC al CONSUCODE y a PROMPYME; Que, en consecuencia, el MORDAZA de seleccion "Supervision de obra Sede Distrito Judicial de Ayacucho", al no haber sido modificado oportunamente en el PAAC de la Entidad, carece de validez legal; por lo que, en estricta aplicacion de lo senalado en el articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con el articulo 26º de su Reglamento, corresponde declarar la nulidad del mismo; Que, para tales efectos, debe expedirse una Resolucion de la Fiscalia de la Nacion, por tratarse de una competencia idelegable del Titular del Pliego, debiendo disponerse la publicacion de la misma, dentro de los cinco dias siguientes de su expedicion; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica en su Informe Nº 816-2004-MP-FN-OAJ, contando con el visto de la Gerencia General; y, De conformidad con lo senalado en los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM, 013-2001-PCM, la Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE y la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1356-2001MP-FN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la nulidad de oficio del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Publica Nº 0010-2004-MPFN: "Supervision de Obra Sede Distrito Judicial de Ayacucho", retrotrayendolo a la etapa de la

MINISTERIO PUBLICO
Declaran nulidad de adjudicacion directa publica convocada para supervision de obra Sede Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1459-A-2004-MP-FN MORDAZA, 22 de octubre de 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.