Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2004 (27/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2004 - Condormarca - Ojmalca - Chipuric

NORMAS LEGALES

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Con la visacion de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, la Direccion de Arqueologia y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; Resolucion Directoral Nacional Nº 350/INC-2003 de fecha 26 de MORDAZA de 2003, que dispone las funciones de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico; Resolucion Directoral Nacional Nº 105/INC-2004 de fecha 4 de febrero de 2004 que establece la conformacion de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico; Resolucion Directoral Nacional Nº 105/INC-2004 de fecha 4 de febrero de 2004 que establece la conformacion de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Informe Final del Proyecto de Investigacion Arqueologica "Prospeccion e Inventario Arqueologico y de Recursos Naturales en los distritos de Colcamar, Inguilpata, Lonya Chico, Camporredondo y Ocalli, provincia de Luya, Region Amazonas" 1ra. Etapa, a cargo de la Lic. Maritza MORDAZA Bueloth con RNA Nº AR 0117; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Lic. Maritza MORDAZA Bueloth debe entregar los materiales recuperados debidamente embalados e inventariados a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura Amazonas, quien emitira la correspondiente acta de entrega de los mismos. Articulo 3º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos ubicados en la provincia de Luya, Region Amazonas: Distrito de Colcamar: Pucara Punta Pucara Mirador Torruco Mishacaca Melpata Tuente Puemal Lemchan Kuluj Chamalca Solmal Pucashugo Sholon

rados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 19250

Declaran Ambiente MORDAZA Monumental, la cuadra 10 del MORDAZA Contumaza, del distrito y provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1057/INC MORDAZA, 13 de octubre de 2004 Visto el Acuerdo Nº 03/10.09.2004 de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 03 de fecha 10 de setiembre de 2004, cuyo tenor es como sigue: CONSIDERANDO: 1.- Que, el MORDAZA Contumaza inicialmente denominado pasaje La MORDAZA, se construyo en el area correspondiente al Monasterio de La MORDAZA, posteriormente en el MORDAZA de habilitacion de la Av. La Colmena se conforman las seis manzanas que comprende la totalidad del MORDAZA Contumaza. 2.- Que, la cuadra 10 del MORDAZA Contumaza se conforma por un conjunto armonioso de edificaciones que data del ano 1915 al ano 1930, cuya arquitectura presenta influencias eclecticas (estilo art nouvau en las fachadas y remates) y academicistas MORDAZA e italiano (muros almohadillados, balcones con pilastra) resaltando sus detalles decorativos, cartelas, medallones y motivos florales. 3.- Que, la cuadra 10 del MORDAZA Contumaza conserva sus principales caracteristicas arquitectonicas de fachada y volumetria de importante emplazamiento urbanistico, por tanto amerita velar por su preservacion y propiciar la recuperacion de las fachadas y uso MORDAZA acorde con la calidad de sus edificaciones SE ACUERDA: 1.- Proponer se declare Ambiente MORDAZA Monumental, la cuadra 10 del MORDAZA Contumaza del distrito, provincia y departamento de Lima. 2.- Encargar a la Subdireccion de Registro los tramites pertinentes para su declaracion como Ambiente MORDAZA Monumental. Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles", Decreto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR AMBIENTE MORDAZA MONUMENTAL, la cuadra 10 del MORDAZA Contumaza del distrito, provincia y departamento de Lima.

Distrito de Inguilpata: Tabacal Quepag Dusha Potrerillo

Distrito Lonya Chico: Chiquero Yojamal Quishcamal Condormarca Ojmalca Chipuric.

Articulo 4º.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura Amazonas la elaboracion del Expediente Tecnico de los sitios arqueologicos mencionados en el articulo 3º de la presente Resolucion, con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos decla-

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