Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2004 (27/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2004

dos, agregando a este las constantes precipitaciones pluviales en esta parte del pais; Que, del presupuesto de la Obra: Ampliacion de Construccion de MORDAZA de Riego San MORDAZA de Tambo, se advierte que la adquisicion de los materiales de construccion y servicios, conlleva realizar un MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica, el cual como es sabido requiere un plazo prudencial conforme a la normatividad vigente; sin embargo, los Arts. 19º Inc. c) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordados con el articulo 105º de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso; las adquisiciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declarados de conformidad con la Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al MORDAZA de adjudicacion de Menor Cuantia; Estando a los informes tecnico-legal emitidos; y, Con la visacion de la Gerencia General Regional; Gerencias Regionales de Infraestructura; Oficina Regional de Administracion y Oficina Regional de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27783: Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867: Ley Organica de los Gobiernos Regionales y Ley Nº 27902: Modificatoria de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en Situacion de URGENCIA la Adquisicion de Materiales de Construccion y Servicios, para la ejecucion de la Obra: Ampliacion de Construccion de MORDAZA de Riego San MORDAZA de Tambo, por los fundamentos expuestos en la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Publica la adquisicion de materiales de construccion y servicios, para la obra referida en el articulo precedente, por Situacion de Urgencia. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Subregional de Huaytara del Gobierno Regional de Huancavelica, llevar a cabo la adquisicion de materiales de construccion y servicios, para la Obra: Ampliacion de Construccion de MORDAZA de Riego San MORDAZA de Tambo, por un monto referencial de S/. 115,832.50 Nuevos Soles para 45 dias calendario, con cargo a la fuente de financiamiento FONCOR, mediante el MORDAZA de seleccion de adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica y su correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo previsto por Ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente 19259 RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 402-2004-GR-HVCA/PR Huancavelica, 20 de octubre de 2004 VISTO: Proveido Nº 4670-2004/GOB.REG-HVCA/ PR, Opinion Legal Nº 022-2004/GOB.REG-HVCA/ ORAJ, Proveido Nº 2371-2004/GOB.REG-HVCA/ GRI, Oficio Nº 337-B-04/GOB.REG-HVCA/GSR-H/G, Informe Nº 074-2004/GOB.REG-HVCA/GSR-H/AIevc; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional

de Huancavelica, tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; consecuentemente, a traves de la Gerencia Subregional de Huaytara, conforme al programa de inversiones del 2004, tiene previsto la ejecucion de la Obra: Mejoramiento y Ampliacion de MORDAZA de Irrigacion Chocorvos Arma - Ccollccapampa; Que, la situacion de urgencia es una medida de caracter temporal ante un hecho excepcional que determina la necesidad de adoptar una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, lo MORDAZA expuesto se encuentra debidamente precisado en la disposicion contenida en el Art. 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Inc. 2) del Art. 108º del D.S. Nº 0132001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, el Art. 113º del mencionado Reglamento dispone a que a efectos de emitir las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º de la Ley, en este caso por Urgencia, requieren obligatoriamente un informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, mediante el Oficio del exordio la Gerencia Subregional de Huaytara, solicita la declaracion en situacion de urgencia, la adquisicion de materiales de construccion y servicios, para la ejecucion de los trabajos en la obra: Mejoramiento y Ampliacion de MORDAZA de Irrigacion Chocorvos Arma - Ccollccapampa, escoltando el Informe Tecnico, evacuado por el Responsable de Infraestructura, con respecto a la urgencia de contar con los materiales y servicios para dar inicio a la ejecucion de la obra ante aludida, indicando el presupuesto y el tiempo de duracion, conforme precisa el articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. MORDAZA, que resulta tecnica y materialmente imposible cumplir con las metas fisicas programadas por el poco tiempo con que se cuenta para ello, esto es, tomando en consideracion que la referida obra recien se MORDAZA inicio, y el tramite del MORDAZA de seleccion correspondiente habria de llevar un tiempo por demas extenso que a la postre significaria ocasionar grave perjuicio al normal desarrollo de los trabajos, con la consiguiente paralizacion de los mismos por el desabastecimiento de los bienes y servicios requeridos, agregando a este las constantes precipitaciones pluviales en esta parte del pais; Que, del presupuesto de la Obra: Mejoramiento y Ampliacion de MORDAZA de Irrigacion Chocorvos Arma Ccollccapampa, se advierte que la adquisicion de los materiales de construccion y servicios, conlleva realizar un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica, el cual como es sabido requiere un plazo prudencial conforme a la normatividad vigente; sin embargo, los Arts. 19º Inc. c) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordados con el articulo 105º de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso; las adquisiciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declarados de conformidad con la Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al MORDAZA de adjudicacion de Menor Cuantia; Estando a los informes tecnico-legal emitidos; y, Con la visacion de la Gerencia General Regional; Gerencias Regionales de Infraestructura; Oficina Regional de Administracion y Oficina Regional de Asesoria Juridica;

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