Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2005 (19/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, sabado 19 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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- En la Intendencia donde se emitio la resolucion de determinacion o resolucion de multa. b. Concesionarios postales y transportistas b.1 En el area de tramite documentario de la intendencia de aduana donde realizan sus actividades. 7. Para el caso senalado en el MORDAZA parrafo del articulo 4º de la Ley, no se aplican los numerales 1 al 6 precedentes, extinguiendose las sanciones en el modulo correspondiente por mandato de la Ley, previa evaluacion de la condicion establecida, que no cuente con representacion en el pais. 8. La evaluacion de los requisitos y condiciones previstos por la Ley debe plasmarse en el informe correspondiente, el que sirve de sustento para la emision del Acto Administrativo mediante el cual se comunique al interesado la decision de la Administracion. Tramite de las comunicaciones presentadas. 9. Las areas de Tramite Documentario remiten las comunicaciones a las areas operativas respectivas, para efectos de su evaluacion por el personal encargado. 10. El resultado de la evaluacion, debe ser notificado al interesado y registrado en los modulos del SIGAD respectivos. 11. Cuando se detecte casos de incumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, se debe considerar al deudor como no acogido a la regularizacion, y los montos pagados se tiene como pagos a cuenta de las deudas incluidas en la comunicacion de acogimiento. El area encargada del tramite procede a emitir un informe y proyecto de resolucion que debe ser

visada y firmada por los funcionarios competentes, y notificada al interesado. 12. A efectos de determinar si los transportistas maritimos o aereos no cuentan con representacion en el MORDAZA, para proceder a la extincion de la sancion a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 4º de la Ley, la SUNAT puede consultar a la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. La informacion correspondiente a los transportistas terrestres se consulta en el modulo del SIGAD. 13. En caso de discrepancia, el interesado puede presentar los recursos impugnativos correspondientes, de acuerdo a ley. Suspension de cobranza coactiva. 14. La suspension de cobranza coactiva y el levantamiento de medidas cautelares ejecutadas procede previo pago de las costas y gastos incurridos en el procedimiento de cobranza coactiva. De conformidad con el inciso e) del articulo 115º del Codigo Tributario, las costas y gastos del procedimiento de cobranza coactiva constituyen deuda exigible que da lugar a las acciones de coercion para su cobranza, asimismo, el penultimo parrafo del articulo 117º del referido codigo, establece que el ejecutado esta obligado a pagar a la Administracion las costas y gastos originados en el Procedimiento de Cobranza Coactiva que se hubiera iniciado debidamente, en tal sentido y toda vez que se trata de regularizaciones, de deudas reconocidas por el deudor tributario y por tanto de cobranzas debidas, el interesado se encuentra obligado a cancelar los gastos y costas originadas, los que debe adicionar al pago de su deuda para efectos que proceda la suspension de esta y el levante de medidas cautelares.

VIII. FLUJOGRAMA
AREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO

USUARIO

AREA GENERADORA

INICIO

MORDAZA solicitud
Pago autoliquidacion

Recibe solicitudes

Emitir informe / proyecto resolucion

L/C Cancelada

MORDAZA desistimientos

Cargo de MORDAZA

Remision al area generadora

Asignacion al personal encargado

Resolucion

Solicitud de acogimiento

Formato MORDAZA L/C autol MORDAZA desistimiento

Notificar al usuario

Revision de acogimiento

Registro

FIN

IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS No aplica. X. REGISTROS - Registro de acogimientos al beneficio de regularizacion - Ley Nº 28438 Conservacion : Permanente MORDAZA de almacenamiento : Magnetico Responsable: INSI / Intendencias XI. DEFINICIONES No aplica.

ANEXOS Formulario Nº 1 - Restitucion de derechos arancelarios. Anexo I - Autodeterminacion - Devolucion monto restituido y extincion de multa. Anexo II - Autodeterminacion - Devolucion monto restituido y pago de muta. Anexo III - Devolucion monto restituido y extincion de multa. Anexo IV - Devolucion monto restituido y pago de multa. Formularios Nºs 2 y 3 - Transportista y Concesionarios Postales.

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