Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2005 (19/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES PREPUBLICACION

MORDAZA, sabado 19 de marzo de 2005

De conformidad con lo establecido de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG y en el Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal, de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica y de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el primer parrafo del articulo 22º, y los articulos 24º, 28.2º y 29.2º y 41.4 del "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERG", aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 102-2004OS/CD, los cuales quedaran redactados en los terminos siguientes: "Articulo 22º.- Organo Instructor Las Empresas Supervisoras delegadas por la Gerencia General, la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos, la Gerencia de Fiscalizacion Electrica y la Secretaria Tecnica de la JARU son los organos instructores y les corresponde: ..." "Articulo 24º.- Organo Sancionador La Gerencia General, en primera instancia, es la facultada a emitir la resolucion que impone la sancion u ordena el archivo del procedimiento, salvo que dicha facultad MORDAZA sido delegada a la Empresa Supervisora, conforme a lo establecido por el articulo 4º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional, OSINERG". La indicada facultad sera ejercida por las Empresas Supervisoras, en su caso, de acuerdo a los criterios que para el efecto establezca la Gerencia General." "Articulo 28º.- Recursos Impugnativos 28.2 El recurso de apelacion se interpondra ante la Gerencia General de OSINERG para ser elevado al Consejo Directivo de OSINERG, cuando el Organo Sancionador MORDAZA sido la Gerencia General; y

ante la Empresa Supervisora para ser elevado al Consejo Directivo, cuando el organo sancionador MORDAZA sido la Empresa Supervisora. " "Articulo 29º.- Archivo 29.2.Procedimiento para archivar un procedimiento administrativo sancionador: Iniciado el procedimiento administrativo sancionador, de determinarse que no se ha configurado ilicito administrativo alguno, la Gerencia General o la Empresa Supervisora, segun corresponda, dispondra mediante resolucion el archivo del procedimiento, la misma que debera ser notificada al administrado y, de ser el caso, a quien denuncio la infraccion." Cuando MORDAZA las Empresas Supervisoras las que emitan la disposicion de archivamiento, estas deberan contar necesariamente con la aprobacion previa de la Gerencia correspondiente segun la materia que se trate." "Articulo 41º.- Pago 41.4.Sin perjuicio de lo establecido en el literal anterior, mediante resolucion de Gerencia General se establecera las infracciones en las que la multa se podran reducir hasta en un 50% si el infractor se allana dentro de las 48 horas de notificado el inicio del procedimiento sancionador." Articulo 2º.- Incluir la Tercera Disposicion Final y Complementaria, la misma que quedara redactada en los terminos siguientes: Tercera.- Mediante Resolucion de Gerencia General se establecera la Directiva que determine el alcance y las pautas que se tomaran en cuenta para la delegacion de la funcion fiscalizadora y sancionadora a las Empresas Supervisoras, asi como su periodo de vigencia. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 05766

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas al siguiente correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.

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