Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2006 (16/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano viernes 16 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321595

Penalidad correspondiente al ano 2005, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 1470-2006-INACC/J de fecha 11 de MORDAZA de 2006, a doscientos ochenta (280) concesiones mineras que se detallan en la relacion cuyo anexo forma parte integrante de la presente resolucion, la que se encuentra a disposicion de los usuarios en la Sede Central del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, en sus Oficinas Desconcentradas y en la pagina web de la Institucion (www.inacc.gob.pe), Articulo 2º.- Modifiquese el Sistema de Informacion del INACC, conforme a los considerandos de la presente resolucion. Articulo 3º.- Anexese MORDAZA certificada de la presente resolucion a cada uno de los expedientes involucrados y la parte pertinente de la relacion de exclusion, correspondiente a cada derecho minero. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA FCO. MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero 10609

INSTITUTO DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
Instauran procesos administrativos disciplinarios a ex Directores Generales de la Direccion General de Administracion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0441-2006-IDREH/J MORDAZA 26 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Oficio IDREH Nº 004-2006-CEPAD/P de la Presidenta de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH); CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la Comision Especial de Procesos Administrativos, mediante el documento de visto, eleva al Jefe Institucional, el Informe Final IDREH Nº 004-CEPAD-2005; Que en el Informe Final IDREH Nº 004-CEPAD-2005, la Comision Especial de Procesos Administrativos se pronuncia de las acciones que le corresponden respecto de lo establecido en el Informe Nº 001-2004-EE-OCI/ IDREH-REFORMULADO "Examen Especial al Sistema de Logistica - Periodo 2003"; Que en el Examen Especial acotado, el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA RECARTE, ex Director General de la Direccion General de Administracion (2002 - 2004), Nivel F-4, se encuentra comprendido en las Observaciones del referido Examen; Que la Direccion Ejecutiva de Logistica no cuenta con el Inventario Fisico valorizado de Activos Fijos al 31 de diciembre del ano 2003 (Observacion Nº 1); sustraccion de proyector multimedia valorizado en S/. 5,786.00 durante el ejercicio 2004 (Observacion Nº 2); compra fraccionada de computadoras y equipos multimedia por S/. 46,133.50 bajo la modalidad de menor cuantia (Observacion Nº 3); listado patrimonial de activo fijo del ano 2003, incluye bienes patrimoniales pasivos, malogrados y obsoletos (Observacion Nº 4) y cheque por US$. 2,100.00 recibido por ex Director General de Administracion no fue depositado en la Cuenta Corriente del IDREH (Observacion Nº 5); Que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios requirio al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA RECARTE, ex Director General de la

Direccion General de Administracion; a fin de que se pronuncie respecto de las Observaciones acotadas; no habiendo efectuado descargo alguno; Que de las Observaciones efectuadas por el Organo de Control Institucional, se evidencia que el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA RECARTE, ex Director General de la Direccion General de Administracion, como responsable del manejo administrativo no puede eximirse de responsabilidad en la carencia del inventario patrimonial del ano 2003, encontrandose comprendida entre sus funciones, dar las pautas en salvaguarda de los recursos patrimoniales de la Entidad (Observacion Nº 1); informar a sus superiores de los hechos inapropiados, resultados obtenidos y adoptar las decisiones correspondientes en salvaguarda de los intereses de la entidad por ser funcion inherente a su cargo (Observaciones Nºs. 2, 4 y 5); supervisar y dar las pautas para la programacion y el manejo correcto del presupuesto asignado para las adquisiciones de bienes y contratacion de servicios que realice la Entidad (Observacion Nº 3); Que resulta oportuno mencionar que en el articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones del IDREH, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052003-SA, se establece que la Oficina General de Administracion, es el organo de apoyo encargado de programar, conducir, ejecutar y controlar los Sistemas Administrativos de Personal, Logistica, Contabilidad y Tesoreria, en coordinacion con los organos de linea, apoyo y asesoria; es responsable tecnico de la ejecucion presupuestal del pliego del IDREH; en el mismo sentido se establece en el Manual de Organizacion y Funciones del IDREH, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 095-2003-IDREH/J; Que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, como resultado de la calificacion de las Observaciones Nº 1 hasta la Nº 5 del Informe Nº 0012004-EE-OCI/IDREH-REFORMULADO "Examen Especial al Sistema de Logistica - Periodo 2003", se pronuncia de manera unanime sobre la procedencia de instaurar MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA RECARTE, ex Director General de la Direccion General de Administracion; al haber incurrido en presuntas faltas de caracter disciplinario establecidas en los incisos a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion; al haber contravenido las obligaciones establecidas en los incisos a) b) y d) del articulo 21º de la MORDAZA en mencion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27657 "Ley del Ministerio de Salud", el Decreto Supremo Nº 0052003-SA "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH)", la Ley Nº 27444 "Ley de Procedimiento Administrativo General", el Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico", el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa" y demas normas complementarias; Contando con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA RECARTE, ex Director General de la Direccion General de Administracion; por las consideraciones expuestas anteriormente. Articulo Segundo.- El MORDAZA Administrativo Disciplinario no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables. Articulo Tercero.- La Oficina de Personal notificara al procesado y a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del termino de setenta y dos (72) horas, contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional 10582

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