Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2007 (09/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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como MORDAZA de las Pizzas; y demas zonas de influencia, constituidas por la Av. MORDAZA MORDAZA (Diagonal) cuadras 3 y 4; MORDAZA Berlin, cuadras 1, 2 y 3 y MORDAZA MORDAZA, cuadras 1 y 2, del distrito de Miraflores.

§1 VICIO DE INCOMPETENCIA DE LA ORDENANZA: LAS MATERIAS REGULADAS POR LAS ORDENANZAS NO SON DE SU COMPETENCIA §2. DELEGACION DE FACULTADES A TRAVES DE ORDENANZA §3. MORDAZA DE GENERALIDAD DE LAS NORMAS §4. ANALISIS DE LA RESTRICCION CONFORME AL MORDAZA DE PROPORCIONALIDAD §4.1 ANALISIS DE PROPORCIONALIDAD I §4.2 ANALISIS DE PROPORCIONALIDAD II §5. EL DERECHO FUNDAMENTAL LIBRE DESENVOLVIMIENTO DE PERSONALIDAD AL LA

III. MORDAZA OBJETO DEL JUICIO DE INCONSTITUCIONALIDAD Ordenanza Nº 212-2005 Que regula el horario MORDAZA de funcionamiento y atencion al publico de los locales y establecimientos comerciales ubicados en los pasajes San MORDAZA y Figari, autodenominados "Calle las Pizzas" y zonas de influencia "Articulo Primero.- Establezcase el siguiente horario MORDAZA de funcionamiento y atencion al publico de los locales y establecimientos comerciales que se ubiquen en las calles San MORDAZA y Figari, actualmente autodenominadas "Calle de las Pizzas", y demas zonas de influencia, constituidas por la avenida MORDAZA MORDAZA (Diagonal) cuadras 3 y 4; MORDAZA Berlin cuadras 1, 2 y 3; MORDAZA Bellavista cuadras 1 y 2, debiendo MORDAZA sus actividades: - De MORDAZA a jueves a la 01:00 horas del dia siguiente - Los dias viernes, sabado y visperas de feriado a las 02:00 horas del dia siguiente. Articulo Segundo.- Modificar el Cuadro de Infracciones y Sanciones vigente, agregando la siguiente infraccion municipal:
MONTO DE LA MULTA EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE 1UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA CLAUSURA DEFINITIVA

§6. CLAUSURA DEFINITIVA COMO SANCION CONTRARIA AL MORDAZA DE PROPORCIONALIDAD E IRRAZONABLE §7. DEBIDO MORDAZA UNILATERAL DE FUNCIONAMIENTO VI. FALLO EXP. Nº 007-2006-PI/TC MORDAZA ASOCIACION DE COMERCIANTES SAN MORDAZA Y FIGARI SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En MORDAZA, a los 22 dias del mes de junio de 2007, reunido el Tribunal Constitucional en sesion de Pleno Jurisdiccional, integrado por los senores magistrados MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Orlandini, Bardelli Lartirigoyen, MORDAZA Gotelli y MORDAZA MORDAZA, pronuncia la siguiente sentencia, con el MORDAZA singular del magistrado MORDAZA MORDAZA I. MORDAZA Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Asociacion de Comerciantes San MORDAZA y Figari, contra las Ordenanzas Nº 212-2005 y Nº 214-2005, expedidas por la Municipalidad de Miraflores. II. DATOS GENERALES Demandante: Asociacion de Comerciantes San MORDAZA y Figari y Y REVOCACION LICENCIAS DE

CODIGO

INFRACCIONES Por operar un establecimiento comercial fuera del horario permitido.

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Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Cuarto.- Deroguese cualquier disposicion municipal que se oponga en la presente Ordenanza, y dejese sin efecto las Licencias Especiales MORDAZA a la fecha, para los establecimientos comerciales ubicados en las referidas zonas. Articulo Quinto.- Encarguese el cumplimiento estricto de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia de Fiscalizacion y Control y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en coordinacion con la Policia Nacional, conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del Articulo 46 de la Ley Nº 27972. Ordenanza Nº 214-2005

MORDAZA impugnada: Ordenanza Nº 212-2005 Ordenanza Nº 214-2005.

Vicio de inconstitucionalidad: Inconstitucionalidad por el fondo. Infraccion del derecho de acceso a la funcion publica en condiciones de igualdad (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos: articulo 25, inciso c; Convencion Americana de Derechos Humanos: articulo 23, numeral 1, literal c). Petitorio: Demanda de inconstitucionalidad de la Ordenanza 212-2005 y Ordenanza 214-2005, que establecen una restriccion del horario de funcionamiento de los locales ubicados en las calles San MORDAZA y Figari, conocida

Que precisa el horario de cese de actividades de los locales y establecimientos comerciales ubicados en las calles San MORDAZA y Figari, autodenominadas "Calle las Pizzas" y zonas de influencia "Articulo Primero.- Establecer que el horario de cese de actividades de los locales y establecimientos comerciales ubicados en las Calles San MORDAZA y Figari, autodenominadas "Calle de las Pizzas" y demas zonas de influencia, sera el senalado en la Ordenanza Nº 212, quedando autorizados a reiniciar sus actividades a partir de las 07:00 horas. IV. ANTECEDENTES A. Demanda La Asociacion de Comerciantes San MORDAZA y Figari manifiesta que, mediante la Ordenanza Nº 212-2005, se restringio el horario de atencion y funcionamiento

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