Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2007 (09/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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y departamento de Huanuco; cuya sede sera el centro poblado MORDAZA de Puerto Guadalupe. b) Ratificar la Resolucion de Concejo Nº 018-2003MPHCO-C de fecha 11/03/03, la designacion del MORDAZA y cinco regidores de la Municipalidad del centro poblado Puerto MORDAZA, cuyo periodo culminara el 31 de Diciembre del ano 2006; donde las proximas elecciones se llevara a cabo conjuntamente con las elecciones municipales provinciales y distritales, de acuerdo a lo dispuesto a la Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de centros poblados; con los requisitos e impedimentos de la Ley de Elecciones Municipales vigentes y Ordenanzas reglamentarias que se emitira para la presente materia. Articulo 2º.- Adecuacion a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades a) Aprobar el expediente de Justificacion Tecnica de Adecuacion a la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, a partir de la fecha el funcionamiento de la Municipalidad del Centro Poblado de Puerto MORDAZA, en el distrito de Chinchao, provincia y departamento de MORDAZA, como organo desconcentrado de la Municipalidad Provincial de Huanuco. b) Acreditar la existencia comprobada de la prestacion de los servicios y el sostenimiento de los mismos. De acuerdo al Directorio Nacional de Centros Poblados, elaborado por el INEI en base al censo 1993, IX de Poblacion y IV de Vivienda beneficiara en toda su jurisdiccion a mas de 1, 700 habitantes y 225 viviendas aproximadamente. Articulo 3º.- Definicion de la jurisdiccion territorial Aprobar el MORDAZA de definicion de la jurisdiccion territorial de la Municipalidad del Centro Poblado de PUERTO MORDAZA, que ha sido trazada sobre la base de la cartografia oficial elaborada y editada por el Instituto Geografico Nacional (IGN) a escala 1/100,000 hoja no mencionada y el mapa politico del distrito de Chinchao, es todo el territorio ubicado en la margen derecha del rio Huallaga, cuyos limites seran el resultado del MORDAZA de Saneamiento y Organizacion Territorial de las Provincias de MORDAZA y Pachitea de acuerdo a la Ley Nº 27795 de Demarcacion y Organizacion Territorial y su reglamento aprobado mediante D. S. Nº 019-2003-PCM, debiendo respetarse la voluntad del pueblo. a) La Municipalidad del Centro Poblado de PUERTO MORDAZA cuenta en total con once (11) centros poblados que son: Puerto MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Baja, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Baja, MORDAZA MORDAZA Sur Haunipampa, Chichipara, Miraflores, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Alta y MORDAZA MORDAZA Alta, que se encuentran consignados en el Directorio de centros poblados elaborado por el INEI de acuerdo a los Censos Nacionales 1993, IX de Poblacion y IV de Vivienda y varios centros urbanos nuevos no registrados; posiblemente se consignaran en el censo 2005. b) Dar un plazo de 90 dias calendarios a la Municipalidad del Centro Poblado de PUERTO MORDAZA, para que cumpla con presentar la resolucion del MORDAZA de Normalizacion (Categorizacion), de los centros poblados que cumplen con los requisitos calificados por el Organo Tecnico del Gobierno Regional de MORDAZA al nivel de Caserio; debiendo tramitarlo ante el Gobierno Regional de MORDAZA para la aprobacion respectiva, en coordinacion con la Municipalidad distrital de Chinchao, en cumplimiento al D. S. N° 019-2003-PCM, Reglamento de la Ley N° 27793 de Demarcacion y Organizacion Territorial. Articulo 4°.- Del Regimen de Organizacion Interior a) Los Organos de Gobierno de la Municipalidad del Centro Poblado de PUERTO MORDAZA son: 1.- EL CONCEJO MUNICIPAL; es el organo de mayor jerarquia, esta conformado por seis miembros: un (01) MORDAZA y Cinco (05) Regidores, ejerce las funciones normativas y fiscalizadoras; dentro de su competencia. 2.- LA ALCALDIA; es el organo ejecutivo del

gobierno local, ademas es el representante legal y la MORDAZA autoridad administrativa. 3.- ORGANOS DE COORDINACION; son organos consultivos: El Consejo de Coordinacion Local, las juntas de delegados vecinales, los comites de obras, etc. 4.- LA ADMINISTRACION MUNICIPAL; estara conformada por una Estructura Organica real y el Reglamento de Organizacion y Funciones con unidades y departamentos de acuerdo al diagnostico socioeconomico, por lo que debera ser asesorado mayormente por los funcionarios de los organos estructurados del Distrito. 5.ORGANOS DESCONCENTRADOS; especificamente estan constituidos por las agencias municipales, creados en los diversos centros poblados conformantes de su jurisdiccion. b) Dar conformidad en parte los documentos de gestion de la Municipalidad del Centro Poblado de Puerto MORDAZA distrito de Chinchao; la Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), recomendando que la unidad de asesoramiento, apoyo y de linea estaran en calidad de previstos; el Reglamento Interno de Concejo (RIC) y otros, cualquier modificacion debe ser con conocimiento de la Municipalidad Provincial de Huanuco. c) La implementacion del CAP sera bajo responsabilidad del MORDAZA y Regidores y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, concordante con las funciones que presta a la poblacion de su jurisdiccion y debiendo sujetarse a las normas de austeridad. Articulo 5°.- Las Funciones que se le delegan a) Denegar la solicitud de funciones a delegarse, por no haber cumplido con la formalidad y por no existir opinion favorable de las areas estructuradas y del Concejo de la Municipalidad del distrito de Chinchao de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades otorgandole un plazo de 30 dias calendario para subsanar. b) La percepcion de los recursos que senala el inciso a) del presente Articulo se entendera como transferencias efectuadas por parte de la Municipalidad del Distrito de Chinchao, para cuyo efecto debera rendir cuenta documentada mensualmente de los importes recaudados por los mencionados conceptos. Articulo 6°.- De los recursos que se le asignan a) Exhortar en forma reiterativa a la Municipalidad Distrital de Chinchao, bajo responsabilidad del MORDAZA, Gerente Municipal y del Concejo Municipal, a cumplir con la transferencia de los recursos necesarios para gastos para operatividad y funcionamiento segun su requerimiento real y debidamente sustentada en cumplimiento al Art. 133° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, numeral 48.2). Art. 48° de la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783 y el Art. 3° de la Ley 28458. b) Los presupuestos para obras de inversion publica seran concertados y priorizados en los talleres de los presupuestos participativos de cada ano segun la normatividad vigente para dicha materia. Articulo 7°.- Sus atribuciones Administrativas y Economico ­ Tributarias 1. Atribuciones Administrativas a) Elaborar y aprobar los Documentos de Gestion (Estructura ROF y RIC, y demas procedimientos administrativos). b) Elaborar los Documentos Tecnicos (Formulacion del Plan de Desarrollo Estrategico. Plan de Contrataciones y Adquisiciones. Plan Operativo Institucional, etc.). c) Asistir a los talleres del presupuesto participativo de nivel regional, provincial y distrital, para plantear su requerimiento y priorizar la ejecucion de las actividades y proyectos resultantes de los planes de desarrollo concertado. d) Suscribir convenios con las instituciones publicas y privadas para el desarrollo de su ambito jurisdiccional. e) Gestionar financiamiento racional e internacional para la ejecucion de las actividades y proyectos.

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