Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2007 (10/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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requeridos por OSINERGMIN; la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas y sera por un periodo MORDAZA de dos (2) anos. 20.5.- La Gerencia General, mediante resolucion, dictara las disposiciones complementarias para la designacion y contratacion de las Empresas Supervisoras Articulo 21º.- Resultados del MORDAZA de Seleccion El resultado del MORDAZA de seleccion sera comunicado a todas las partes que participaron del mismo y solo podra ser materia del recurso impugnativo de reconsideracion. Tambien sera publicado en la pagina Web de OSINERGMIN. CAPITULO IV FACULTADES, OBLIGACIONES E INCOMPATIBILIDAD DE LAS EMPRESAS SUPERVISORAS Articulo 22º.- Facultades de las Empresas Supervisoras OSINERGMIN, a traves de documento escrito emitido por cada Gerencia de Fiscalizacion, Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria o area equivalente, podra otorgar a los supervisores las facultades que considere pertinentes para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo al MORDAZA legal vigente y a las especificaciones tecnicas de su contrato, pudiendo considerar las siguientes: a) Realizar inspecciones, con o sin previa notificacion a las entidades supervisadas. b) Llevar a cabo los actos necesarios para obtener o reproducir impresos, fotocopias, facsimiles, planos, estudios o informes, MORDAZA, dibujos, fotografias, radiografias, cintas cinematograficas, imagenes satelitales, Sistema de Informacion Geografica (SIG), micro formas, tanto en la modalidad de microfilm como en la modalidad de soportes informaticos, y otras reproducciones de audio o video, la telematica en general y demas objetos que recojan, contengan o representen algun hecho, actividad humana o su resultado, que MORDAZA pertinentes con el objetivo de la supervision contratada. c) Exigir a las personas naturales o juridicas supervisadas la exhibicion o MORDAZA de documentos, incluyendo libros contables, facturas, recibos, comprobantes de pago, registros magneticos/electronicos y en general todo lo necesario para su labor de supervision. d) Tomar MORDAZA de los archivos fisicos o magneticos/ electronicos, asi como de cualquier otro documento que sea necesario para los fines de la accion de supervision. e) Tomar muestras, efectuar pruebas, analizar las caracteristicas de los equipos, revisar las instalaciones, y, en general, llevar a cabo cualquier diligencia que conlleve al cumplimiento del objeto de la accion supervisora. Las diligencias dentro de las instalaciones del supervisado estaran sujetas al cumplimiento de condiciones de seguridad y proteccion ambiental. f) Tomar y registrar declaraciones de las personas que puedan brindar informacion relevante sobre la supervision que se lleva cabo. g) Instalar equipos en las instalaciones de las Entidades supervisadas o en las areas geograficas vinculadas a la actividad supervisada para realizar monitoreos, siempre que no dificulte la prestacion de los servicios involucrados. h) En el caso de los Supervisores Regionales, la Gerencia General podra delegar en ellos funciones de supervision general, de fiscalizacion y sancion. i) En las visitas de supervision los Supervisores de OSINERGMIN podran comportarse como usuarios, potenciales clientes o terceros, entre otros, a fin de lograr el cumplimiento del objeto de la accion supervisora. La presente enumeracion es meramente enunciativa y no taxativa. Articulo 23º.- Obligaciones de las Empresas Supervisoras Las empresas supervisoras tienen las siguientes obligaciones: a) Cumplir con realizar las acciones de supervision en forma oportuna cuando les MORDAZA requeridas por OSINERGMIN.

b) Realizar la supervision con los profesionales definidos en el contrato respectivo. c) Desempenar las acciones de supervision unicamente en los temas para las cuales ha sido designado. d) Realizar previamente a la supervision encomendada la revision y/o evaluacion exhaustiva de la documentacion de informacion relacionada con la unidad o instalacion a fiscalizar que se encuentra a disposicion en la autoridad encargada, en concordancia con el inciso c) precedente. e) Guardar reserva sobre la informacion obtenida en la supervision. f) Absolver dentro del plazo que establezca OSINERGMIN, las observaciones y requerimientos que la autoridad encargada le formule sobre los informes de supervision. g) Identificarse ante quien lo solicite, presentando la credencial otorgada por OSINERGMIN, salvo en el caso del ejercicio de la facultad senalada en el literal J) del articulo 22 del presente reglamento. h) Conservar los documentos, informes, material audiovisual, y notas relacionadas a la fiscalizacion, por lo menos durante tres (3) anos a partir de la fecha de MORDAZA del informe de supervision. En el caso que OSINERGMIN proceda a la inhabilitacion, deben entregar dicha documentacion a la Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente, dentro de las 72 horas de notificada la cancelacion, para su custodia. i) Entregar con el Informe de la Supervision Preoperativa los documentos relacionados a esta. j) Actualizar permanentemente los datos generales contenidos en el Registro de Empresas Supervisoras, comunicando cualquier cambio a la Gerencia Legal de OSINERGMIN dentro de los diez dias de haberse producido. k) Disponer de equipos y demas instrumentos necesarios para el cumplimiento eficiente de las acciones de supervision. I) Las empresas deberan contar con los implementos de seguridad basicos al momento de realizar la labor de supervision. m) Para el caso de las actividades mineras, sin perjuicio de lo que se senale en el informe respectivo, los supervisores deberan anotar en los libros de seguridad e higiene minera y de proteccion y conservacion del ambiente, los hallazgos y recomendaciones, con indicacion del plazo y el nombre del responsable de su cumplimiento, de acuerdo al Reglamento de Seguridad e Higiene Minera (DS 046-2001-EM) o el que lo sustituya. Articulo 24º.- Incompatibilidades de las empresas supervisoras A las Empresas Supervisoras y a los profesionales que las conformen le son aplicables las causales de abstencion establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 y las prohibiciones, incompatibilidades y responsabilidades de los funcionarios establecidos en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM o la MORDAZA que lo modifique. TITULO V DEL PROCEDIMENTO ADMINISTRATIVO DE SUPERVISION Articulo 25º.- Programa Anual de Supervision 25.1.- Para efectos del Programa Anual de Supervision, se tomara en cuenta el Plan Operativo Anual de la Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente, y el Plan Anual de Supervision del Despacho Economico y Transacciones Internacionales de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, aprobado por la Gerencia General. Articulo 26º.- Asignaciones 26.1.- Designadas las Empresas Supervisoras, la respectiva Gerencia de Fiscalizacion, Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria o area equivalente, en lo que corresponda, procedera a asignarles las funciones a realizar y las actividades y empresas materia de supervision y, de ser el caso, realizar la debida MORDAZA, para que esta les brinde las facilidades que MORDAZA necesarias, bajo responsabilidad.

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