Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2007 (10/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de junio de 2007

competencia y que en su articulo 192º establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto. Que, el Art. 35º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, que viene a ser una de desarrollo constitucional, preceptua que es de competencia exclusiva de los gobiernos Regionales aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, en los Arts. 51º y 59º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, se establecen las funciones en materia agraria y de energia de los gobiernos Regionales en concordancia con las politicas nacionales y planes sectoriales. Que, mediante Decreto Ley Nº 18375, se declaro de necesidad y utilidad publica la ejecucion del Proyecto Majes MORDAZA y que mediante Decreto Ley Nº 18979 se elevo a la categoria de Proyecto Integral de Desarrollo Regional incluyendo los propositos agricolas, irrigaciones, hidroenergeticos y de desarrollo del Proyecto. Que, mediante el Art. 17º de las Ley Nº 23350 ­ Ley Anual de Presupuesto, se creo la Autoridad Autonoma de Majes, asignandole como recursos financieros las rentas que se perciban pro concepto de venta de tierras, energia, agua y servicios, acordes con el MORDAZA de recuperacion de inversiones. Que, mediante Ley Nº 28670 del 25.02.2006, se declaro de necesidad publica e interes nacional diversos proyectos de inversion, entre los cuales se encuentra la Represa de Angostura, principal componente del Proyecto Majes MORDAZA ­ MORDAZA Etapa. Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2003-Vivienda se aprueba el Cronograma de Transferencias para el ano 2003 a los Gobiernos Regionales, entre los cuales se encuentra el Proyecto Especial Majes ­ Siguas. Que, mediante Resolucion Suprema Nº 115-2005EF, se constituyo la Comision Multisectorial para efectuar la evaluacion de la viabilidad economica y financiera del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ MORDAZA Etapa, incluido entres sus componentes principales la Presa de Angostura y, debiendo considerar la participacion del sector privado en la inversion. Que, mediante el Informe Final de la citada Comision Multisectorial se senala que el Proyecto Majes MORDAZA ­ MORDAZA Etapa, tiene los Estudios Tecnicos a nivel de Factibilidad y Definitivos para ser sometido al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada y que en la estrategia de Concesion de las obras de la MORDAZA etapa pueden ser entregadas en paquetes o modulos senalando que las obras del primer MORDAZA de Concesion por un monto de 259.8 millones de dolares, sin IGV, comprende la Represa de Angostura, la Derivacion Angostura ­ MORDAZA, la Derivacion Lluclla ­ MORDAZA, la Distribucion de Riego de la MORDAZA de MORDAZA, mitigacion social e indemnizaciones , recomendandose aprobar la Estrategia de Promocion de la Inversion Privada propuesta por la Comision. Que, mediante Decreto Supremo Nº 028 -2006-AG, se amplia la reserva de agua a favor del Proyecto Especial Majes Siguas. Que mediante Resolucion Suprema Nº 183-80AADGRA/AR del 8 de MORDAZA de 1980 se reserva una superficie de 471,576 Has. a favor del Proyecto Especial Majes y que se encuentran debidamente inscritas en los Registros Publicos. Que, mediante Decreto Supremo Nº 065-2006-PCM, se ratifica el compromiso del Gobierno Nacional de aportar para fines del co financiamiento y garantias de la concesion de las obras mayores de afianzamiento hidrico y de infraestructura para irrigacion de las Pampas de MORDAZA un monto de hasta US$ 120 millones de dolares. Que, en el Art. 2do. Del Decreto Supremo Nº 065-2006PCM, se establece que el Gobierno Regional de MORDAZA sera responsable de complementar el financiamiento necesario para el otorgamiento de la referida concesion debiendo destinar los ingresos provenientes de la venta del total de las tierras para la produccion Que, mediante Acuerdo Regional N° 031-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, se declara prioritaria de necesidad y utilidad publica regional, la ejecucion de la MORDAZA Etapa del proyecto Majes Siguas. Que, en el Proyecto Majes Siguas- MORDAZA Etapa, se considera las obras de regulacion en la Presa de Angostura, la Derivacion Angostura ­ MORDAZA y la Derivacion Lluclla- MORDAZA de MORDAZA, para incorporar nuevas tierras

destinadas a la agroexportacion en una superficie de 38,500 Has. y el incremento de produccion y productividad de 18,000 Has. bajo riego en Majes I, en las Secciones A, B, C, D y E, en MORDAZA Baja y en la Irrigacion de MORDAZA MORDAZA de Siguas; asimismo, se incluye el aprovechamiento hidroelectrico a la salida del Tunel Terminal con una potencia de 656 MW. Que, en virtud del convenio suscrito entre el Gobierno Regional de MORDAZA y Proinversion, se ha convocado y se encuentra en MORDAZA, el concurso de Proyectos Integrales para la concesion y construccion de obras de afianzamiento de infraestructura hidraulica y de irrigacion, habiendose precalificado a cuatro postores. Que, el Proyecto Majes MORDAZA ­ MORDAZA Etapa, tiene los Estudios de Factibilidad y Definitivos correspondientes y se encuentra registrado en el Banco de Proyectos de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Que, segun la Ley Nº 27506, el canon es la participacion efectiva que tienen los gobiernos regionales y locales de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotacion economica de los recursos naturales, los mismos que seran utilizados de manera exclusiva en gastos de inversion y en obras de impacto regional. Que, la MORDAZA Etapa del Proyecto Majes MORDAZA, tiene las condiciones economicas y tecnicas evaluadas y hay razones de interes sectorial, regional y nacional para iniciar su ejecucion bajo la modalidad de Concesion con recursos publicos y privados; y, estando a lo acordado y aprobado. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, a utilizar e invertir los ingresos provenientes de la fuente de financiamiento, canon y sobre canon, regalias y participaciones del Gobierno Regional de MORDAZA, para completar el monto de co financiamiento y garantias de la Concesion de las Obras Mayores de Afianzamiento Hidrico y de Infraestructura Irrigacional del Proyecto Majes MORDAZA ­ MORDAZA Etapa. Articulo Segundo.- Autorizase a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, la ejecucion de operaciones del fideicomiso con los ingresos por venta de tierras y servicios de agua del Proyecto, operaciones de endeudamiento externo, y/o operaciones de endeudamiento interno y otras modalidades de financiamiento que se requieran para la concesion y ejecucion del Proyecto Majes MORDAZA ­ II Etapa, dentro del Esquema de participacion del sector privado y de co financiamiento establecido con el Gobierno Nacional y el Gobierno Regional de Arequipa. Articulo Tercero.- Dejese sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los Treinta un dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 70522-3

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