Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2007 (10/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de junio de 2007

aquellas disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Quinta: La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y se aplica a los procedimientos en tramite existentes. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 70192-1

Disponen rebaja en la tasa correspondiente a la obtencion del Carne de Salud como medida de promocion, proteccion y control de la salud publica
ORDENANZA N° 256-2007/MDB-CDB Brena, 4 de junio del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BRENA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 4 de junio del 2007, Informe N° 166-2007-GSS/MDB emitido por la Gerencia de Servicios Sociales, referido a Proyecto de Ordenanza Municipal de Rebaja del 50% en la Tasa para la obtencion del Carne de Sanidad para el sector Comercio del distrito.; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7° de la Constitucion Politica del Peru, establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion, proteccion y defensa; Que, de conformidad con el Articulo 194° de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Informe N° 1662007-GSS/MDB emitido por la Gerencia de Servicios Sociales solicita la rebaja del 50% en la tasa de 0.6774 de la UIT fijada en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA vigente de la

corporacion para la obtencion del documento denominado CARNE DE SALUD; Que "el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que la Ordenanza es el instrumento idoneo para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, segun el Articulo 80°, numeral 3.2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen las funciones especificas exclusivas para regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales; Que, la obtencion del Carne de Sanidad es indispensable para toda persona encargada de la elaboracion y expendio de alimentos; Que, es de interes prioritario reforzar las acciones de control de la Salud Publica, a traves de la supervision de establecimientos industriales, comerciales de servicios y otros, asi como la Evaluacion Periodica del estado de salud de las personas que manipulan alimentos, por cuanto la transmision de enfermedades por su consumo constituye uno de los principales problemas de salud Publica; Que, siendo la Municipalidad Distrital de Brena, la Institucion encargada de velar por el bienestar de los vecinos de su jurisdiccion, tiene la responsabilidad de establecer los mecanismos que permitan reducir el indice de morbilidad, para lo cual se deben emitir las disposiciones correspondientes; Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el articulo 9º numeral 8), 9) y 40º, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: Articulo Primero.- Aprobar la Ordenanza que ordena la rebaja en un 50% la tasa correspondiente a la obtencion del Carne de Salud en el distrito de Brena como medida de promocion, proteccion y control de la salud publica. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza tendra vigencia hasta el 30 de junio del 2007. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Servicios Sociales su cumplimiento y a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusion . POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 70190-1

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