Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2009 (03/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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ANEXO 2 BASES ADMINISTRATIVAS

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de junio de 2009

"VENTA POR SUBASTA PUBLICA (O SUBASTA RESTRINGIDA) DE BIENES MUEBLES EN CALIDAD DE CHATARRA" (NOMBRE DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA) I. OBJETIVO Establecer el procedimiento para llevar a cabo la venta por subasta publica (o subasta restringida) de los bienes muebles que se encuentran en calidad de chatarra, en virtud a lo dispuesto mediante Directiva Nº ....-2009/SBN. II. EXHIBICION DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La exhibicion de los lotes a venderse se realizara: Dias : ............................................... Horario de atencion : ............................................... Local : ............................................... Direccion : ............................................... III. ACTO DE VENTA DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La venta por subasta publica (o subasta restringida) de los lotes de bienes objeto de venta se realizara: Dia Inicio del acto Local Direccion : .............................................. : .............................................. : .............................................. : ...............................................

impedido de adquirir bienes de propiedad del Estado, debidamente llenada cuyo formato se muestra en el Anexo B "Declaracion Jurada". Cualquier MORDAZA de desavenencias y/o inconvenientes que se presenten sobre el particular, seran resueltos por la Mesa Directiva, siendo inobjetable la decision tomada. VII. VENTA Y ADJUDICACION DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES 1. Las ofertas son individuales por cada lote, no se permitira el desorden o acuerdo entre los postores durante la venta, los que de ocurrir seran motivos para la suspension temporal o definitiva del Acto Publico y, de ser el caso, el retiro de aquellas personas que lo ocasionen o participen de ello. 2. Las ofertas y el pago por los lotes en venta seran realizados en Nuevos Soles. 3. Las ofertas que se realicen bajo la modalidad de sobre cerrado se efectuaran por cada lote, debiendose consignar en el sobre el numero de lote a adjudicarse, el monto ofertado, el nombre o la razon social del postor, su documento de identidad y el numero de boleta o factura de compra de bases para poder participar. 4. MORDAZA de iniciar la venta, el Martillero Publico solicitara las ofertas en "sobre cerrado", las mismas que deben ser presentadas de acuerdo al Anexo C, "Oferta: Modalidad Sobre Cerrado", en la cual el postor debera acompanar, como minimo, el 20% en efectivo de la cantidad ofertada, siendo invalidas las ofertas que no cumplan dicho requisito. Luego se procedera al remate mediante ofertas "a viva voz" con aquellos postores que no presentaron su oferta en "sobre cerrado". El postor debera expresar claramente la cantidad a ofertar; caso contrario, no sera tomada en cuenta su oferta. 5. Terminada la venta del lote "a viva voz", se procedera a abrir los sobres, resultando adjudicatario el postor que MORDAZA ofertado el monto mas alto entre las dos modalidades. Si resultara ganador quien oferto "a viva voz" debera abonar, en efectivo, como minimo el 20% del valor ofertado. 6. En caso de producirse igualdad entre el monto ofertado en "sobre cerrado" y el monto ofertado "a viva voz", se procedera a solicitar a MORDAZA partes que oferten "a viva voz". Para tal efecto, se tomara como monto base el valor ofertado anteriormente, resultando como adjudicatario el postor que oferte el monto mas alto. En caso de incumplimiento, se le indicara su inconducta como participante y se solicitara su retiro de las instalaciones del local, continuando la venta sobre la base de la oferta anterior. 7. En el supuesto que se otorgue la buena pro a una oferta contenida en "sobre cerrado", ya no sera necesario abonar el 20% del valor ofertado, toda vez que esta ya se encuentra en el sobre presentado. 8. Los sobres cerrados que no obtuvieran la buena pro seran devueltos a sus titulares una vez adjudicado el lote por el cual ofertaron. 9. El adjudicatario realizara la cancelacion del lote adjudicado en la oficina del Martillero Publico, .............. ................, ubicada en..............................o en la Oficina de Tesoreria de la Entidad organizadora, en el caso que corresponda, quienes entregaran el comprobante de pago debidamente cancelado. Dicho acto se debera realizar dentro del plazo de tres (03) dias de concluida la subasta, siendo el ultimo dia el.... de.... de 200..., hasta las..... 10. El adjudicatario que dentro del plazo establecido en el numeral anterior no cancele el monto total por el cual se adjudico alguno de los lotes, cualquiera fuese el motivo o causal, perdera el dinero entregado en garantia a favor de la Entidad organizadora, dejandose sin efecto la adjudicacion y reasumiendo esta la administracion del lote. 11. La Entidad organizadora se reserva el derecho de verificar la informacion que presente el postor durante todo el MORDAZA de venta. En caso de detectarse falsedad en la informacion proporcionada, procedera de conformidad con el ordenamiento legal vigente. VIII. ENTREGA DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES 1. El adjudicatario solicitara a la Oficina General de Administracion o la que haga sus veces, la boleta de venta o factura respectiva, luego de lo cual requerira a la unidad

IV. RELACION, CARACTERISTICAS, ESTADO Y PRECIO BASE DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La relacion, caracteristicas, estado y precio base de los lotes de bienes muebles objeto de venta estan senalados en el Anexo A "Lotes de bienes muebles a venderse". V. MODALIDAD PARA LA OFERTA La venta por subasta publica de los lotes de bienes muebles se realizara "COMO ESTEN Y DONDE SE ENCUENTREN", mediante la modalidad de "A VIVA VOZ Y SOBRE CERRADO". (*) (*)En caso de subasta restringida, solo se procedera por la modalidad de sobre cerrado. VI. LOS PARTICIPANTES 1. Podra participar en la subasta, en calidad de postor, toda persona natural o juridica, bajo el requisito unico e indispensable de haber comprado las Bases Administrativas, de manera directa o a traves de un representante, y cumplir con sus disposiciones, pudiendo ingresar al local dos personas por base comprada, previa MORDAZA de la boleta de venta o factura, segun corresponda, emitida por la Oficina de Tesoreria de la entidad organizadora. 2. Las personas naturales se identificaran con su D.N.I. u otro documento de identidad. Para el caso de las personas juridicas, estas intervendran a traves de su representante legal, el cual debera presentar la escritura de constitucion de la persona juridica y los respectivos poderes vigentes y debidamente inscritos en los Registros Publicos. 3. Estan prohibidos de participar como postores en la venta, directa o indirectamente o por persona interpuesta, aquellos funcionarios y servidores publicos a los que se refiere, en cada caso, los Articulos 1366º, 1367º y 1368º del Codigo Civil y el articulo 22 de la Ley Nº 29151 Ley del Sistema Nacional de Bienes Estatales. 4. Los actos administrativos que contravengan lo descrito en los numerales anteriores son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. 5. El postor que obtenga la buena pro debera presentar en el acto de venta la Declaracion Jurada de no estar

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