Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2010 (05/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2010

Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial Del MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion

Autorizan al Banco de la Nacion la apertura de agencia en la provincia de Maynas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1965-2010 MORDAZA, 24 de febrero de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (1) Agencia, segun se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "B" mediante el Informe Nº 027-2010DSB "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de la Nacion la apertura de una agencia ubicada en la Plaza Principal s/n - MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA Clavero, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 1845-2010 MORDAZA, 22 de febrero de 2010 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor Giulio MORDAZA MORDAZA Valz-Gen MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de MORDAZA de 2004, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesion de la Comision Evaluadora de fecha 12 de enero de 2010, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005 y la Resolucion SBS Nº 1218-2010 del 3 de febrero de 2010; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor Giulio MORDAZA MORDAZA Valz-Gen MORDAZA con matricula Nº N3974 en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de MORDAZA, que lleva esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.)

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Eligen Consejero Delegado y Consejero Delegado Accesitario del Consejo Regional para el periodo 2010
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 001-2010-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion de Consejo celebrada el 08 de enero del 2010, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191, modificado por Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Estado, sobre Descentralizacion, concordante con la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, "los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8, establece que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos publicos de su competencia. Que, el inciso a) del articulo 15 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, senala como atribuciones del Consejo Regional,

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