Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2010 (05/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2010

Que, el Centro de formacion de la Cooperacion Espanola en Montevideo, Uruguay, organizador del mencionado MORDAZA, asumira el costo que signifiquen alojamiento, alimentacion y traslado del y al aeropuerto, debiendo el participante asumir el costo del pasaje via aerea; Que, la Municipalidad de San MORDAZA ha sido reconocido por la labor de accesibilidad que viene desarrollando en el distrito, desde hace mucho en favor de las personas con discapacidad, con obras publicas y la emision de normas que favorecen a ese grupo poblacional; Que, en tal sentido es conveniente que la Municipalidad de San MORDAZA, se encuentre representada, en el mencionado Seminario; Estando a lo expuesto y al MORDAZA de los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar al senor regidor MORDAZA MORDAZA Isola de MORDAZA, para que en nombre y representacion de la Municipalidad de San MORDAZA asista al "Seminario Iberoamericano sobre Accesibilidad Universal y Ayudas Tecnicas para Todos" a realizarse en la MORDAZA de Montevideo, Uruguay, del 08 al 11 de marzo del presente ano, debiendo esta Corporacion MORDAZA, asumir los gastos que correspondan a esta comision de servicios por concepto de: - Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto : US$ 31.00 - Pasaje aereo: MORDAZA - Montevideo - MORDAZA : US$ 896.35 Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

075-2010-SGEC-GAT-MSS de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, los Informes Nros 075 y 151-2010-SGF-GTSC-MSS de la Subgerencia de Fiscalizacion, los Informes Nros. 0692010-SA-SGS-GDHPS-MSS y 005-2010-LB-SGS-GDHPSMSS de la Subgerencia de Salud, el Informe Nº 0012-2010SGDC-GDU-MSS de la Subgerencia de Defensa Civil y los Memorandos Nros 0080 y 240-2010-GSCMA-MSS de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, mediante los cuales se propone la relacion de infracciones exceptuadas de la aplicacion de la Ordenanza Nº 349-MSS, publicada el 31 de diciembre de 2009, en atencion a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final de la misma; y CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldia; Que, mediante Ordenanza 349-MSS, publicada el 31.12.2009, se aprueba el Programa de Descuento de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y Condonacion de Costas Procesales, la misma que tiene por objeto incentivar el pago de las multas administrativas, brindando a los infractores beneficios de pago con descuento; Que, la Cuarta Disposicion Final de la acotada Ordenanza, establece que "Quedan exceptuadas de la presente Ordenanza todas aquellas multas que atenten contra la seguridad, la MORDAZA y la salud", siendo necesario establecer cuales son las que deberan encontrarse en el rubro exceptuado; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, en su Articulo 14º inciso 1), senala que "...las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta dias MORDAZA de la fecha prevista para la entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a efecto que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas"; Que, el numeral 3.2) del citado Articulo 14º senala que se exceptua de la prepublicacion, cuando por razones fundamentadas, en el proyecto de MORDAZA, la entidad que la propone considere que la prepublicacion de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden publico; Que, considerando que la presente MORDAZA tiene como plazo de vigencia hasta el 31 de marzo del 2010, y constituye la aplicacion de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 349-MSS, la misma que ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano, siendo de conocimiento publico, por lo que no resulta necesaria una nueva prepublicacion; Estando al Informe Nº 211-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las facultades senaladas en los Articulos 20º numeral 6) y 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer que las infracciones contenidas en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones aprobado por Ordenanza 174-MSS, con los siguientes codigos de infraccion, se encuentran exceptuadas de la aplicacion de la Ordenanza 349-MSS, conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final de la misma:

464229-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen que determinadas infracciones contenidas en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones se encuentran exceptuadas de la aplicacion de la Ordenanza Nº 349MSS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-2010-MSS MORDAZA de MORDAZA, 4 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: VISTO: El Informe Nº 211-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorando Nº 221-2010-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº

SUB GERENCIA DE DEFENSA CIVIL SEGURIDAD PUBLICA Nº ORDEN INFRACCION % U.I.T. 010.01.1 010.01.2 010.01.3 Por incumplir las disposiciones de seguridad y proteccion. Por desacatar las disposiciones emanadas por el Comite de Defensa Civil del Distrito. Por obstaculizar, construir y/o ocupar areas de seguridad interna y externa, rutas de escape, salidas de emergencia, etc. Por no contar con las senales de seguridad, rutas de evacuacion, escaleras de emergencia, areas de 50% 50% 50% Clausura transitoria o SANCION Medida Complementaria Clausura transitoria o definitiva Clausura transitoria o definitiva

010.01.4

50%

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