Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2010 (05/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2010

por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado, reconociendo la igualdad de todas las personas ante la Ley, sin discriminacion alguna; de igual forma el articulo 2° numeral 1° de la Carta Magna regula entre los derechos fundamentales de la persona "el derecho a la integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar"; asimismo el Articulo 191º establece porcentajes minimos para hacer accesible la representacion de genero, comunidades nativas y pueblos originarios en los Consejos Regionales y Concejos Municipales, respectivamente; Que, en concordancia a las disposiciones de la Convencion sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion Contra la Mujer (1981) y de la Convencion Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer - Convencion de MORDAZA do Para (Brasil 1994), el Estado Peruano MORDAZA por la proteccion juridica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y busca erradicar todas las formas de discriminacion o subordinacion; Que, el Consenso de Mexico, aprobado en la Novena Conferencia Regional de la Mujer de MORDAZA Latina y el Caribe en la que participo el Peru como Estado Parte, comprometio a los Estados a asegurar la plena inclusion de la perspectiva de genero, tomando en cuenta la diversidad etnico racial y generacional, en el diseno y la ejecucion de los planes nacionales de desarrollo, y de las politicas y los programas publicos en todos los ambitos de la accion del Estado, asi como en los presupuestos destinados a financiarlos; Que, el Articulo 43° de la Carta MORDAZA de la Organizacion de Estados Americanos - OEA plantea como tema prioritario la proteccion de las mujeres contra la discriminacion, tanto en la esfera publica como la privada, con miras a garantizar sus derechos humanos y de manera particular los derechos a la MORDAZA, la integridad y la seguridad personal, la MORDAZA personal, la participacion politica, el trabajo, la salud y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, la seguridad social, la vivienda adecuada, la educacion, la propiedad y la participacion en la MORDAZA economica de la sociedad y el acceso a recursos legales y administrativos frente a la violacion de sus derechos; Que, la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades, establece en sus articulos 3º y 6º que es potestad del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptar politicas, planes y programas, integrando de manera transversal los principios de la Ley de Igualdad de Oportunidades, referidos a: 1. El reconocimiento de la equidad de genero, desterrando practicas, concepciones y lenguaje que justifiquen la superioridad de alguno de los sexos, asi como todo MORDAZA de discriminacion y exclusion sexual y social. 2. La prevalencia de los derechos humanos en su MORDAZA integral, resaltando los derechos de las mujeres a lo largo de su ciclo de vida. 3. El respeto a la realidad pluricultural, multilingue y multietnica, promoviendo la inclusion social, la interculturalidad, el dialogo e intercambio y enriquecimiento mutuo; y 4. El reconocimiento y respeto a los ninos, ninas, adolescentes, jovenes, personas adultas y personas con discapacidad o grupos etarios mas afectados por la discriminacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2005MIMDES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, se aprueba el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 ­ 2010, cuyo objetivo es promover el desarrollo del MORDAZA mediante la participacion equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de genero mediante acciones afirmativas en salud, educacion, empleo, participacion politica, violencia familiar, en un MORDAZA de respeto por los derechos humanos; Que, el Acuerdo Nacional suscrito en MORDAZA de 2002 por organizaciones de la sociedad civil y el Estado, con caracter vinculante, compromete en su Decimo Primera Politica de Estado, la "Promocion de la Igualdad de Oportunidades sin discriminacion" y su cumplimiento hasta el 28 de MORDAZA del 2021;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0842003/GRP-CR del 18 de MORDAZA del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, reitero el compromiso de cumplir y hacer cumplir las normas legales que regulan la proteccion a la mujer, al nino(a), anciano(a) y a las personas con discapacidad fisica y/o mental, promoviendo programas que fomenten activamente su participacion; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 041-2004/ GRP-CR, publicada en el diario oficial El Peruano el 12 de agosto del 2004, se aprueban los "Lineamientos de Politica Regional en materia del Enfoque de Equidad de Genero en la Region MORDAZA 2004-2006", creandose ademas el Consejo Regional de la Mujer ­ COREM e institucionalizando la realizacion anual del "Congreso de la Mujer" en el MORDAZA de la celebracion del Dia Internacional de la Mujer; y mediante Ordenanza Regional Nº 042-2004/GRP-CR, se aprueban los "Lineamientos de Politica Regional por una Educacion con Enfoque de Equidad de Genero para todas las edades 2004-2006 de la Region Piura; Que, el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades requiere el compromiso y la decidida participacion concertada de las instituciones del Estado en los niveles: nacional, regional y local, junto con las organizaciones sociales, instituciones privadas y empresariado, a fin de llegar al 2012 a cumplir la meta de mujeres y varones aportando y beneficiandose del desarrollo en igualdad y equidad; Que, mediante Informe N° 011-2009/GRP-430000 del 12 de noviembre de 2009, la Coordinacion Tecnica del Observatorio Regional de Genero entrega el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades; y con Informe N° 22802009/GRP-460000 del 22 de diciembre de 2009, la Oficina Regional de Asesoria Juridica concluye que el texto del Proyecto "Plan Regional de Igualdad de Oportunidades" se ajusta a la funcion especifica asignada a los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades estipulada en el articulo 60° inciso a y b de la Ley N° 27867; Que, de conformidad con los elementos principales de la Vision del Acuerdo Regional Concertado 2007-2021, es deber del Gobierno Regional de MORDAZA revertir la situacion de inequidad de las mujeres en el departamento, con enfasis en las mujeres rurales de la costa y MORDAZA, asi como de zonas MORDAZA marginales, a traves de la implementacion del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres 2009-2012; Que, la Comision de Desarrollo Social mediante Dictamen N° 08-2009-2010/GRP-CR-CDS de fecha 15 de enero del 2010, acordo por unanimidad elevar a Sesion de Consejo Regional el Dictamen aprobatorio que contiene el "Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades 2009 ­ 2012"; y Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria Nº 02 - 2010, de fecha 18 de febrero del 2010, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; HA DADO LA ORDENANZA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y VARONES 2010 ­ 2012 Articulo Primero.- Aprobar el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2009 ­ 2012, PRIO MORDAZA, el mismo que en setenta y ocho (78) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional la implementacion y transversalidad del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres 2009 ­ 2012 en los contenidos de documentos y practicas de gestion, planes, programas, proyectos y normas que se elaboren tanto en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, en las Direcciones Regionales Sectoriales y en los demas sectores dependientes del Gobierno Regional; y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la asignacion de los recursos economicos necesarios para la implementacion del documento aprobado. Articulo Tercero.- Constituir una Comision de Seguimiento y Evaluacion del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades en linea de coordinacion con la Gerencia General Regional, la misma que estara integrada por:

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