Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2010 (23/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, excepto los procesos con titulo ejecutivo; con su misma competencia territorial. A efecto de comenzar con carga cero, todos los procesos que actualmente tienen a su cargo, se remitiran a los Juzgados de Paz Letrados del Cercado. · El Primer, MORDAZA, Tercer, MORDAZA y Setimo Juzgados de Paz Letrados Permanentes conoceran, en adicion a sus funciones, los procesos con titulo ejecutivo de la Nueva Ley Procesal de Trabajo y ademas de los procesos de liquidacion provenientes del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado. Se debera remitir los procesos de faltas que conocen actualmente, a los Juzgados de Paz Letrado de Comisarias. PROVINCIA DE ISLAY

Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, a efectuar las acciones necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion, en cuanto sea de su competencia; en coordinacion con el Equipo Tecnico Institucional. Articulo Cuarto.-Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Consejo Nacional de la Magistratura, Academia de la Magistratura, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo, Oficina de control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS.

· El Juzgado Civil conocera, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; debiendo remitir los procesos laborales tramitados con la anterior ley procesal al Juzgado Mixto. · El Juzgado Mixto conocera, en adicion a sus funciones, de los procesos de liquidacion laboral. · El Juzgado de Paz Letrado conocera, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. PROVINCIA DE CAMANA

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· La Sala Mixta Descentralizada e Itinerante conocera, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. · El Juzgado Civil y el Juzgado de Paz Letrado conocera, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. PROVINCIA DE CARAVELI · El Juzgado Mixto, el Juzgado de Paz Letrado de Caraveli y el Juzgado de Paz Letrado de Acari conoceran, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. PROVINCIA DE MORDAZA · El Juzgado Mixto, el Juzgado de Paz Letrado de Aplao y el Juzgado de Paz Letrado de Orcopampa conoceran, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. PROVINCIA DE CONDESUYOS · El Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado de Chuquibamba conoceran, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. PROVINCIA DE LA UNION · El Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado de Cotahuasi conoceran, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. PROVINCIA DE CAYLLOMA · El Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado de Chivay conoceran, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. · El MORDAZA Juzgado Mixto de Caylloma - Majes El Pedregal y el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Majes El Pedregal conoceran, en adicion a sus funciones, los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Articulo Segundo.- El Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo tendra a su cargo las funciones de planificar, coordinar supervisar, monitorear y evaluar la implementacion del MORDAZA ordenamiento procesal laboral; correspondiendo a la Gerencia General, areas administrativas y jurisdiccionales brindar el apoyo requerido en el minimo plazo posible.

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Jueces de Paz Urbanos en la Provincia Constitucional del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 269-2010-P-CSJCL/PJ. Callao, 21 de setiembre del 2010. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital, conjuntamente con el Presidente de Corte Superior son los organos de direccion de un Distrito Judicial, conforme lo establece el articulo 72° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 0262007-CE-PJ de fecha 31 de enero del ano 2007 y Resolucion Administrativa N° 113-2007-CE-PJ de fecha 12 de junio del ano 2007, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creo un Juzgado de Paz en la Ciudadela Pachacutec MORDAZA Alta I, un Juzgado de Paz en Ciudadela Pachacutec MORDAZA Baja I ­ La MORDAZA, un Juzgado de Primera Nominacion en el Cercado del Centro Poblado Menor Virgen de las MORDAZA ­ Mi Peru, un Juzgado de MORDAZA Nominacion en el Cercado del Centro Poblado Menor Virgen de las MORDAZA ­ Mi Peru y un Juzgado de Paz para la Urbanizacion San MORDAZA Macias ­ Distrito del Callao, respectivamente. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 0082010-CED-CSJC/PJ de fecha 10 de MORDAZA del ano en curso, el Consejo Ejecutivo Distrital de esta Corte Superior de Justicia, conformo la Comision de seleccion para la designacion de Jueces de Paz de los Asentamientos Humanos MORDAZA mencionados. Que, dicha Comision de Seleccion elevo al Consejo Ejecutivo Distrital el Oficio N° 103-2010-ODAJUP-CSJC/ PJ que contiene el resultado final del MORDAZA de seleccion de Jueces de Paz Urbanos, habiendo sido designados

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