Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2011 (04/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2011

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizaciones a favor de Eco Energy S.A.C. para desarrollar actividades de exploracion de recursos geotermicos en las zonas denominadas Pinaya I y Pinaya II, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2011-EM/DGE MORDAZA, 24 de enero de 2011 VISTO: El Expediente Nº 12211810, organizado por Eco Energy S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12286852 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para realizar la actividad de exploracion de recursos geotermicos; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 1992637, de fecha 21 de MORDAZA de 2010, Eco Energy S.A.C. solicito autorizacion para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Pinaya I, ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en los articulos 2º y 13º de la Ley Nº 26848, Ley Organica de Recursos Geotermicos, y en los articulos 7º y 12º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2010-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado la Declaracion Jurada a traves de la cual se compromete a contar con un Estudio Ambiental, aprobado por la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos, MORDAZA del inicio de los trabajos de exploracion, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.6 del articulo 12º del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, la peticionaria ha cumplido con efectuar el pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo establecido en el articulo 62º del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 0222011-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 13º de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, concordado con los articulos 15º y 59º de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a favor de Eco Energy S.A.C., que se identificara con codigo Nº 12211810, para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Pinaya I, ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Puno. Articulo 2º.- Eco Energy S.A.C. debera efectuar las actividades consignadas en el Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24) meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de la presente Resolucion, y doce (12) meses para la Fase II, computados a partir de la culminacion de la Fase I. Articulo 3º.- La titular esta obligada a realizar sus actividades cumpliendo con lo establecido en el Titulo IX, Proteccion Ambiental, de la Ley Organica de Recursos Geotermicos. Articulo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 15º del Reglamento de la Ley Organica de

Recursos Geotermicos, la presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias siguientes a la fecha de su notificacion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Electricidad 599147-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 003-2011-EM/DGE MORDAZA, 24 de enero de 2011 VISTO: El Expediente Nº 12211910, organizado por Eco Energy S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12286852 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para realizar la actividad de exploracion de recursos geotermicos; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 1992636, de fecha 21 de MORDAZA de 2010, Eco Energy S.A.C. solicito autorizacion para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Pinaya II, ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en los articulos 2º y 13º de la Ley Nº 26848, Ley Organica de Recursos Geotermicos, y en los articulos 7º y 12º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2010-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado la Declaracion Jurada a traves de la cual se compromete a contar con un Estudio Ambiental, aprobado por la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos, MORDAZA del inicio de los trabajos de exploracion, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.6 del articulo 12º del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, la peticionaria ha cumplido con efectuar el pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo establecido en el articulo 62º del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 0232011-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 13º de la Ley Organica de Recursos Geotermicos, concordado con los articulos 15º y 59º de su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a favor de Eco Energy S.A.C., que se identificara con codigo Nº 12211910, para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Pinaya II, ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Puno. Articulo 2º.- Eco Energy S.A.C. debera efectuar las actividades consignadas en el Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24) meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de la presente Resolucion, y doce (12) meses para la Fase II, computados a partir de la culminacion de la Fase I. Articulo 3º.- La titular esta obligada a realizar sus actividades cumpliendo con lo establecido en el Titulo IX, Proteccion Ambiental, de la Ley Organica de Recursos Geotermicos.

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