Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2011 (04/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2011

1. La propaganda electoral que se transmita a traves de altoparlantes instalados en los locales politicos y vehiculos especiales fuera del horario de 08:00 a 19:00 horas, y/o no se respete los Estandares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruidos, establecido por el Decreto Supremo N° 085-2003-PCM. 2. La utilizacion de predios privados para la difusion de la propaganda electoral sin la autorizacion por escrito del titular del mismo. 9.2 Constituyen infracciones graves sujetas a multa de dos (2) UIT, sin perjuicio del retiro de los objetos, los siguientes hechos: 1. Utilizacion de bienes inmuebles de propiedad del Estado. 2. Propaganda sonora en areas comprendidas a una distancia de 100 metros de establecimientos de salud, clinicas. 3. Pintado, pegado de afiches o colocacion de letreros, cualquiera que sea su dimension en los postes de energia electrica, postes de telefonia, asi como en toda estructura de soporte de servicios publicos y privados en general. 4. Pintado o pegado de afiches en los muros, MORDAZA, cercos, calzadas, pistas, sardineles, senales de MORDAZA, monumentos y sobre publicidad autorizada con fines comerciales. 5. e.- Pintado o pegado de afiches en muros o cercos perimetricos y propiedades privadas sin autorizacion. 6. Cuando contravenga el orden publico y las buenas costumbres o MORDAZA de alguna forma el mobiliario MORDAZA de la MORDAZA u otros bienes de entidades publicas o privadas. 7. Cualquier modalidad de propaganda electoral que obstaculice senales de MORDAZA o que obstaculice el libre MORDAZA de vehiculos. 8. No retirar la propaganda dentro de los 60 dias de concluidas las elecciones electorales. 9. El uso o apelacion de actos o palabras que atenten contra la dignidad de los candidatos patrocinados por las organizaciones politicas. 10. La instalacion de pasacalles o banderolas en calles, avenidas, parques, plazas del distrito. 11. Colgar, apoyar o sostener de alguna manera letreros, carteles, banderolas, pasacalles o cualquier MORDAZA de elementos que anuncie propaganda politica, en plantas, arboles y areas verdes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Los casos no contemplados en la presente ordenanza seran resueltos conforme las normas legales vigentes sobre la materia. Tercera.- Encargar el cumplimiento de esta Ordenanza a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Control de Normas, y demas unidades organicas pertinentes, pudiendo requerirse de ser necesario el MORDAZA de la Policia Nacional del Peru. Cuarta.- Derogar las normas que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinticinco dias del mes de enero del dos mil once. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 599117-1

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, preceptua, en su Articulo 194º, que las Municipalidades son organos de Gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencia; Que, el Articulo 6º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que la Alcaldia es el Organo Ejecutivo del Gobierno local. El MORDAZA es el representante legal de la municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa. Asimismo el articulo N° 20°, del dispositivo legal en referencia, senala que el MORDAZA a propuesta del Gerente Municipal, designa a los funcionarios de confianza; Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Publico Municipal del distrito del MORDAZA, consecuentemente el Despacho de Alcaldia, considera oportuno la designacion de un funcionario de confianza, para dicho cargo de la Municipalidad Distrital del Rimac; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico en concordancia con lo senalado en el Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y al MORDAZA de las facultades conferidas por el inciso 17º, del Articulo N° 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital del Rimac. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General y a la Oficina de Administracion y Finanzas, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 599115-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo de Cooperacion en el Area de la Micro y Pequena Empresa, suscrito con la Republica de MORDAZA
Entrada en vigencia del "Acuerdo de Cooperacion en el Area de la Micro y Pequena Empresa entre la Republica del Peru y la Republica de Argentina" suscrito el 22 de marzo de 2010, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 005-2011-RE de fecha 14 de enero de 2011, publicado el 15 de enero de 2011. Entro en vigencia el 21 de enero de 2007. 599063-1

Designan Procurador Publico Municipal
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 012-2011-MDR MORDAZA, 1 de enero de 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DEL MORDAZA VISTO La propuesta de designacion de funcionarios formulada por la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 002-2011GM/MDR.

Entrada en vigencia de "Alcances de Trabajo de Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la MORDAZA Centro acordado entre la Republica del Peru y la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon"
Entrada en vigencia de "Alcances de Trabajo de Estudio de Programa de Desarrollo Rural para las Familias Campesinas Pobres y el Fortalecimiento de Capacidades Locales de la MORDAZA Centro acordado entre la Republica del Peru y la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon", suscrito el 12 de diciembre de 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 010-2011-RE de fecha 25 de enero de 2011, publicado el 26 de enero de 2011. Entro en vigencia el 26 de enero de 2007. 599046-1

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