Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2011 (04/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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naturaleza, sea capaz de influir en la liquidez o en el precio de dicho valor o instrumento financiero, incluida la propagacion de rumores y noticias falsas o enganosas, a traves de los medios de comunicacion, incluido internet, o cualquier otro medio. Salvo prueba en contrario, este supuesto no alcanza a las opiniones o proyecciones realizadas por analistas economicos, financieros o de inversion y periodistas, siempre que dichas opiniones o proyecciones se encuentren sustentadas en informe tecnico, segun corresponda. d) Que los directores, funcionarios y trabajadores de las bolsas de valores y de las demas entidades responsables de la conduccion de mecanismos centralizados, de las instituciones de compensacion y liquidacion, incluyendo al director de MORDAZA, adquieran o transfieran valores o instrumentos financieros inscritos en el Registro, a menos que obtengan autorizacion previa de Conasev. Dicha restriccion no alcanza a los siguientes casos: 1. Acciones liberadas; 2. Acciones que se suscriban en ejercicio del derecho de suscripcion preferente establecido en la Ley General de Sociedades; 3. Los valores que provengan de la condicion de usuario de un servicio publico o hayan sido adquiridos para fines de desgravamen tributario; 4. Certificados de participacion de fondos mutuos; y, 5. Otros que determine Conasev mediante MORDAZA de caracter general. En todo caso, tales personas deben abstenerse de participar en las juntas generales de accionistas de las sociedades en las que posean acciones y que se encuentren sometidas al control y supervision de Conasev. Conasev, mediante MORDAZA de caracter general, puede establecer y prohibir otras situaciones, comportamientos de abuso de MORDAZA o que infrinjan la transparencia e integridad del MORDAZA de valores." Articulo 4º.- Incorporacion del articulo 251º-B al Codigo Penal Incorporase el articulo 251º-B al Codigo Penal, con el texto siguiente: "Articulo 251º-B.- Manipulacion de precios en el MORDAZA de valores El que proporcione senales falsas o enganosas respecto de la oferta o demanda de un valor o instrumento financiero, en beneficio propio o ajeno, mediante transacciones que suban o bajen el precio, incrementen o reduzcan su liquidez, sera reprimido con pena privativa de la MORDAZA no menor de uno (1) ni mayor de cinco (5) anos, siempre que el monto de dichas transacciones superen las trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes al momento de la comision del delito, o el beneficio, perdida evitada o perjuicio causado supere dicho monto. La misma pena se aplicara a directores, gerentes, miembros del comite de inversiones, funcionarios y personas vinculadas al MORDAZA de inversion de un inversionista institucional que, en beneficio propio o ajeno, manipulen el precio de su cartera de valores o instrumentos financieros o la administrada por otro inversionista institucional, mediante transacciones, suban o bajen el precio, incrementen o reduzcan la liquidez de los valores o instrumentos financieros que integren dicha cartera. Previamente a que el Ministerio Publico formalice la denuncia respectiva, se debera contar con un informe tecnico emitido por la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev)."

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA.- Difusion de informacion falsa o enganosa a traves de internet En caso de que se MORDAZA utilizado internet para el proposito establecido en el inciso c) del articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por el Decreto Supremo num. 093-2002EF, la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev), a traves del juez, puede solicitar al administrador de la pagina web respectiva la informacion que permita identificar a la persona que difundio la informacion falsa o enganosa. El juez debe pronunciarse en un plazo MORDAZA de diez (10) dias. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los dos dias del mes de febrero de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HORNUNG MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 599313-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Designan Directora de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 47-2011-PCM MORDAZA, 3 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM, establece que la Oficina General de Asesoria Juridica es el organo de asesoramiento de la Alta Direccion, que depende jerarquicamente de la Secretaria General; responsable de asesorar y emitir opinion de caracter juridico - legal a los organos de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Presidencia del

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