Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2011 (04/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 5º de la MORDAZA mencionada senala que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fijado por los respectivos Concejos Municipales, por sesion efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, en ningun caso pueden superar en total al treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del MORDAZA correspondiente; Que, mediante Informe Nº 016-2011-MPL-GPP de fecha 17 de enero de 2011, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, senala que mediante Acuerdo de Concejo Nº 139-2010 de fecha 21 de diciembre de 2010, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura 2011, cuyo monto asciende a un total de S/.24'625,921.00; siendo que el importe anual presupuestado para la atencion del pago de Dieta de Regidores (9) asciende a S/.231,660.00 Nuevos Soles a razon de S/.19,305.00 mensuales, con cargo a la asignacion especifica del gasto 2.1.1.10.1.2 ­ Dieta de Regidores y Consejeros, en el Rubro: 09 Recursos Directamente Recaudados, dicha programacion tiene como base el Acuerdo de Concejo Nº 032-2007-MPL en concordancia a normas y disposiciones vigentes al respecto; Que, mediante Informe Nº 012-2011-MPL/GAJ de fecha 21 de enero de 2011 la Gerencia de Asesoria Juridica senala que en concordancia con los articulos 12º y 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, se dictaron medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes; asimismo, se observa que el distrito de Pueblo Libre tiene una poblacion de 86,782 electores, correspondiendo al MORDAZA una remuneracion mensual de S/.5,850.00 mas un adicional como distrito de la Provincia de MORDAZA de S/.1,300.00, haciendo un total de S/.7,150.00; por otro lado, respecto a las dietas de los Regidores el articulo 5º del citado Decreto Supremo, senala que por sesion efectiva en cada mes, en ningun caso pueden superar en total al treinta por ciento 30% de los ingresos mensuales por todo concepto del MORDAZA correspondiente; Que, asimismo el Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica senala, que observando el tratamiento de los ingresos para las Autoridades Ediles y el Informe Nº 016-2011-MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, programando la dieta de los senores Regidores, en base al Acuerdo de Concejo Nº 032-2007-MPL, opina porque no existe ningun inconveniente legal en fijar la remuneracion mensual del senor MORDAZA, asi como las Dietas de los senores Regidores, conforme a las normas glosadas y a los parametros establecidos, debiendose elevar los actuados al Concejo Municipal, para su respectiva aprobacion; Que, contando con la conformidad de la Gerencia Municipal, segun el Proveido Nº 0068-2011-MPL-GM de fecha 21 de enero de 2011; En uso de las facultades conferidas en el numeral 28) del articulo 9º y el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR la remuneracion mensual del senor MORDAZA Distrital de Pueblo Libre en la suma de S/.7,150.00 (Siete Mil Ciento Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), por todo concepto. Articulo Segundo.- FIJAR la Dieta de los senores Regidores del Concejo Distrital de Pueblo Libre en la suma equivalente al 15% de la remuneracion del senor MORDAZA senalada en el articulo precedente, por cada asistencia efectiva a Sesion de Concejo, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes. Articulo Tercero.- DISPONER que a traves de la Secretaria General se proceda a la publicacion del

presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administracion y Finanza, el cumplimiento del presente Acuerdo asi como las acciones correspondientes a sus competencias. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 599017-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 228-2011-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RIMAC; VISTO: en Sesion de Concejo, de fecha diecinueve de enero del dos mil once, el Dictamen Nº 0012011-CAR-MDR de la Comision de Presupuesto Planificacion, Racionalizacion y Cooperacion Internacional; con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con la dispensa de la aprobacion del Acta ha dado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, que consta de seis (06) Titulos, nueve (09) Capitulos, cincuenta y siete (57) Articulos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias, dos (02) Disposiciones Finales. Articulo Segundo.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General el tramite de publicacion en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Unidad de Imagen Institucional la publicacion del integro del texto en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Distrital del MORDAZA www.munirimac.gob. pe, asi como su publicacion en el MORDAZA electronico de Servicios al Ciudadano y Empresas de la Presidencia de Consejo de Ministros. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia Municipal disponer la implementacion, del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobadas por la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publiquese y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diecinueve dias del mes de enero del dos mil once. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA

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