Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2011 (16/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el tercer parrafo del numeral 1 del articulo 1° del Anexo de la Directiva para la Ejecucion Presupuestaria con el objeto de contribuir en el avance de la gestion de las entidades del Sector Publico para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, a traves de la administracion y determinacion por parte de dichas entidades del tiempo minimo de permanencia de su personal en el centro de labores de manera adicional al horario de trabajo, de tal forma que se maximicen los resultados de dicho periodo de tiempo adicional de permanencia de los servidores con la consiguiente optimizacion en el uso de los recursos publicos y la mejora en la calidad del gasto publico, siendo que esta modificacion es concordante con el MORDAZA de Equilibrio Presupuestario en tanto que su financiamiento se encuentra previsto en los presupuestos institucionales de los pliegos respectivos; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer que la Directiva Nº 003-2009EF/76.01 "Directiva para la Evaluacion Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2009", aprobada por Resolucion Directoral N° 036-2009-EF/76.01, es aplicable para la Evaluacion Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2011. Articulo 2°.- Aprobar los anexos de plazos para la Evaluacion Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales, conforme a lo siguiente: a) Anexo A. Plazos para la fecha de corte en el Modulo SIAF-SP y de carga en el aplicativo Web, de la informacion registrada por las entidades en el aplicativo SIAF-MPP, de acuerdo a lo senalado en el inciso a) del numeral 3.2 del articulo 3° de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01. b) Anexo B. Plazos de registro y MORDAZA de la Evaluacion Presupuestaria 2011 de acuerdo al articulo 14º de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01. Articulo 3°.- Disponer la publicacion del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01, asi como de los Anexos A y B, senalados en los articulos 1° y 2° de la presente Resolucion Directoral, en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Articulo 4°.- Modificar el tercer parrafo del numeral 1 del articulo 1° del Anexo de la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", aprobada mediante Resolucion Directoral N° 030-2010EF/76.01, conforme al siguiente texto: "Articulo 1°.(...) En los pliegos donde se otorgan el concepto de racionamiento y movilidad como parte de los Incentivos Laborales, solo se abona dicho concepto por los dias en los cuales el servidor MORDAZA laborado por un minimo de tiempo adicional al horario normal de trabajo, el cual es determinado por el Titular de la entidad mediante resolucion, a propuesta del Jefe de la Oficina General de Administracion o quien haga sus veces, de acuerdo a las necesidades de permanencia del personal para la gestion de la entidad". Articulo 5°.- Disponer que las entidades publicas para efecto de lo establecido en el articulo 1° del Anexo de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 y modificatoria, en tanto no cuenten con la resolucion de su Titular que determina el minimo de tiempo adicional al horario normal de trabajo necesario para el otorgamiento del concepto de racionamiento y movilidad, consideraran que dicho periodo de tiempo es el equivalente a un minimo de dos (2) horas adicionales al horario normal de trabajo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NAMIHAS Director General (e) Direccion General de Presupuesto Publico

ENERGIA Y MINAS
Califican para efecto del Decreto Legislativo Nº 973 al inversionista del Contrato de Inversion para el desarrollo del proyecto denominado "Central Hidroelectrica Huasahuasi I"
RESOLUCION SUPREMA Nº 070-2011-EM
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO Que, el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 establece que mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el titular del Sector correspondiente, se aprobara a las personas naturales o juridicas que califiquen para el goce del Regimen, asi como los bienes, servicios y contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas, para cada Contrato; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, establece que mediante Resolucion Suprema del Sector correspondiente se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen de Recuperacion anticipada del Impuesto General a las Ventas; Que, con fecha 27 de MORDAZA de 2011 HIDROELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C. celebro, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado por el Proyecto denominado "Central Hidroelectrica Huasahuasi I", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido por el Articulo 3º del referido Decreto Legislativo; Que, como consecuencia de la aprobacion realizada por el Sector, el Ministerio de Economia y Finanzas ha realizado la evaluacion de la Lista de bienes, servicios y contratos de construccion respectiva; De conformidad con lo establecido en el Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 a HIDROELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Central Hidroelectrica Huasahuasi I", en adelante el "Proyecto" de acuerdo con el Contrato de Inversion suscrito con el Estado el 27 de MORDAZA del 2011. Articulo 2º.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del Numeral 5.3 del Articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversion a cargo de HIDROELECTRICA MORDAZA MORDAZA S.A.C., asciende a US$ 6 452 851,54 (Seis Millones Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Uno y 54/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de un (01) ano y un (01) mes, contado a partir del 27 de MORDAZA del 2011. Articulo 3º.- Objetivo principal del Contrato de Inversion Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversion es el previsto en la MORDAZA Clausula del mismo y el inicio de las operaciones productivas estara constituido por la percepcion de cualquier ingreso proveniente de la explotacion del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el articulo 5º de dicho Decreto Legislativo. Articulo 4º.- Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el Articulo

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