Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2011 (16/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

las embarcaciones materia de asociacion o incorporacion definitiva, de donde se advierte que las mismas no cuentan con gravamen inscrito, lo cual ha sido verificado en el MORDAZA web de SUNARP. Asi tambien, presento MORDAZA del Certificado de matricula cancelado por siniestro con perdida total por parte de la Direccion de Capitanias y Guardacostas, con la anotacion de cancelada la matricula N° PT-3817-CM de la embarcacion EL PIQUERO de conformidad con la Resolucion de Capitania 103-2009 de fecha 01 de octubre de 2009; Que, la administrada ha presentado un Contrato de Asociacion en Participacion de fecha 17 de junio de 2010, celebrado entre la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. (asociante) y los senores MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE QUEREVALU (asociado/interviniente), a traves del cual las partes senalan que poseen un interes comun en la celebracion de un Contrato de Asociacion en Participacion, a efectos que el ASOCIANTE, a su sola decision y potestad, se encuentre facultado a disponer ­ entre otros, la incorporacion definitiva del Promedio MORDAZA de Captura que corresponde a la EMBARCACION (PMCE) y disponer su adhesion a la nave de su flota que identifique como idonea para la explotacion de la cuota asignada. Asimismo, se indica que como consecuencia de los aportes y contribuciones efectuadas por las partes, la participacion en los resultados netos del negocio (utilidades o perdidas) materia de la presente asociacion en participacion se determinara segun los siguientes porcentajes: EL ASOCIANTE participara con un 50% de los resultados netos, EL ASOCIADO participara con un 50% de los resultados netos; Que, de acuerdo con lo expuesto precedentemente corresponde aprobar la solicitud de asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) del recurso merluza, de la embarcacion pesquera EL PIQUERO de matricula N° PT3817-CM a las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA II de matricula N° PT-12866-PM, MORDAZA MORDAZA III de matricula PT-17479-PM y MORDAZA MORDAZA V de matricula PT-20958-PM, en virtud del contrato de Asociacion en Participacion celebrado entre los senores MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE QUEREVALU y la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. Asimismo, respecto del permiso de pesca de la embarcacion pesquera EL PIQUERO de matricula N° PT-3817-CM, atendiendo que los administrados han presentado renuncia al derecho de incremento de flota de la citada embarcacion pesquera, corresponde cancelar el permiso de pesca de la referida embarcacion; Que, mediante el Informe Tecnico N° 403-2011PRODUCE/DGEPP-Dch se indica que los solicitantes han cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento N° 134 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, para el caso de embarcacion siniestrada con perdida total que sirvio de base para el calculo del PMCE, es decir los requisitos 1, 3, 4 y 6. Y considerando la conformidad legal expresada en el Informe N° 5092011-PRODUCE/DGEPP y Memorando N° 642-2011PRODUCE/DGEPP, se recomienda la aprobar la presente solicitud de asociacion o incorporacion definitiva del PMCE del recurso Merluza; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun el Informe Tecnico Nº 403-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch y el Informe Legal N° 509-2011-PRODUCE/DGEPP y Memorando N° 642-2011PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

Articulo 1°.- Dejar sin efecto la suspension del permiso de pesca de la embarcacion pesquera EL PIQUERO de matricula N° PT-3817-CM, establecida en las Resoluciones Directorales N° 528-2009-PRODUCE/ DGEPP y N° 206-2010-PRODUCE/DGEPP, en virtud del Certificado de Matricula cancelada por siniestro con perdida de la referida embarcacion, en conformidad con la resolucion de Capitania N° 103-2009 del 01 de octubre de 2009. Articulo 2°.- Aceptar la renuncia formulada por la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. y los senores MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE QUEREVALU, al incremento de flota que le corresponde a la embarcacion siniestrada con perdida total denominada EL PIQUERO (PT-3817-CM). Articulo 3°.- Aprobar, en virtud del Contrato de Asociacion en Participacion celebrado por la empresa INDUSTRIAL PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. y los senores MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE QUEREVALU, la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera EL PIQUERO de matricula PT-3817-CM, a favor de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA II de matricula N° PT-12866-PM, MORDAZA MORDAZA III de matricula PT17479-PM y MORDAZA MORDAZA V de matricula PT-20958PM. Articulo 4°.- En virtud a la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE), aprobado en el articulo precedente, los PMCE y LMCE correspondientes a las embarcaciones pesqueras asociadas, son determinados de acuerdo al detalle siguiente:
EMBARCACION MORDAZA MORDAZA II MORDAZA MORDAZA III MORDAZA MORDAZA V MATRICULA PT-12866-PM PT-17479-PM PT-20958-PM PMCE (%) 2.594375 2.996289 2.019418 LMCE (TM) 1037.75 1198.52 807.77

Articulo 5°.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion EL PIQUERO de matricula N° PT-3817-CM otorgado mediante Resolucion Ministerial N° 615-97-PE, en virtud a la aceptacion de la renuncia al incremento de flota que le corresponde a la precitada embarcacion pesquera por el siniestro con perdida total, y a la aprobacion de la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera EL PIQUERO de matricula PT-3817-CM, a favor de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA II de matricula N° PT-12866-PM, MORDAZA MORDAZA III de matricula PT17479-PM y MORDAZA MORDAZA V de matricula PT-20958PM. Articulo 6°.- Modificar los Listado de Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), aprobados por la Resolucion Directoral N° 007-2011PRODUCE/DGEPP; en referencia a las embarcaciones pesqueras EL PIQUERO, MORDAZA MORDAZA II, MORDAZA MORDAZA II y MORDAZA MORDAZA V; de acuerdo con lo determinado en el articulo 4°y 5° de la presente Resolucion Directoral. Articulo 7º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, al Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

665515-2

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