Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2011 (16/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, con Decreto de Urgencia No. 058-2001, se transfiere la administracion de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decreto de Urgencia No. 063-2009, se produjo la fusion bajo la modalidad de absorcion de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC; creandose la Unidad Ejecutora Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - en adelante AATE -, dentro del ambito del Sub Sector Transportes; Que, a traves del Decreto Supremo No. 032-2010-MTC se establecio que la AATE, constituye el Proyecto Especial denominado Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, conforme a lo dispuesto en el articulo 38 de la Ley No. 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, estando encargado de las actividades de preparacion, gestion, administracion y ejecucion de las obras y mantenimiento de la infraestructura civil y electromecanica y del equipamiento del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Linea 1, MORDAZA El MORDAZA - Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, hasta que se extinga la concesion para la ejecucion, explotacion, operacion y mantenimiento del mismo; Que, con Decreto Supremo No. 035-2010-MTC se preciso que la via del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao tiene, para todos sus efectos, la naturaleza de via ferrea nacional, conforme lo preve el articulo 6 del numeral 1, inciso a) del Reglamento Nacional de Ferrocarriles aprobado por Decreto Supremo No. 032-2005-MTC, por lo que su explotacion, operacion, mantenimiento y concesion se encuentra bajo la competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el numeral 7.1.2 del articulo 7 del Reglamento Nacional del Sistema Electrico de Transporte de Pasajeros en Vias Ferreas que formen parte del Sistema Ferroviario Nacional, aprobado por Decreto Supremo No. 0392010-MTC, establece las competencias de gestion que corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el caso de los Sistemas Electricos de Transportes, entre las cuales se encuentran las de aprobar proyectos y otorgar autorizaciones para la construccion y/o puesta en servicio de la infraestructura ferroviaria principal, la planificacion del desarrollo de los Sistemas Electricos de Transporte, la ejecucion de proyectos, la administracion de la infraestructura ferroviaria, entre otros; asimismo, el numeral 7.2 del citado articulo senala que las competencias indicadas se ejercen a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, salvo MORDAZA expresa en contrario; Que, mediante Decreto Supremo No. 059-2010-MTC se aprobo la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, estableciendose los trazos preliminares de las cinco (05) lineas que la conforman; en tal sentido, la citada Red Basica se encuentra estructurada como una sola unidad integrada por las cinco (05) lineas MORDAZA indicadas, las mismas que deberan ser interconectadas a fin de asegurar el objetivo de dotar a la poblacion de un sistema de transporte masivo, seguro, rapido, confiable y ecologico, capaz de solucionar el problema del transporte en MORDAZA y Callao, por lo que a fin de asegurar el desarrollo integral de dicho sistema, resulta necesario asignar su planificacion y ejecucion a la entidad que cuenta con mayores conocimientos y experiencia en la materia, a nivel nacional; Que, el Proyecto Especial denominado Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE es la entidad estatal que se ha encargado de la preparacion, gestion, administracion y ejecucion de las obras y mantenimiento de la infraestructura civil y electromecanica y del equipamiento de la Linea 1 del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; en tal sentido, el citado Proyecto Especial, cuenta con los profesionales especializados, la experiencia y con los conocimientos tecnicos necesarios para encargarse de la proyeccion, planificacion, ejecucion y administracion de la infraestructura ferroviaria correspondiente a las demas lineas de la Red Basica del Metro de LimaSistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; Que, la experiencia adquirida por la AATE durante la construccion de la Linea 1, permitira reducir tiempos de ejecucion en las demas lineas, considerando que dicha entidad cuenta con la experiencia e informacion necesaria sobre las secuencias de tareas a desarrollar, los factores de riesgo, las rutas criticas, las interferencias en redes de servicios publicos, los procedimientos constructivos especiales, entre otros

aspectos que resultaran necesarios para la ejecucion de las demas lineas de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; Que, en consecuencia, resulta necesario ampliar el encargo conferido a la AATE, mediante el Decreto Supremo No. 0322010-MTC, a fin que el mismo se encargue de la proyeccion, planificacion, ejecucion y administracion de la infraestructura ferroviaria correspondiente a la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 032-2010-MTC, el Decreto Supremo No. 039-2010MTC y el Decreto Supremo No. 059-2010-MTC, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliacion del Encargo Ampliar el encargo conferido al Proyecto Especial denominado Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, mediante el Decreto Supremo No. 032-2010-MTC, a fin que el mismo se encargue de la proyeccion, planificacion, ejecucion y administracion de la infraestructura ferroviaria correspondiente a la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, aprobada en el Decreto Supremo No. 059-2010-MTC, hasta que se concluyan las obras o se extinga la concesion para la ejecucion, explotacion, operacion y mantenimiento de la misma. Como consecuencia de la ampliacion del encargo senalado en el parrafo precedente, se delega al Proyecto Especial denominado Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, las competencias senaladas en los literales b), c), d) y e) del numeral 7.1.2 del articulo 7 del Reglamento Nacional del Sistema Electrico de Transporte de Pasajeros en Vias Ferreas que formen parte del Sistema Ferroviario Nacional, aprobado por Decreto Supremo No. 039-2010-MTC. Articulo 2º.- Modificacion del Manual de Operaciones de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE Dentro del plazo de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE modificara su Manual de Operaciones aprobado por Resolucion Ministerial No. 357-2010-MTC-02, a fin de implementar lo senalado en el articulo 1 del presente dispositivo. Articulo 3º.- Financiamiento La realizacion de las acciones necesarias para la aplicacion de lo establecido en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones y conforme a las disposiciones legales vigentes. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y al Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC
DECRETO SUPREMO Nº 033-2011-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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