Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2011 (16/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29755
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

un dia de haber, debiendo publicarse la relacion de los concurrentes e inasistentes en el diario oficial El Peruano. Articulo 81. Integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Integran el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: 1. El Presidente del Poder Judicial, quien lo preside y tiene MORDAZA dirimente. 2. Dos jueces supremos titulares elegidos por la Sala Plena. 3. Un juez superior titular en ejercicio elegido por los presidentes de las cortes superiores de justicia de la Republica. 4. Un juez titular especializado o mixto. 5. Un representante elegido por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru. Para la designacion del juez superior titular, cada Sala Plena de las Cortes Superiores elige un candidato y los presidentes de las cortes superiores, mediante sufragio directo, eligen al integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Para la designacion del miembro senalado en el numeral 4, los jueces especializados o mixtos titulares eligen a un representante por cada distrito judicial, los que se reunen para elegir entre ellos el juez que integrara el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. El mandato de los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dura dos anos. En tanto se encuentren en el ejercicio de sus cargos, los miembros del Consejo Ejecutivo a que se refieren los numerales 3, 4 y 5, tienen las mismas prerrogativas, categorias y consideraciones que los jueces supremos. Los jueces integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ejercen su funcion a dedicacion exclusiva. Articulo 145. Casos de discordia o impedimento de un juez En los casos de discordia o impedimento de uno o mas jueces, el presidente procede a llamar a los jueces de la misma especialidad de otras MORDAZA, si las hubiera, y luego, a los jueces de las MORDAZA de otra especialidad, comenzando por el menos antiguo, en el orden de prelacion que establece el consejo ejecutivo correspondiente. En todos los casos de discordia o impedimento sobreviniente de un juez, los demas estan obligados a redactar y suscribir sus votos, los que son archivados en relatoria, dandose acceso a su lectura a los abogados defensores." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

LEY QUE ESTABLECE QUE LOS JUECES INTEGRANTES DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL EJERCEN SU FUNCION A DEDICACION EXCLUSIVA Y ADECUA LA COMPOSICION DE MIEMBROS INTEGRANTES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA
Articulo unico. Modificacion de los articulos 29, 79, 81 y 145 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo 017-93-JUS Modificanse los articulos 29, 79, 81 y 145 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo 017-93-JUS, los que quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 29. Composicion La Corte Suprema esta integrada por veinte Jueces Supremos, distribuidos de la siguiente forma: 1. El Presidente de la Corte Suprema. 2. El juez supremo jefe de la Oficina de Control de la Magistratura. 3. Dos jueces supremos integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 4. Un juez supremo representante de la Corte Suprema ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. 5. Los demas jueces supremos integrantes de las MORDAZA jurisdiccionales. El Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, de acuerdo a ley, puede o no ser un juez supremo titular. De ser un juez cesante o jubilado, no se le considera como parte de la Corte Suprema. Articulo 79. Organo supremo: competencia, presidencia, integrantes y sesiones La Sala Plena de la Corte Suprema es el organo supremo de deliberacion del Poder Judicial que, debidamente convocada, decide sobre la marcha institucional de dicho poder y sobre otros asuntos que no MORDAZA de competencia exclusiva de otros organos, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley. La preside el Presidente de la Corte Suprema y se integra por todos los jueces supremos titulares. El jefe de la Oficina de Control de la Magistratura no interviene en los casos que MORDAZA conocido con anterioridad en el ejercicio de sus funciones. Se reune en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se realizan, cuando menos, dos veces al ano, siendo una de ellas para la apertura del ano judicial. Las sesiones extraordinarias se realizan cuando las convoque el Presidente de la Corte Suprema o cuando lo solicite, por lo menos, un MORDAZA de los miembros o cuando lo acuerde el Consejo Ejecutivo o cuando lo senale la ley. El quorum es de la mitad mas uno del numero total de jueces supremos de la Corte Suprema. Los acuerdos se adoptan por mayoria simple. Las inasistencias injustificadas se sancionan con multa equivalente a

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