Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2011 (16/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 324-2011-PRODUCE/DGEPP

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2011 Visto los escritos con Registro Nº 00021438-2011 del 11 y 30 de marzo de 2011, presentados por la empresa INVERSIONES REGAL S.A. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 259777 ­ Ley General de Pesca, la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de la Produccion en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos. Las nuevas autorizaciones de incremento de flota solo se otorgaran a aquellos armadores cuyas embarcaciones posean sistemas de preservacion a bordo, adecuados artes y aparejos de pesca y su operacion se oriente a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados e inexplotados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, se modifica el Articulo 37.1 del Reglamento de la Ley General de Pesca estableciendo que la autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de embarcaciones pesqueras sera concedida por un plazo de 24 meses improrrogables; asimismo senala que los armadores pesqueros incursos en lo dispuesto en el parrafo precitado y que por razones de caracter economico o por razones de fuerza mayor debidamente acreditados pueden por unica vez solicitar la ampliacion del plazo de 24 meses improrrogables. La referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original y declarada expresamente por el Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 184-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 16 de marzo del 2009, se otorgo a la empresa INVERSIONES REGAL S.A., autorizacion de incremento de flota para la construccion de una (01) embarcacion pesquera multiproposito (cerco/ arrastre de media agua) de MORDAZA MORDAZA con una capacidad de bodega de 2,500 m3, sistema de preservacion a bordo R.S.W., y congelado a ser equipada con red de arrastre de media agua de 76 mm (3 pulgadas) de tamano de abertura minima de malla en el copo y red de cerco de 38 mm (1 ½ pulgadas) para la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano y con una capacidad de procesamiento de congelado de 250 ton/dia; Que, mediante escritos del visto, la empresa INVERSIONES REGAL S.A., solicita en merito al Articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, prorroga de 24 meses para la construccion de una embarcacion multiproposito con capacidad de bodega de 2,500 m3; sustentando su solicitud en motivos de fuerza mayor y razones de caracter economico debido a la grave crisis economica internacional que se produjo en octubre de 2008, prorrogandose hasta el ano 2011 con la paralizacion del credito y como consecuencia a las inversiones en el sector pesquero; motivos de caracter economicos que sustentan la extension del plazo de vigencia de la autorizacion de incremento de flota correspondiente a la otorgado por Resolucion Directoral Nº 184-2009-PRODUCE/DGEPP; Que, de acuerdo a lo expuesto y encontrandose la solicitud de ampliacion de la empresa dentro del plazo original senalado en el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 184-2009-PRODUCE/DGEPP; corresponde analizar su solicitud, en tal sentido la empresa INVERSIONES REGAL S.A., a fin de acreditar las razones de caracter economico o motivos de fuerza mayor solicitados por el Reglamento de la Ley General de Pesca ha presentado dos cartas emitidas por el Banco de Credito BCP de fecha 15 de MORDAZA de 2009 y 01 de marzo de 2011 a traves de las cuales dicha entidad expresa que en atencion a la solicitud de MORDAZA de 2009 relacionada con el otorgamiento de una operacion de financiamiento para la adquisicion de una E/P multiproposito, hace de su conocimiento que por el momento, dicha entidad Financiera ha desestimado el otorgamiento de ese MORDAZA de financiamientos, considerando el contexto adverso de crisis financiera internacional por el que atraviesa la economia mundial y asimismo, manifiesta su interes de apoyarlos en el Proyecto de Inversion en Consumo Humano Directo para la construccion de una embarcacion pesquera, conforme a las caracteristicas

establecidas en la Resolucion Directoral Nº 184-2009PRODUCE/DGEPP mediante financiamiento directo a largo plazo, en tal sentido el Banco se encuentra dispuesto a evaluar el citado proyecto y establecer la posibilidad de otorgarles las lineas de credito o prestamos que vayan siendo solicitados por la empresa; Que, en tal sentido las Cartas emitidas por el Banco de Credito son documentos validos para acreditar las razones economicas o de fuerza mayor por las cuales la empresa no ha podido ejecutar el incremento de flota dentro del plazo otorgado asimismo, se ha determinado que la administrada ha presentado su solicitud de renovacion dentro del plazo de autorizacion de incremento de flota establecido por la Resolucion Directoral Nº 184-2009-PRODUCE/DGEPP; por otro lado la administrada ha acreditado que no ejecuto el incremento de flota por razones economicas, por lo que la empresa INVERSIONES REGAL S.A, ha cumplido con presentar los requisitos senalados en el Procedimiento 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, por lo que se considera pertinente otorgar la ampliacion del plazo de autorizacion de incremento de flota a veinticuatro (24) meses mas para la construccion de una embarcacion pesquera multiproposito otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 184-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante su Informe Nº 3772011-PRODUCE/DGEPP-Dch, e Informe Legal Nº 004952011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en el articulo 37.1º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y En uso de las facultades conferidas mediante el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Prorrogar la autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera multiproposito de 2,500 m3 de capacidad de bodega de los cuales se utilizaran para almacenamiento 1150 m3 con el sistema RSW y 1350 m3 para el producto congelado, equipadas con red de arrastre de media agua y red de cerco para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa con destino al consumo humano directo y con una capacidad de procesamiento de 250 tm/dia otorgada a la empresa INVERSIONES REGAL S.A., a traves de la Resolucion Directoral Nº 184-2009-PRODUCE/DGEPP. Articulo 2°.- La prorroga otorgada por el articulo precedente tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses improrrogables. Asimismo se acreditara el termino de la construccion de la embarcacion mediante inspeccion tecnica efectuada por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la referida inspeccion tecnica sera efectuado a pedido del administrado, debiendo ser presentada, necesariamente dentro del plazo fijado. Articulo 3°.- La empresa INVERSIONES REGAL S.A., debera solicitar el respectivo permiso de pesca, en el plazo establecido en el Articulo 2º de la presente resolucion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas diferentes a las autorizadas, que sera declarada mediante Resolucion Directoral. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

665515-4

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