Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2011 (16/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, el Decreto Supremo Nº 006-2010-PRODUCE, establece un procedimiento excepcional a fin de permitir la asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura (PMCE) del recurso anchoveta de una embarcacion a otra, por el cual los armadores podran sustituir el requisito 2) del procedimiento Nº 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, con un Certificado de Deposito emitido por un Almacen General de Deposito debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo de cumplir con todos los demas requisitos contenidos en el procedimiento Nº 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0832011-PRODUCE/DGEPP de fecha 08 de marzo del 2011, se autorizo el inicio de la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), correspondiente al 2011, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º00' Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 01 de MORDAZA del 2011; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 105-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de marzo del 2011, se establecio el Limite MORDAZA de Captura Permisible de la MORDAZA Norte-Centro del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus),, para consumo humano indirecto es de tres millones seiscientos setenta y cinco mil (3'675,000) toneladas para la MORDAZA autorizada en la Resolucion Ministerial Nº 083-2011PRODUCE/DGEPP, la misma que no podra excederse hasta el 31 de MORDAZA del 2011; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 211-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de marzo del 2011, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE-Norte-Centro, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2011 de la MORDAZA Norte-Centro, la misma que entro en vigencia a partir de las 00:00 horas del 01 de MORDAZA del 2011 y no podra exceder del 31 de MORDAZA del 2011, conforme con las autorizaciones establecidas en las Resoluciones Ministeriales Nº 083 y 105-2011-PRODUCE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 162-95PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, a dieciseis (16) Armadores Pesqueros, para operar veinticinco (25) embarcaciones pesqueras de bandera nacional en cuya relacion se encuentra la embarcacion pesquera denominada MACABI 6 de matricula CE-1841-PM de 200 TM de capacidad de bodega a PESQUERA MORDAZA S.A., en la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, con Resolucion Directoral Nº 052-98-PE/DNE de fecha 4 de marzo de 1998, se autorizo a favor de JADRAN S.A. el cambio de titular del permiso de pesca, otorgado por Resolucion Ministerial Nº 162-95-PE, para operar entre otras, a la embarcacion pesquera MACABI 6 de matricula Nº CE-1841-PM, de 206.95 m³, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a traves, de la Resolucion Directoral Nº 054-2001PE/DNE de fecha 22 de febrero del 2001, se modifico en virtud a la aprobacion automatica de la solicitud de cambio de nombre de la embarcacion pesquera MACABI 6, aprobada el 17 de enero del 2001, la Resolucion Directoral Nº 05298-PE/DNE, entendiendose que la citada embarcacion pesquera se denomina DALMACIA II manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 407-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 07 de diciembre de 2005, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 162-95-PE, modificada por Resolucion Nº 052-98-PE/DNE y Resolucion Directoral Nº 054-2001-PE/DNE, mediante la cual se otorgo permiso de pesca a la embarcacion pesquera DALMACIA II (ex MACABI 6) de matricula CE-1841-PM, solo en el extremo referido a la capacidad de bodega; entendiendose que la citada embarcacion pesquera cuenta con 242.46 m³ de volumen de bodega; Que, con Resolucion Directoral Nº 407-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 07 de diciembre de 2005, se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras, MORDAZA de matricula Nº CE-6504-PM, JADRAN I de matricula Nº CE-14210PM, DALMACIA de matricula Nº CE-6568-PM, DALMACIA

II de matricula Nº CE-1841-PM, DALMACIA III de matricula Nº CE-22203-PM y YOVANA de matricula Nº CE-5850PM, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 12899-PE/DNE de fecha 1 de junio de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a PESQUERA COLONIAL S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA II de matricula CO-18818-PM de 364.54 m³ de volumen de bodega, con sistema de preservacion a bordo MORDAZA RSW y 273.41 m³ de carga MORDAZA, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina respectivamente, con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 059-2006PRODUCE/DNEPP de fecha 1 de marzo del 2006, se aprobo a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular de los permisos de pesca otorgados por Resolucion Directoral Nº 128-99-PE/DNE, Resolucion Ministerial Nº 524-97-PE y Resolucion Directoral Nº 1402003-PRODUCE/DNEPP, para operar las embarcaciones pesqueras MORDAZA II de matricula CO-18818-PM y COLAN de matricula CO-15318-PM, respectivamente. Asimismo se suspendio por el plazo de un (1) ano el permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion COLAN de matricula CO-15318-PM, solo en el extremo referido al derecho de acceso para extraer los recursos jurel y caballa; Que, con Resolucion Directoral Nº 168-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 16 de MORDAZA del 2006, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 128-99-PE/DNE de fecha 1 de junio de 1999, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 059-2006PRODUCE/DNEPP, con el que se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula CO-18818-PM; solo en el extremo referido a la capacidad de bodega; entendiendose que la referida embarcacion pesquera cuenta con 404.41 m³ de volumen de bodega; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 0412008-PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de enero del 2008, se modifico las Resoluciones Autoritativas con las que se otorgo los permisos de pesca a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. para operar otras embarcaciones pesqueras, entre ellas, MORDAZA II de matricula CO18818-PM, unicamente en el extremo referido a la variacion societaria de la citada empresa; debiendose entender que a la fecha, la referida empresa se denomina CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 594-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de octubre del 2008, se autorizo a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. la ampliacion del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula CO18818-PM, para extraer los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con el uso de sistema de preservacion a bordo de RSW, utilizando red de cerco con tamano minimo de malla de 1½ pulgadas (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 054-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 01 de febrero del 2011, se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PS-0610-PM a las embarcaciones pesqueras MARFIL de matricula PT-6108-PM y MORDAZA II de matricula CO18818-PM, en consecuencia el PMCE para la MORDAZA NorteCentro de la embarcacion pesquera MARFIL de matricula PT-6108-PM sera de 0.257550% y de la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula CO-18818-PM sera de 0.306570%; Que, a traves del escrito del visto y adjuntos, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera DALMACIA II de matricula CE1841-PM a la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula CO-18818-PM; Que, de la evaluacion a los documentos presentados, es necesario indicar que el expediente administrativo presento observaciones, las cuales fueron subsanas en su

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