Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2011 (16/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Vistos y Articulo 1º Dice: Esquina de la carretera Panamericana 12 Km. 779 + 226 Mt, provincia y departamento de MORDAZA Debe decir: Esquina de la carretera Panamericana 12 Km. 779 + 206 Mt, provincia y departamento de MORDAZA
Que, el numeral 201.1 del Articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, con el Informe Nº 272-2011-MTC/15.03.CITV. jlr, de fecha 15 de junio del 2011, elaborado por el ingeniero informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se concluye que resulta procedente rectificar el error material encontrado en la Resolucion Directoral Nº 1949-2011-MTC/15, de fecha 27 de MORDAZA del 2011; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Rectificar el error material contenido en la Resolucion Directoral Nº 1949-2011-MTC/15, de fecha 27 de MORDAZA del 2011 en lo referente a la direccion del local donde operara el Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular de la empresa EL VOLANTE CITV S.A.C.; en la parte de Vistos y en el Articulo 1º, debiendo indicarse conforme se detalla a continuacion: Esquina de la Carretera Panamericana 12 Km. 779 + 206 Mt, provincia y departamento de Lambayeque. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancia ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial la ejecucion de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, para cuyo efecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2004VIVIENDA, se aprobo el Indice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edificaciones, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edificaciones, como instrumento tecnico normativo que rige a nivel nacional; Que, con Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprobaron sesenta y seis (66) Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones, comprendidas en el Indice aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004VIVIENDA; ademas, se constituyo la Comision Permanente de Actualizacion del Reglamento Nacional de Edificaciones encargada de analizar y formular las propuestas para la actualizacion de las Normas Tecnicas, la misma que es presidida por un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el Presidente de la Comision Permanente de Actualizacion del Reglamento Nacional de Edificaciones, mediante Informe Nº 001-2011/VIVIENDA/VMVU-CPARNE, eleva la propuesta de modificacion de cuatro (4) Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones: A.070 "Comercio", TH.020 "Habilitaciones Comerciales", GH.020 "Componentes de Diseno Urbano" y EC.040 "Redes e Instalaciones de Comunicaciones", las mismas que han sido materia de evaluacion y aprobacion por la mencionada Comision a traves del Acta de la Trigesima MORDAZA Sesion de fecha 17 de noviembre de 2010; Que, conforme a la propuesta del Presidente de la Comision Permanente de Actualizacion del Reglamento Nacional de Edificaciones, resulta necesario disponer la modificacion de las Normas Tecnicas citadas, a fin de actualizar su contenido; De conformidad con lo dispuesto en numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de cuatro (4) Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones Modifiquese el contenido de cuatro (4) Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y cuya relacion es la siguiente: Del Titulo II "Habilitaciones Urbanas" - GH.020 "Componentes de Diseno Urbano" - TH.020 "Habilitaciones Comerciales" - EC.040 "Redes e Instalaciones de Comunicaciones" Del Titulo III "Edificaciones" - A.070 "Comercio" Articulo 2º.- Publicacion y Difusion El contenido de las Normas Tecnicas a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, sera publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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VIVIENDA
Modifican cuatro Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones
DECRETO SUPREMO Nº 006-2011-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es competencia del Ministerio formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de

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