Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2016 (19/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 19 de agosto de 2016 /

El Peruano

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel EP Guillermo Enrique BUSTAMANTE VALDERRAMA, de la Dirección General de Recursos Materiales del Ministerio de Defensa, identificado con DNI N° 43332836, para que participe en la Segunda Conferencia de los Estados Parte del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 22 al 26 de agosto de 2016, autorizando su salida del país el 20 de agosto y el retorno el 27 de agosto de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes aéreos Lima ­ Ginebra (Confederación Suiza) ­ Lima: US $ 2,838.25 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 2,838.25 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 6 días Total : US$ 3,240.00 ----------------------US$ 6,078.25

Visto, el Oficio N.1000-709 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 21 de abril de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Departamento de Relaciones Navales Internacionales de la Dirección General de Inteligencia de la Armada Argentina, hace de conocimiento la invitación de su país, para que personal de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Curso Navegación Antártica, a realizase en la Escuela de Ciencias del Mar, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 22 de agosto al 2 de setiembre de 2016; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de incrementar el nivel de conocimientos sobre las situaciones de navegabilidad, condiciones glaciológicas, meteorológicas, seguridad náutica, entre otros, cuyas aplicaciones en las campañas antárticas favorecen en las operaciones a bordo de las unidades científicas peruanas; Que, es conveniente para los interés institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Luis Miguel GUTIERREZ Bao, para que participe en el Curso de Navegación Antártica, a realizarse en la Escuela de Ciencias del Mar, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 22 de agosto al 2 de setiembre de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá desarrollar actividades profesionales en la Antártida, sobre aspectos que afectan principalmente a la navegación, a la seguridad náutica y a la protección del medio ambiente; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Luis Miguel GUTIERREZ Bao, CIP. 01016179, DNI. 43310850, para que participe en el Curso de Navegación Antártica, a realizarse en la Escuela de Ciencias del Mar, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 22 de agosto al 2 de setiembre de 2016; así como, autorizar su salida del país el 21 de agosto y su retorno el 3 de setiembre de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Artículo 3.- El Oficial Superior autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1418057-2

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 257-2016-DE/MGP Lima, 18 de agosto de 2016

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