Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2016 (19/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 19 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

597141

Artículo 3.- La presente Resolución Directoral, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y se hará efectiva a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4.- Consentida y ejecutoriada que quede la presente Resolución, archívense definitivamente los Expedientes Nº 12216410 (01), Nº 12216510 (02), Nº 12216610 (03), Nº 12216810 (05), Nº 12246910 (06), Nº 12217010 (07), Nº 12217110 (08), Nº 12217210 (09), Nº 12217310 (10), Nº 12217410 (11), Nº 12217510 (12), Nº 12217610 (13), Nº 12217710 (14), Nº 12217810 (15), Nº 12217910 (16), Nº 12218010 (17), Nº 12218110 (18), Nº 12218210 (19) y Nº 12218310 (20). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MURO ROSADO Director General Dirección General de Electricidad 1412008-1

INTERIOR
Autorizan viaje de General de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 221-2016-IN Lima, 18 de agosto de 2016 VISTOS; el Carta N° S-2016-098/SUDIR-AGREPOLPERU, de fecha 22 de junio de 2016, de la Agregaduría Policial de Colombia en Perú; y, el Memorándum Nº 2100-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 1 de agosto de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° S-2016-098/SUDIRAGREPOL-PERU, de fecha 22 de junio de 2016, la Agregaduría Policial de Colombia en Perú, hace de conocimiento a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú sobre el ofrecimiento de un (1) cupo para un funcionario policial, representante de la Policía Nacional del Perú a fin de que participe en el "Encuentro de Jefes de Telemática", que se realizará del 6 al 9 de setiembre de 2016, en la ciudad de Cartagena de Indias - República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 249-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 26 de julio de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 5 al 10 de setiembre de 2016, a la ciudad de Cartagena de Indias - República de Colombia, del General de la Policía Nacional del Perú Miguel Antonio Villanueva Benavides, para que participe en el evento mencionado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 2100-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 1 de agosto de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú da su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irroga gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido; debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y

retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos de hospedaje y alimentación son asumidos por la Policía Nacional de Colombia, tal como lo expresa en el segundo párrafo de la carta N° S-2016-098/ SUDIR-AGREGOL-PERU, de fecha 22 de junio de 2016; Que, el artículo 3° del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG del 26ENE2004, que aprueba el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del sector Defensa, el mismo que se hace extensivo en sus alcances al personal Policial y Civil de la PNP, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN del 11MAR2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende entre otras la modalidad Comisión de Servicios; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, son canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Miguel Antonio Villanueva Benavides, del 5 al 10 de setiembre de 2016, a la ciudad de Cartagena de Indias - República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectúa con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (ida y retorno) Importe US$ Pers. Total US$ 421.00 x 1 = 421.00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

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