Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2016 (19/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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VISTO:

NORMAS LEGALES

Viernes 19 de agosto de 2016 /

El Peruano

SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, a partir del 19 de agosto de 2016, la renuncia formulada por la señora JULIA SILVANA VELASQUEZ PEREZ al cargo de confianza de Asesora del Despacho de la Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, dándose por concluido el vínculo laboral en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, dejando sin efecto la designación dispuesta en el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 110-2016-SUSALUD/S; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Entidad. Artículo 2.- DISPONER la notificación de la presente resolución a la interesada para conocimiento; así como a la Oficina General de Gestión de las Personas, para los fines correspondientes. Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como disponer la publicación de la presente Resolución en la página web institucional, conforme a lo dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/SG aprobada por Resolución de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG, modificada mediante Resolución de Secretaría General N° 086-2015-SUSALUD/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1418058-1

La carta de renuncia presentada por la señora JULIA SILVANA VELASQUEZ PEREZ de fecha 17 de agosto de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de junio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Salud, cuyo acrónimo es SUSALUD; Que, de conformidad con la Séptima de las Disposiciones Complementarias Finales del Decreto Legislativo Nº 1158, el personal que labora en la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra comprendido dentro del Régimen Laboral de la actividad privada regulada por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, en tanto se implemente la Ley del Servicio Civil; Que, mediante Resolución Ministerial N° 730-2014/ MINSA, publicada el 29 de setiembre de 2014, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de SUSALUD; y, mediante Resolución de Superintendencia N° 021-2015-SUSALUD/S, publicada el 06 de febrero de 2015, se aprobó el reordenamiento de cargos del CAP Provisional de SUSALUD; documento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Asesor del Superintendente Nacional de Salud, con Código 134012 y Clasificación EC; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 110-2016-SUSALUD/S, de fecha 09 de agosto de 2016, se designó a la señora JULIA SILVANA VELASQUEZ PEREZ en el cargo de confianza de Asesora del Despacho de la Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD; Que, mediante carta del Visto, la señora JULIA SILVANA VELASQUEZ PEREZ presenta su renuncia a la Institución, en los términos que constan en la misma, la que se tramita con dispensa del plazo correspondiente para su aceptación; Que, de acuerdo al artículo 9 y literales d) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con el artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, la Superintendente es la Titular de la entidad, organiza, dirige y supervisa el funcionamiento de SUSALUD, y expide las resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones; Con los vistos del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y literales h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 9) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158.

Aceptan renuncia de Asesor Superintendente de SUSALUD

de

la

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 116-2016-SUSALUD/S Lima, 18 de agosto de 2016 VISTOS: Las Cartas de fechas 15 y 18 de agosto de 2016, respectivamente, presentadas por el señor Raúl Bonilla Díaz; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de junio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Salud, cuyo acrónimo es SUSALUD; Que, de conformidad con la Séptima de las Disposiciones Complementarias Finales del Decreto Legislativo Nº 1158, el personal que labora en la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra comprendido dentro del Régimen Laboral de la actividad privada regulada por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, en tanto se implemente la Ley del Servicio Civil;

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