Norma Legal Oficial del día 27 de Junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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namiento de vehiculos menores en forma temporal y ordenada, a la espera de pasajeros. 17. PASAJERO O USUARIO.- Persona natural que solicita el servicio especial hacia un lugar determinado, abonando el pago del precio convenido. 18. PERSONA JURIDICA.- Es la empresa, asociacion u otra forma de organizacion que se constituye de conformidad con las disposiciones legales vigentes e inscritas en los Registros Publicos cuyo objetivo es brindar servicio especial. 19. PRECIO DEL SERVICIO.- El que se fija libremente entre el conductor del vehiculo menor y el pasajero de acuerdo con la libre oferta y demanda. 20. RESOLUCION DE OPERACION.- Permiso de operacion intransferible otorgado por la Municipalidad, que autoriza a una persona juridica a prestar el servicio especial dentro de la jurisdiccion del distrito, incluye ademas autorizacion de paradero y MORDAZA de trabajo, luego de cumplir con los requisitos senalados en la presente Ordenanza. 21. SERVICIO ESPECIAL.- Es el servicio publico de transporte de pasajeros y/o carga en vehiculos menores, prestados por una persona juridica autorizada por la Municipalidad. 22. STICKER.- Distintivo plastificado codificado impreso con la descripcion de vehiculo autorizado, otorgado por la Municipalidad, que sera colocado en la parte Interna superior del parabrisas del vehiculo. 23. SUSTITUCION DE VEHICULOS MENORES.- Procedimiento administrativo mediante el cual la persona juridica que cuenta con resolucion de operacion para prestar el servicio especial solicita a la Municipalidad Distrital que le otorgo el referido permiso, el retiro y reemplazo de uno o mas de los vehiculos menores. 24. VEHICULOS MENORES.- Son vehiculos motorizados o no motorizados de tres ruedas, utilizados para el servicio de Transporte de pasajeros y/o carga, clasificados en: a) TRICITAXI.- Vehiculo no motorizado, accionado por medio de pedales, con una capacidad no mayor a 2 pasajeros, provisto de espacios en la parte delantera, con asientos, y de una montura en la parte posterior para uso del conductor. b) MOTOCARGA.- Vehiculo motorizado, para traslado de carga, acondicionado para tal fin. c) VEHICULO AUTOMOTOR MENOR (MOTOTAXI).Vehiculo motorizado, provisto de una cabina para uso de pasajeros en la parte posterior y de montura en la parte delantera para uso exclusivo del conductor especialmente acondicionado para el Transporte de personas y/o carga, cuya estructura y carroceria cuentan con elementos de proteccion al usuario, considerandose la carga, bultos no mayor de 70 kilos y que reemplaza a un (1) pasajero y con carga cuyo volumen no exceda de las dimensiones del vehiculo. 25. MORDAZA DE TRABAJO.- Determinada area territorial en la cual la Municipalidad autoriza la prestacion del servicio especial a traves de la resolucion de operacion. CAPITULO III DE LA COMPETENCIA Articulo 6º.- Es competencia de la Municipalidad: 1. Otorgar la resolucion de operacion, certificado de operacion, credencial del conductor y sticker a la persona juridica dedicada al servicio especial y que cumplan con los requisitos en la presente ordenanza. 2. Renovar, modificar, ampliar y cancelar las autorizaciones otorgadas a traves de resoluciones de operacion, los certificados de operacion y/o credenciales del conductor otorgados a la persona juridica. 3. Mantener actualizados los registros de personas juridicas, propietarios, vehiculos y conductores para prestar el servicio especial. 4. Realizar anualmente la constatacion de caracteristicas a los vehiculos menores dedicados a prestar el servicio especial. 5. Autorizar el color y los distintivos de identificacion para la flota vehicular de las personas juridicas autorizadas a prestar el servicio especial. 6. Determinar la cantidad de vehiculos menores y de personas juridicas que prestaran el servicio especial en el distrito.

7. Organizar el (los) programa(s) anual(es) de Educacion y Seguridad Vial dirigidos a los conductores dedicados a la prestacion de servicio especial. 8. Determinar e imponer las sanciones por la comision de infracciones a la presente Ordenanza, en concordancia con lo establecido en los Articulos Nºs. 18º y 19º del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC y las condiciones de las autorizaciones del Servicio Especial otorgadas a traves de Resoluciones de Operacion, las cuales podran llegar hasta la cancelacion de los mismos. 9. Autorizar la prestacion del servicio especial, teniendo en cuenta las caracteristicas y condiciones Viales del distrito, y de las rutas de Transporte MORDAZA masivo ya autorizadas por la Autoridad Provincial. TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I AUTORIZACIONES Articulo 7º.- Para prestar el servicio especial, se requiere haber obtenido de la Municipalidad la Resolucion de Operacion, Certificados de Operacion, Credenciales de los Conductores y el sticker correspondiente. Articulo 8º.- La Resolucion de Operacion sera otorgada a persona(s) juridica(s) en la(s) zona(s) de trabajo(s) y paradero(s) autorizado(s), utilizando para ello los criterios de igualdad de condiciones y de oportunidades; cuando existan varios postores interesados en lo MORDAZA mencionado, la Sub-Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial para asignar el servicio tendra en cuenta los siguientes aspectos: a) Antiguedad debidamente acreditada en la prestacion del servicio especial en el distrito. b) Mejor cumplimiento y optimizacion de los requisitos y condiciones senaladas en la presente Ordenanza c) Mejores condiciones y caracteristicas de los vehiculos menores d) Prioridad a los que unicamente prestan servicio en el distrito. e) Que la mayoria de sus conductores y propietarios MORDAZA residentes del distrito. Articulo 9º.- Las personas juridicas para prestar el servicio especial deberan realizar el tramite de registro y autorizacion cumpliendo los requisitos siguientes: 1. Solicitud bajo la forma de declaracion jurada, dirigida al MORDAZA, Indicando como minimo la razon social, registro unico del contribuyente (RUC) domicilio y nombre del representante legal con poder vigente. 2. MORDAZA de la ficha literal registral o partida electronica actualizada de la persona juridica inscrita en los registros publicos con fecha de expedicion no mayor a 30 dias calendario de presentada la solicitud. 3. Relacion de los Integrantes la junta directiva vigente que contengan la anotacion de nombres y apellidos, cargos y numero del documento nacional de identidad o carne de identificacion personal y domicilio actual; ademas, debera presentar MORDAZA de sus documentos nacionales de identidad o carne de identificacion personal, 4. Relacion de vehiculos menores que contengan los numeros de placa de rodaje y motor, nombres y apellidos, numero del documento nacional de identidad, domicilio actual de los propietarios de cada vehiculo; ademas, deberan presentar la MORDAZA de sus documentos nacionales de identidad o carne de identificacion personal 5. Relacion de conductores que contenga numero de licencia de conducir, clase y categoria correspondiente, numero del documento Nacional de identidad o carne de identificacion personal, domicilio actual ademas deberan presentar MORDAZA de sus documentos nacionales de identidad o carne de identificacion personal. 6. MORDAZA del registro unico de contribuyente. 7. MORDAZA del certificado de la poliza de Seguro Obligatorio de Transito(SOAT) vigente. 8. Croquis de ubicacion y localizacion de paraderos. 9. MORDAZA del testimonio de constitucion de la persona Juridica. 10. MORDAZA de las tarjetas de propiedad de cada vehiculo. 11. MORDAZA de las licencias de conducir correspondiente de cada conductor.

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