Norma Legal Oficial del día 27 de Octubre del año 2004 (27/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 2004

Articulo 2º.- Es obligacion de los propietarios someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en los inmuebles conformantes del Ambiente MORDAZA Monumental a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 19251

Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de servicios de limpieza y mantenimiento de instalaciones y locales
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1061/INC MORDAZA, 13 de octubre de 2004 Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 252/ INC de fecha 23 de marzo de 2004, se designo al Comite Especial encargado de la conduccion del Concurso Publico para seleccionar a la empresa que brinde el servicio de limpieza y mantenimiento de las instalaciones y locales de la Entidad, de cuyo resultado de evaluacion y calificacion de las propuestas presentadas en el, se otorgo la Buena Pro a la firma Empresa de Servicios Generales LUBA SAC. - ESLUBA SAC.; Que, el Consorcio integrado por Profesionales en Mantenimiento SRL. y Servicios Generales SCRL., presento en primera instancia un recurso de apelacion, amparados en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, respectivamente, siendo resuelto por la Entidad con Resolucion Directoral Nacional Nº 919/INC de fecha 27 de setiembre de 2004, declarandolo Infundado; Que, consultada en la fecha la Pagina Web del CONSUCODE, consta que el Tribunal de Contrataciones del mencionado organismo ha recepcionado con fecha de ingreso 4/10/2004 el Expediente Nº 01170-2004-TC, figurando como impugnante el CONSORCIO PROMANT S.R.L. - SERVIGEN S.C.R.L., sobre Recurso de Revision en el MORDAZA de Seleccion CP-002-2004-INC; Que, por Informe Nº 219-2004-INC/OLPBS la Oficina de Logistica y Produccion de Bienes y Servicios da cuenta que el dia 15 del presente mes culmina el Contrato de locacion de servicio de mantenimiento y limpieza que se tiene suscrito con el Consorcio PROMANT SRL. y SERVIGEN SMP-F SRL., el mismo que ya no puede ser MORDAZA (en razon de haberse prorrogado en un 30%, lo MORDAZA permitido) senalando que de no contar con el servicio referido se estaria poniendo en riesgo la salud de los servidores, funcionarios y visitantes, asi como el mantenimiento y el ornato de los bienes culturales, bienes muebles, inmuebles y enseres, necesarios para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; Que, asimismo, el precitado informe da cuenta que la ausencia extraordinaria e imprevisible de un servicio basico, configura una situacion de urgencia, prevista en los articulos 19º inciso c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senalando necesaria la contratacion del servicio mencionado hasta el 15 de diciembre de 2004, plazo estimado en que CONSUCODE puede emitir su pronunciamiento respecto a la impugnacion y se pueda suscribir el contrato respectivo; Que, ante el hecho excepcional de no poder contar con el esencial servicio de Mantenimiento y Limpieza, se genera la necesidad de declarar formalmente la situacion de urgencia, para exonerar del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva la contratacion del mismo, cuyo Valor Referencial asciende a Cuarenta y Cuatro Mil Quinientos Veinte y 24/100 Nuevos Soles (S/. 44,520.24), incluidos los impuestos de Ley y todos los conceptos que inciden en el costo del servicio, con-

tandose para el mismo con la debida disponibilidad presupuestal, segun se advierte del Informe Nº 007-2004INC/OPP de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, el mismo que senala que en el Rubro de Limpieza y Mantenimiento de Instalaciones y Locales se cuenta con la suma de S/. 25,000.00 mensuales (Veinticinco Mil y 00/ 100 Nuevos Soles) y S/. 300,000.00 (Trescientos Mil y 00/100 Nuevos Soles) como Monto Anual; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone en el literal c) del articulo 19º que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada Ley. El articulo 21º de la MORDAZA precitada, senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, y que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, mediante Informe Nº 546-2004-INC/OAJ, de fecha 14 de octubre de 2004, la Oficina de Asuntos Juridicos opina que corresponde declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Mantenimiento y Limpieza de los Locales y Ambientes de la Sede Nacional del Instituto Nacional de Cultura - INC, Exonerando del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para su contratacion, autorizando llevarse a cabo mediante Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando a lo visado por la Gerencia General y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 017-2003-ED, 012-2001-PCM y 0132001-PCM y la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODEPRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de las Instalaciones y Locales de la Entidad, hasta el 15 de diciembre de 2004, para la adquisicion del mismo, sin comprometer su continuidad. Articulo 2º.- Exonerar al Instituto Nacional de Cultura del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para garantizar la continuidad del servicio de mantenimiento y limpieza de los locales y ambientes de la Sede Nacional del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Logistica y Produccion de Bienes y Servicios y al Comite Especial Permanente del Instituto Nacional de Cultura designado por el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 1023/ INC de fecha 7 de octubre de 2004, efectuar las gestiones necesarias para la contratacion y/o adquisicion a que se refieren los articulos precedentes, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por la suma de Cuarenta y Cuatro Mil Quinientos Veinte y 24/100 Nuevos Soles (S/. 44,520.24) incluidos impuestos de ley y por todos los conceptos que inciden en el costo del servicio. Articulo 4º.- La contratacion y/o adquisicion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y normas complementarias. Articulo 5º.- El egreso que irrogue la contratacion y/ o adquisicion objeto de la exoneracion a que se refieren los articulos precedentes sera con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 6º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes sera remitida a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 19298

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