Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2000 (04/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2000

4. El patrimonio del fondo mutuo no debe ser menor a cien millones de dolares de los Estados Unidos de Norteamerica (US$ 100 000 000); 5. El fondo mutuo debe tener una antiguedad no menor a dos (2) anos; 6. La sociedad administradora de dicho fondo mutuo debe tener una experiencia de no menor de diez (10) anos en la gestion de fondos mutuos; 7. El patrimonio global de los fondos mutuos administrados por la sociedad administradora del referido fondo mutuo no debe ser menor a cinco mil millones de dolares de los Estados Unidos de Norteamerica (US$ 5 000 000 000). h) No obstante lo senalado en el inciso anterior, se podra invertir en participaciones de fondos mutuos de capital abierto, que no cumplan con lo senalado en el numeral 1 del inciso precedente, siempre y cuando la sociedad administradora, incluida para estos efectos a la empresa subsidiaria o sucursal que opere en la plaza offshore, cumpla con lo senalado en los numerales 1, 5 y 6 del inciso anterior y el fondo mutuo este constituido en un MORDAZA que cuente con clasificacion de riesgo de deuda soberana no menor a la categoria AA- (AA menos). ANEXO E INVERSION EN INSTRUMENTOS DERIVADOS

cierre del dia o, en su defecto, a la MORDAZA cotizacion de cierre vigente en el mercado. Estas cotizaciones seran las que informe diariamente el sistema de informacion que establezca CONASEV. En ambos casos, de cotizarse en mas de un mecanismo centralizado o del extranjero, se utilizara el mismo criterio, tomando como referencia la menor cotizacion de cierre registrada. Vt= Pt*Qt Donde: Vt Pt Qt : : : Valorizacion del titulo representativo de derecho patrimonial en el dia t. Cotizacion de cierre, segun sea el caso, al dia t o MORDAZA cotizacion obtenida. Cantidad de acciones al dia t.

En los casos en que no se registre nueva cotizacion despues de la fecha de corte de alguna de las siguientes situaciones: cambio de valor nominal, entrega de beneficios en efectivo, entrega de beneficios en acciones, fusion u otras que senale CONASEV, debe procederse al ajuste de la MORDAZA cotizacion considerada para su valorizacion. A tal fin, se utilizaran los siguientes criterios: i. Cambio de Valor Nominal

La inversion en instrumentos derivados solo se podra efectuar a traves de operaciones forward con monedas y swaps de tasas de interes, MORDAZA con fines de cobertura. Se entiende por operacion forward, a aquella por la cual se pacta adquirir un activo a un precio y fecha determinados previamente. Dichas operaciones solo se podran realizar teniendo como contraparte una empresa bancaria facultada por la Superintendencia a realizar tales operaciones, o tratandose de operaciones en el exterior, una empresa bancaria constituida en paises que cumplan con lo dispuesto en el inciso b) del Anexo D del Reglamento y que cuenten con clasificacion de riesgo no menor a la categoria BBB- (BBB menos). Estas operaciones deberan sujetarse a las siguientes condiciones: a) Estar respaldadas mediante un contrato privado celebrado por escrito, que contenga por lo menos la informacion senalada en los incisos c), d) y f); b) Estar asociadas a un instrumento o grupo de instrumentos representativo(s) de deuda, deposito(s) a plazo o instrumento(s) representativo(s) de este, operacion(es) de reporte u operacion(es) de pacto, en general, cualquier instrumento que tenga un flujo conocido. A estos activos se les denominara activos subyacentes; c) Solo se podra realizar en las monedas contempladas en el inciso b) del Anexo D del Reglamento y en la moneda del Peru; d) El monto de la cobertura no debera exceder del (los) flujo (s) futuro(s) asociados al(los) activo (s) subyacente(s). De no conocerse con exactitud los flujos futuros, unicamente se consideraran los montos conocidos en la fecha de la firma del contrato, no pudiendose realizar proyecciones o estimaciones de flujos; e) Un mismo activo subyacente podra coberturarse a lo sumo en dos (2) monedas; f) El plazo del contrato debe ser igual al plazo de la operacion coberturada (activo (s) subyacente(s)); y, g) Se podran sustituir los activos que esten asociados a la operacion de cobertura, siempre que MORDAZA reemplazados por instrumentos que cumplan con lo senalado en los incisos precedentes. ANEXO F NORMAS SOBRE VALORIZACION DE INVERSIONES DE LOS FONDOS MUTUOS La valorizacion de las inversiones de un fondo mutuo a una fecha determinada se realizara siguiendo las siguientes pautas: a) Los titulos representativos de derecho patrimonial inscritos en el Registro negociados en un mecanismo centralizado, se valorizaran a la cotizacion de cierre del dia o, en su defecto, a la MORDAZA cotizacion de cierre vigente en el mercado. Los titulos representativos de derecho patrimonial inscritos en el Registro de alguna institucion publica de similar competencia a CONASEV negociados en un mecanismo de negociacion del extranjero, se valorizaran a la cotizacion de

Pct = Pt * Vnn / Vna Donde: Pct Pt Vnn Vna : : : : Cotizacion Corregida. MORDAZA cotizacion obtenida MORDAZA del cambio de valor nominal. Valor nominal nuevo. Valor nominal antiguo.

ii. Entrega de Beneficios en Efectivo Pct = Pt - Div Donde: Pct Pt Div : : : Cotizacion Corregida. MORDAZA cotizacion obtenida MORDAZA de la entrega de dividendos. Dividendo por accion.

iii. Entrega de Beneficios en Acciones Pct = Pt / ( 1 + A% ) Donde: Pct Pt A% : : : Cotizacion corregida. MORDAZA cotizacion obtenida MORDAZA de la entrega de beneficios. Porcentaje de entrega de acciones liberadas.

iv. Fusion Pct = Pt * fc Donde: Pc t Pt fc : : : Cotizacion corregida. MORDAZA cotizacion obtenida MORDAZA de la fusion. Factor de canje del numero de acciones antiguas por una nueva.

En el caso de cuotas de fondos de inversion que aun no se negocien luego de culminada su etapa de suscripcion, se valorizaran de acuerdo con el valor cuota contable determinado mensualmente por la sociedad administradora de Fondos de Inversion. Durante el periodo de suscripcion de las cuotas del fondo de inversion, estas se valorizaran al valor cuota determinado diariamente por la referida sociedad. En los casos de cuotas de fondos mutuos, estas se valorizaran de acuerdo al ultimo valor cuota disponible determinado por la sociedad administradora. Los titulos representativos de derecho patrimonial inscritos en el Registro, asi como aquellos titulos representativos de derechos patrimonial inscritos en el Registro de alguna institucion publica de similar competencia a CONASEV, que no se encuentren incursos en los

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