Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2001 (11/02/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, MORDAZA 11 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 198577

(1) Fuego durante el vuelo, y si el sistema de alarma de fuego correspondiente funciono adecuadamente; (2) Fuego durante el vuelo, no protegido por sistema de alarma; (3) Falsa alarma de fuego durante el vuelo; (4) Un sistema de escape de gases del motor que cause dano durante el vuelo al motor, estructura adyacente, equipos o componentes; (5) Un componente de aeronave que cause acumulacion o circulacion de humo, vapor, o vapores toxicos y nocivos en el compartimento de tripulacion tecnica o de pasajeros durante el vuelo; (6) Apagado de un motor (potenciado por turbina) durante el vuelo debido a la extincion del fuego en las camaras de combustion (flame out); (7) Apagado de motor durante el vuelo cuando ocurre dano externo al motor o a la estructura del avion; (8) Apagado de motor durante el vuelo debido a ingestion de objetos extranos o congelamiento; (9) Apagado de mas de un motor durante el vuelo; (10) Un sistema de embanderamiento de helice o incapacidad del sistema de control la sobrevelocidad de la helice durante el vuelo; (11) Un sistema de combustible o de vaciado de combustible que afecte el flujo de combustible, o que cause fugas peligrosas durante el vuelo; (12) Una involuntaria extension o retraccion del tren de aterrizaje; o apertura o cierre de las puertas del tren de aterrizaje durante el vuelo; (13) Componentes del sistema de freno que produzcan una perdida de la fuerza actuante del freno cuando la aeronave esta en movimiento sobre la tierra; (14) Estructura de la aeronave que requiera reparacion mayor; (15) Rajaduras, deformaciones permanentes, o corrosion de la estructura de la aeronave, si son mayores que los maximos permitidos por el fabricante o la DGAC; (16) Sistemas o componentes de la aeronave, que obliguen a tomar acciones de emergencia durante el vuelo (excepto accion de apagado de un motor); y (17) Los sistemas de evacuacion de emergencia o sus componentes, incluyendo todas las salidas de emergencia; o el sistema de luces de evacuacion de emergencia de pasajeros; o el equipamiento de evacuacion que se encuentre defectuoso; o que este falle cuando realiza las funciones para las cuales fue concebido durante una situacion de emergencia o durante la instruccion, prueba, mantenimiento y demostracion; o que se despliegue inadvertidamente. (b) Para el proposito de esta seccion, la expresion "en vuelo" o "durante el vuelo" significa el periodo desde el momento en que el avion deja la superficie de la tierra en el despegue hasta que toca el piso en el aterrizaje. (c) En adicion a los informes requeridos por el parrafo (a) de esta seccion, cada poseedor de un Certificado de Operacion debe informar cualquier otra MORDAZA, mal funcionamiento o defecto en una aeronave, que ocurra o sea detectado en cualquier momento, si en su opinion esa MORDAZA o defecto ha puesto en peligro o puede hacer peligrar la operacion MORDAZA de la aeronave. (d) Cada poseedor de un Certificado de Operacion debe enviar el reporte requerido por esta seccion por escrito a la DGAC, cubriendo cada periodo de 24 horas (que comienza a las 09:00 horas local de cada dia, hasta las 09:00 horas del dia siguiente), dentro del periodo no mayor a los 72 horas posteriores a la ocurrencia de la novedad o del retorno del piloto al mando a su base. Sin embargo, un reporte ocurrido los dias Sabados, Domingos o feriados debera ser enviado el proximo dia util siguiente, debiendo comunicar, segun la gravedad del caso, a la Oficina de Supervision de Operaciones Aereas (OSOA). (e) El poseedor de un Certificado de Operacion debera transmitir los reportes requeridos por esta seccion en una manera y en un formulario que sea conveniente para su sistema de comunicacion y procedimientos, y debera incluir en su primer reporte diario toda la informacion disponible segun lo siguiente: (1) Modelo y matricula que identifique a la aeronave. (2) Nombre del Operador. (3) La fecha, numero de vuelo y fase durante la cual ocurrio el incidente (ej: prevuelo, despegue, ascenso, crucero, descenso, aterrizaje, e inspeccion)

(4) El procedimiento de emergencia efectuado (ej: aterrizaje no programado y descenso de emergencia). (5) La naturaleza de la MORDAZA, mal funcionamiento o defecto. (6) Identificacion de la parte y sistema involucrado, incluyendo informacion disponible pertinente a la designacion MORDAZA del componente mayor y el tiempo entre inspeccion y/o reparacion mayor. (7) Causa aparente de la MORDAZA, mal funcionamiento o defecto (ej: desgaste, rajaduras, deficiencias de diseno, o error humano). (8) Si la parte fue MORDAZA, reemplazada, enviada al fabricante o cualquier otra accion tomada. (9) Si la aeronave fue considerada no aeronavegable. (10) Otra informacion pertinente necesaria para una mejor identificacion, determinacion de la magnitud de la MORDAZA, o accion correctiva. (f) Reservado. (g) Ninguna persona puede retener un reporte requerido por esta seccion, aun si no esta disponible toda la informacion. (h) Cuando el poseedor de un Certificado de Operacion obtiene informacion adicional, incluyendo informacion del fabricante u otra agencia concerniente a informes requeridos por esta seccion, debe remitirlo inmediatamente como un suplemento al primer informe y referir la fecha y lugar de remision de ese primer informe. 121.705 Reporte sumario de interrupcion mecanica Cada poseedor de un Certificado de Operacion debe enviar a la DGAC mensualmente un reporte sumario de las siguientes ocurrencias: (a) Cada interrupcion de un vuelo, cambio no programado de avion, o parada no programada o desviacion de una ruta, causada por dificultades mecanicas conocidas o sospechadas, que no MORDAZA requeridas de ser reportadas segun la seccion 121.703 de esta subparte. (b) El numero de motores removidos prematuramente por mal funcionamiento, MORDAZA o defecto, listado por fabricante, modelo y el MORDAZA de la aeronave en la cual estaba instalado. (c) El numero de helices puestas en bandera en vuelo, listadas por MORDAZA de helice motor y aeronave en los que estaban instaladas. Helices puestas en bandera para instruccion, demostracion o chequeo de vuelo, no necesitan ser reportados. 121.707 Reporte de reparaciones y alteraciones (a) Cada poseedor de un AOC, tan pronto termine una reparacion o alteracion, debera preparar un reporte de: Toda reparacion o alteracion mayor en un fuselaje, motor, helice o accesorio de una aeronave operados por el. (b) El poseedor de un Certificado de Operacion debera remitir a la DGAC una MORDAZA de cada reporte de reparacion y alteracion mayor de acuerdo a lo establecido en el RAP 43, y debera conservar una MORDAZA de cada reporte disponible para el Inspector principal de mantenimiento (IPM) designado. 121.708(a) Reporte sumario de actividad mensual de flota (a) Cada poseedor de un Certificado de Operacion debera enviar a la DGAC un reporte sumario de actividad mensual de flota, tanto de aeronaves como de motores. (b) En dicho reporte se debera indicar, para cada una de las aeronaves que operen y en forma mensual, lo siguiente: (1) Horas voladas y cantidad de ciclos operados; (2) Cantidad de vuelos; (3) Cantidad de demoras tecnicas, de tiempo mayor a quince (15) minutos en la base principal y/o en las escalas; (4) Relacion porcentual de vuelos sin demora tecnica vs. Vuelos totales; (5) Promedio de horas de vuelo por dia/mes, por avion y motor;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.