Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2001 (11/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, MORDAZA 11 de febrero de 2001 121.482 al 121.493 Reservado SUBPARTE S: RESERVADO

NORMAS LEGALES

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(3) Cualquier condicion que pueda afectar adversamente la seguridad de vuelo. (d) Durante todo el tiempo de vuelo el piloto designado por el explotador aereo como piloto al mando del avion para ese vuelo es el responsable de la seguridad de los pasajeros, de los miembros de la tripulacion, de la carga y del avion. El piloto al mando tiene total control y autoridad sobre la operacion del avion, sin limitaciones, asi como sobre los demas miembros de la tripulacion y sus obligaciones en vuelo, aun cuando no posea certificados validos que lo autoricen a ejecutar las obligaciones de los mismos. (e) Cada piloto al mando de un avion es responsable del planeamiento y operacion del vuelo de conformidad con esta Parte y con las Especificaciones de Operacion del explotador aereo. (f) Ningun piloto debe operar una aeronave de una manera imprudente o negligente que ponga en peligro la MORDAZA o la propiedad. 121.538 Seguridad del Avion (a) Cada Transportador Aereo Certificado debera adoptar y usar un programa de seguridad, para cada operacion de pasajeros y registrarlo en su Manual General de Operaciones. (b) Cada programa de seguridad requerido sera disenado con el fin de: (1) Prevenir o impedir el transporte a bordo de aviones de cualquier explosivo, aparato o sistema incendiario o un arma peligrosa o mortal a traves de procedimientos o instalaciones de deteccion de armas; (2) Tomar medidas preventivas y adoptar procedimientos para casos de interferencia ilicita, interceptacion a bordo o amenaza de bomba; (3) Prohibir acceso no autorizado a los aviones. (c) Garantizar la seguridad de todos los pasajeros a bordo. (d) Asegurarse que el equipaje sea aceptado por un agente responsable del Operador; (e) Impedir que la carga y equipaje chequeado MORDAZA sido cargado a bordo, a menos que MORDAZA sido manipulado de acuerdo con los procedimientos de seguridad del Manual del Operador. (f) Cada Operador Certificado que conduce una operacion para la cual es requerido un programa de seguridad de acuerdo al parrafo anterior, es responsable de la seguridad de sus pasajeros desde el momento que se da la orden de embarque, hasta el momento que se termina el desembarque y no queda ningun pasajero a bordo. (g) Cada Operador Certificado se asegurara de que se disponga a bordo de la Lista de Chequeo de los procedimientos de busqueda de bombas que deben emplearse en caso de sospecha de sabotaje. La Lista de Chequeo estara acompanada de orientaciones sobre las medidas que deben adoptarse en caso de encontrarse una bomba o un objeto sospechoso y de informacion sobre el lugar de riesgo minimo para colocar una bomba, en el caso concreto de cada aeronave. 121.539 Informacion de las Operaciones Cada Operador certificado debe informar a su personal apropiado de operaciones de cualquier modificacion en el equipo o procedimientos operacionales, incluyendo cada modificacion conocida en el uso de ayudas a la navegacion, aerodromos, procedimientos y reglamentos de MORDAZA aereo, reglas locales de control de aerodromo y peligros conocidos al vuelo, incluyendo hielo y otros fenomenos meteorologicos potencialmente peligrosos, asi como irregularidades en las facilidades de comunicacion o de navegacion. 121.541 Itinerarios de operaciones: Transportadores Aereos Nacionales e Internacionales En el establecimiento de los horarios programados de vuelo, cada explotador aereo nacional e internacional regular debe disponer de tiempo suficiente en tierra para atender apropiadamente el avion en los aterriza-

SUBPARTE T: OPERACIONES DE VUELO 121.531 Aplicabilidad Esta subparte establece reglas aplicables a todos los Operadores certificados bajo esta Parte, a menos que sea especificado de otro modo. 121.533 Responsabilidad del control operacional: Transportadores Aereos Regulares Nacionales e Internacionales (a) Cada Operador Certificado nacional es responsable por el control de sus operaciones. (b) El piloto al mando y el despachador de vuelo son solidariamente responsables del planeamiento previo al vuelo, demoras y liberacion del despacho de un vuelo en conformidad con esta Parte y con las especificaciones de Operacion del explotador aereo. Sin embargo, ningun vuelo puede iniciarse sin la autorizacion del Despachador de la aeronave. (c) El despachador de aeronaves es responsable de: (1) El seguimiento del progreso del vuelo (el acompanamiento de cada vuelo puede ser efectuado alternativamente por un centro u oficina de control operacional del explotador aereo); (2) La emision de la informacion necesaria para la seguridad del vuelo; y (3) La cancelacion o redespacho de un vuelo si, en su opinion o la opinion del piloto al mando, el vuelo no puede operar o continuar operando con seguridad. (d) Cada piloto al mando de una aeronave es el responsable de la seguridad de los pasajeros, tripulantes aereos, carga y del avion, durante el tiempo de vuelo. (e) Cada piloto al mando tiene autoridad y control total de la operacion de la aeronave, sin limitacion sobre los tripulantes aereos y el cumplimiento de sus deberes durante el tiempo de vuelo. 121.535 Reservado 121.537 Responsabilidad en el control operacional: Transportadores aereos no regulares (a) Cada Operador Certificado no regular: (1) Se responsabiliza por el control operacional de sus aeronaves;y (2) Enumerara cada persona autorizada a ejercer control operacional, lo que debe estar indicado en el manual del operador. (b) El piloto al mando y el gerente de operaciones conjuntamente, son responsables por la iniciacion, la continuacion, desviacion y terminacion de un vuelo de conformidad con este capitulo y las especificaciones de operaciones aprobadas y actualizadas por la DGAC. El gerente de operaciones puede delegar las funciones para la iniciacion, continuacion, desviacion y terminacion de un vuelo pero no puede delegar la responsabilidad de esas funciones. (c) El gerente de operaciones es responsable de la cancelacion, desviacion o demora de un vuelo si en su opinion o la opinion del piloto al mando del vuelo no se puede operar o continuar la operacion con seguridad de acuerdo a lo planificado. El gerente de operaciones es responsable de asegurar que cada vuelo sea controlado por los controladores de vuelo con respecto a por lo menos lo siguiente: (1) Salida del vuelo desde el lugar de origen y llegada al lugar de destino, incluyendo paradas intermedias y cualquier desviacion posterior. (2) Demoras mecanicas y de mantenimiento que ocurran en lugares de origen, paradas intermedias o destino.

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