Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2002 (01/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, MORDAZA 1 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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CAPITULO IX: DEL FONDO DE LIQUIDACION Articulo 1º.- Del Fondo El Fondo es un patrimonio independiente y diferenciado al de CAVALI, cuyo proposito es proteger al Participante Directo de los riesgos derivados de los incumplimientos de la contraparte en la liquidacion de las operaciones efectuadas en mecanismos centralizados de negociacion a los que CAVALI brinde servicios de liquidacion de fondos y valores. El Fondo cubre las diferencias resultantes de la ejecucion forzosa de operaciones al contado con acciones o valores representativos de acciones, por incumplimiento en la entrega de fondos o de los referidos valores, hasta los limites maximos determinados en el presente Capitulo y de acuerdo a lo dispuesto por los reglamentos de operaciones correspondientes. Asimismo, cubre los intereses moratorios que pudieran haberse devengado como consecuencia del incumplimiento, cuya tasa se determina en las Disposiciones Vinculadas correspondientes al Capitulo de Sanciones. CONASEV, a solicitud de CAVALI o cuando lo considere conveniente, de acuerdo a las condiciones del MORDAZA, puede establecer otros supuestos que estaran cubiertos por el Fondo. Siendo el Fondo un patrimonio independiente y diferenciado al de CAVALI, sus recursos no pueden ser objeto de medidas cautelares contra CAVALI, o respaldar obligaciones que MORDAZA responsabilidad de CAVALI. La administracion del Fondo es responsabilidad de CAVALI. Articulo 2º.- Monto Minimo del Fondo Los recursos del Fondo deben permitir alcanzar el proposito previsto en el articulo 1º, correspondiendo a CAVALI determinar su Monto Minimo, el mismo que debe ser actualizado por lo menos una vez al ano, utilizando la siguiente formula:
Max MMFL = UF Donde: MMFL = Monto Minimo del Fondo de Liquidacion. (MIs) t = Monto incumplido del valor s en el dia t. FPs = Fluctuacion de precios del valor "s". Para el caso de valores de renta variable, este indicador es representado por la volatilidad. = Numero de valores que registran incumplimientos en el dia t = Riesgo MORDAZA de incumplimiento, expresado como el numero de dias que un Participante Directo ha realizado operaciones en el MORDAZA, que se encuentran pendientes de liquidacion al momento de su primer incumplimiento. = Porcentaje MORDAZA de utilizacion del Fondo de Liquidacion.

realizado operaciones pendientes de liquidacion al momento de su primer incumplimiento. Asimismo, podra incorporarse en esta variable otros riesgos que cada Participante Directo incorpore al MORDAZA de liquidacion. Utilizacion del Fondo: Considera el porcentaje MORDAZA por el cual puede ser utilizado el Fondo, con la finalidad de mantener un saldo minimo determinado, que asegure la permanencia del mismo. Articulo 3º.- Conformacion del Patrimonio del Fondo El Fondo esta conformado por los aportes realizados por los Participantes Directos, dentro de los que se incluyen los aportes realizados directamente por estos y los aportes diarios que detraiga CAVALI de los montos liquidados por cada uno de ellos. Asimismo, forman parte del Patrimonio del Fondo, las penalidades e intereses moratorios aplicados por el incumplimiento en la reposicion del Fondo, las rentas derivadas de las inversiones que se efectuen con los recursos del Fondo y los importes de las sanciones que CAVALI imponga a sus Participantes Directos como consecuencia de sus actividades autorregulatorias. Los aportes directos que realicen los Participantes Directos, asi como sus condiciones y plazos de pago, seran propuestos por el Directorio y aprobados por CONASEV. CAVALI podra efectuar aportes al Fondo conforme lo proponga su Directorio, previa aprobacion de su Junta, en cuyo caso dichos aportes seran asignados en partes iguales entre todos los Participantes Directos en la fecha del aporte. En el caso de la incorporacion de nuevos Participantes Directos, si es el caso, estos deberan aportar al Fondo, el monto total aportado en forma directa por cada Participante, que hubiere sido propuesto por CAVALI y aprobado por CONASEV y que MORDAZA sido realizado durante los dos (2) anos previos a la MORDAZA de la solicitud de admision. El referido monto debera ser actualizado con el Indice de Precios al Por Mayor desde la fecha del aporte hasta la fecha de MORDAZA de la referida solicitud. El referido aporte directo debera ser efectuado en la forma y oportunidad, que se senale en el Capitulo II De Los Participantes. Articulo 4º.- Aportes Diarios El Directorio propondra el aporte diario al Fondo, el mismo que sera aplicado a todos los Participantes Directos por igual. El aporte a aplicar sobre las operaciones podra ser un porcentaje sobre el monto liquidado diariamente por cada Participante Directo, un monto fijo por cada operacion o una combinacion de ambos, en funcion a la forma como MORDAZA aplicadas las comisiones de CAVALI por la liquidacion de cada MORDAZA de instrumento, correspondiente a las operaciones que el Fondo cubre y considerando los criterios de equidad y riesgo senalados en el Reglamento. Este aporte sera deducido directamente por CAVALI y el monto correspondiente sera depositado en una o mas cuentas creadas para tal efecto en entidades del Sistema Financiero, segun los parametros determinados en el articulo 8º del presente capitulo y la Disposicion Vinculada Nº 05. El aporte diario se aplica en forma separada a la retribucion de CAVALI y debe ser tal, que permita alcanzar el Monto Minimo del Fondo referido en el articulo 2º, para lo cual se deberan considerar las siguientes variables principales, las mismas que se detallan en la Disposicion Vinculada Nº 04: a. Cronograma de constitucion del Fondo: La constitucion del Monto Minimo del Fondo se debera efectuar de manera progresiva dentro de un numero determinado de ejercicios anuales. b. Aportes: Considera los aportes que CAVALI pueda efectuar, asi como los aportes directos que realicen los Participantes Directos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del presente capitulo. c. Proyeccion de la Negociacion: Considera la proyeccion estimada de los volumenes totales negociados y de ser el caso, el numero de operaciones, para el periodo referido en el inciso "a", sobre la base de tasas anuales de crecimiento.

t

[

n ( (MIs) t * FPs ) s=1

]

*N

n N

UF

Las variables involucradas en el calculo del Monto Minimo y los criterios que estas deberan contemplar, son los siguientes: Operaciones Incumplidas: En la cual se incorporan las operaciones que no son liquidadas dentro de los plazos establecidos en las Disposiciones Vinculadas correspondientes al Capitulo de Compensacion y Liquidacion. Variable de Fluctuacion de Precios: La variable volatilidad, considera la variacion de precios de los valores involucrados en operaciones incumplidas, por los plazos en que dichos valores puedan quedar expuestos a una variacion de precios en el MORDAZA hasta que se realice su ejecucion forzosa, de acuerdo a lo dispuesto en los reglamentos de operaciones correspondientes. Riesgos Asociados: Considera el riesgo MORDAZA de incumplimiento de un Participante Directo en la liquidacion de operaciones realizadas en el MORDAZA, expresado como el numero de dias en que dicho Participante puede haber

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