Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2002 (01/12/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, MORDAZA 1 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 234331

f. Que las transacciones efectuadas con sus Valores Anotados en Cuenta MORDAZA registradas de forma exacta y oportuna, incluyendo el registro de eventos corporativos. Articulo 11º.- Obligaciones de los Emisores El Emisor, sin perjuicio de aquellas establecidas en la Ley y sus normas reglamentarias, se encuentra sujeto a las siguientes obligaciones: a) Entregar la informacion establecida y aquella que le fuera requerida por CAVALI en uso de sus atribuciones con la oportunidad que esta determine, de acuerdo a lo senalado en el Reglamento Interno. b) Confirmar a CAVALI toda la informacion que le fuere remitida respecto de la identidad de los Titulares con la oportunidad que esta determine. En caso mantenga Cuenta de Emisor, debera actualizar los datos personales contenidos en el Registro Contable, en la oportunidad en la que MORDAZA conocimiento del cambio de los datos personales de los Titulares, siendo de aplicacion los incisos b) y d) del articulo 6º del Capitulo De los Participantes del Reglamento Interno. c) Cumplir con lo estipulado en el Contrato de Servicio de Registro de Valores. d) Informar de los acuerdos o decisiones, cualquiera sea el organo competente para su adopcion, que afecten los Valores Anotados en Cuenta que hubieren emitido, o a los Titulares, conforme a lo establecido en la Disposicion Vinculada Nº 08 del presente Capitulo. Para el caso de Emisores constituidos en el MORDAZA o en el exterior cuyos valores no se encuentren inscritos en mecanismos centralizados de negociacion, dichos acuerdos o decisiones deberan ser informados a CAVALI conforme se establece en la misma Disposicion Vinculada. e) Confirmar la informacion requerida por CAVALI, la misma que se detalla en el Capitulo De los Servicios Vinculados al Registro Contable, para el cumplimiento de los acuerdos societarios, que afecten a los Valores Anotados en Cuenta. f) Poner a disposicion de CAVALI los fondos necesarios para el cumplimiento oportuno de los Pagos, encargados por el Emisor, dentro de los plazos establecidos en el Capitulo De los Servicios Vinculados al Registro Contable. g) Confirmar a CAVALI la validez y el estado de los Valores Anotados en Cuenta, dentro de los plazos establecidos en las Disposiciones Vinculadas Nº 03 y Nº 04 del presente Capitulo, en aquello que le fuera aplicable. h) En concordancia con el inciso c) del Articulo 39 del Reglamento, deberan confirmar a CAVALI, el saldo de los Valores Anotados en Cuenta, dentro de los plazos establecidos en el Capitulo Del Registro Contable del Reglamento Interno, de modo que los registros de CAVALI se encuentren permanentemente conciliados. Caso contrario sera de aplicacion lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 8º, del capitulo mencionado precedentemente. i) Contar con una infraestructura de comunicaciones y de recursos humanos, que aseguren el cumplimiento de sus obligaciones y permitan la normal prestacion del servicio a cargo de CAVALI. En caso soliciten el servicio de acceso remoto al Sistema, deberan contar con la infraestructura tecnologica requerida en el Capitulo De los Participantes del Reglamento Interno. j) El Emisor se obliga a informar a CAVALI las Afectaciones sobre los valores a ser inscritos, conforme lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 6º, asi como a mantener en su poder la documentacion sustentatoria, la misma que debera ser entregada a CAVALI, a solicitud de esta. k) En el caso de acciones parcialmente pagadas, el Emisor se encuentra obligado a comunicar a CAVALI, al dia siguiente del vencimiento del pago, el incumplimiento en el pago. l) Cumplir con el pago de las retribuciones establecidas en el Capitulo De las Tarifas, y dentro de los plazos senalados en las Disposiciones Vinculadas del referido Capitulo. m) Ingresar al Registro Contable informacion veraz y suficiente respecto a los Titulares de los valores que MORDAZA emitido y registre en su Cuenta de Emisor, siendo responsables ante CAVALI y terceros por el incumplimiento de esta obligacion, siempre que dicha informacion MORDAZA sido proporcionada por el Emisor. n) Mantener y presentar a CAVALI, cuando esta lo solicite, la documentacion sustentatoria de todo registro, operacion o acto solicitado a CAVALI, la misma que debera mantenerse por un periodo minimo de diez (10) anos. Si

durante este periodo se promueve una accion judicial que cuestione dicho registro, operacion o acto, la obligacion persiste en tanto dure el MORDAZA El Agente Promotor se obliga al cumplimiento de lo senalado en el inciso d) del presente articulo. Articulo 12º.- Reserva de la informacion La informacion y datos a los que accede el Emisor seran para uso propio y dentro de los alcances de las instrucciones impartidas por los Titulares. Articulo 13º.- Responsabilidades de los Emisores Los Emisores asumen plena responsabilidad ante CAVALI por cualquier reclamo o denuncia que pudiera ser interpuesta contra CAVALI por terceros, en caso los Emisores incumplan con cualquiera de sus obligaciones contenidas en el Reglamento Interno. En caso que el Emisor incumpla la Ley, Reglamento, Reglamento Interno, o cualquiera de las prestaciones a su cargo, CAVALI comunicara de tal hecho a CONASEV, a efectos que dicha entidad supervisora MORDAZA las medidas correctivas correspondientes e imponga las sanciones que resulten aplicables. Articulo 14º.- De la informacion y documentacion Toda la informacion y documentacion que el Emisor o Agente Promotor presente a CAVALI tendra caracter de declaracion jurada, responsabilizandose por los danos y perjuicios que ocasione la falsedad, error de la informacion y/o la falta de oportunidad de la documentacion proporcionada. Articulo 15º.- De las personas autorizadas El Emisor debe designar a las personas que se encuentren autorizadas para actuar en su representacion ante CAVALI, con la indicacion de los tramites a que se encuentran facultados a realizar, para tal efecto debera presentar el formato de Registro de Firmas, que CAVALI le proporcionara, debidamente suscrito por su Gerente General u otro apoderado con poderes suficientes. El representante legal del Emisor o su apoderado con poder suficiente, podra sustituir a la(s) persona(s) indicada(s) en el Registro de Firmas, comunicando previamente el hecho a CAVALI y adjuntando un MORDAZA Registro de Firmas. El Emisor es responsable por cualquier instruccion u orden escrita enviada a traves de medios electronicos que curse cualquiera de sus representantes autorizados, o cuando dicha persona ya no tenga la capacidad de representante y este hecho no hubiese sido informado por escrito a CAVALI con anticipacion al momento en que las instrucciones u ordenes MORDAZA recibidas. CAPITULO IV: DEL REGISTRO CONTABLE Articulo 1º.- Definicion El Registro Contable a cargo de CAVALI, es aquel registro centralizado de Valores Anotados en Cuenta, que opera a traves de asientos contables, permitiendo identificar al Emisor, el valor respectivo y sus Titulares. Articulo 2º.- Estructura del Registro Contable El Registro Contable se compone de dos (2) subregistros de identificacion, que permiten llevar a cabo las inscripciones de Valores Anotados en Cuenta. Dichos subregistros son los siguientes: a. Registro del Valor Anotado en Cuenta, que comprende la respectiva emision, clase y serie, regulado en el Capitulo De los Emisores y Valores del Reglamento Interno. b. Registro de Titulares, regulado en el articulo 4º del presente Capitulo. Asimismo, a los efectos que los Participantes y Emisores con Cuenta de Emisor puedan llevar el control de los Valores Anotados en Cuenta de los Titulares y sus respectivas tenencias, CAVALI les asignara Cuentas a traves de las cuales podran administrar los valores de sus Titulares, cumpliendo para ello con lo establecido en el Reglamento Interno. Articulo 3º.- Sistema de registro El sistema de Registro Contable que lleva CAVALI es de forma total y exclusiva, para lo cual se asigna una Cuenta

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.