Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002

trasladado a la Comision Juridica Permanente, quienes luego de evaluar el Informe, senalan que el Proyecto de Constitucion, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad propuestos para la Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C., en el regimen legal del Decreto Legislativo Nº 882, son instrumentos que cumplen con las exigencias legales vigentes para ser aprobados; Que, la Comision de Analisis y Consolidacion del CONAFU, luego de evaluar el Informe en su Parte "B", senala que la Promotora ha presentado documentacion incompleta para superar todas las observaciones , por lo que recomiendan, condicionar por MORDAZA y MORDAZA vez la aprobacion del Proyecto Institucional de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA S.A.C, (UPSB), a la formulacion satisfactoria de las acciones correctivas que permitan superar las debilidades que aun persisten en el Proyecto y la MORDAZA por parte de la Promotora, de una Carta Fianza o Garantia Bancaria por S/. 1'095,470.00 soles a favor de la Universidad, lo que permitiria garantizar el aporte de la produccion de bienes y servicios para el funcionamiento de la Universidad en sus dos primeros anos de funcionamiento; Que, la principal Observacion de la Parte "B" no levantada por la Promotora MORDAZA MORDAZA S.A.C., esta referida a la Seccion Nº 2, Plan de Desarrollo Institucional, Area de Produccion de Bienes y Servicios, la que podria ser sustentada por la Promotora y Universidad con la autorizacion de funcionamiento provisional, bajo la supervision del CONAFU, como acto previo a la autorizacion que debe otorgarse para el ingreso de alumnos a la Universidad, por lo que resulta procedente establecer las acciones que deben ser implementadas en un plazo MORDAZA de doce meses, conjuntamente con la infraestructura fisica y los recursos humanos necesarios para el funcionamiento de la Universidad en sus dos primeros anos de funcionamiento; Que, por otra parte la MORDAZA Profesional de Ingenieria Agroindustrial propuesta, en su evaluacion no ha alcanzado el puntaje minimo para su autorizacion, y, sobre las carreras profesionales de Derecho, el Colegio de Abogados de MORDAZA en multiples pronunciamientos ha senalado, que no es conveniente para el MORDAZA crear nuevas facultades de Derecho, debido a que el MORDAZA laboral de la profesion se encuentra sobresaturado, por el exceso de profesionales de esta especialidad a nivel nacional e incluso local, por lo que no resulta procedente autorizar el funcionamiento provisional de estas carreras profesionales; Que, el Pleno del CONAFU, en Sesion Ordinaria del 21 de junio del presente ano, luego de revisar el expediente administrativo organizado y, considerando que las Observaciones no levantadas estan referidas a la propuesta de la Seccion Nº 2, Plan de Desarrollo Institucional, Area de Produccion de Bienes y Servicios, lo que puede ser sustentado por la Promotora y la Universidad autorizada, conjuntamente con la infraestructura fisica y los recursos humanos necesarios para los dos primeros anos de funcionamiento de la Universidad, MORDAZA de la autorizacion que el CONAFU debe dar para el primer ingreso de alumnos a la Universidad, por lo que por unanimidad, acordo, otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento a la Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C., con sede en el distrito y provincia de Canete, del departamento de MORDAZA, para que brinde servicios educativos de nivel universitario, a traves de las carreras profesionales de: Obstetricia, Ingenieria de Sistemas y Computacion; Educacion Secundaria: especialidad de Matematicas y Computacion, las que en su evaluacion han alcanzado el puntaje superior al minimo exigido por este Consejo Nacional para su aprobacion; Que, por Acuerdo del Pleno del CONAFU, se encargo a las Comisiones Juridica Permanente, de Analisis y Consolidacion, y al Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos, establezcan las acciones que deben ser implementadas por la Promotora MORDAZA MORDAZA S.A.C. y la Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C. para la autorizacion provisional de funcionamiento de la Universidad; Que, con Informe Nº 112-2002-CONAFU-CEAA/CJPCDAYC del 18 de MORDAZA del 2002, el Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos, y las Comisiones Juridica Permanente y de Analisis y Consolidacion, han cumplido con presentar el informe respectivo, senalando que han establecido las acciones que deben implementarse para superar las observaciones que persistan en el proyecto, asimismo han determinado las acciones que debe implementar la Promotora, para contar con infraestructura fisi-

ca y los recursos humanos necesarios, para el funcionamiento inicial de la Universidad en sus dos primeros anos; Estando a lo expuesto, en concordancia con el Articulo 2º, literal c) de la Ley Nº 26439, el Decreto Legislativo Nº 882; la Resolucion Nº 094-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2002; el Estatuto y Reglamento General del CONAFU, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades; el Acuerdo Nº 1442002 de la Sesion Ordinaria del 21 de junio del 2002 y, en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Articulo 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR, la Autorizacion Provisional de Funcionamiento a la Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C., con sede en la MORDAZA y provincia de Canete, del departamento de MORDAZA, sujeta a la evaluacion permanente del CONAFU, dispuesta por la Ley Nº 26439, para brindar servicios educativos de nivel universitario, a traves de las carreras profesionales aprobadas, con el correspondiente numero de Vacantes por Ciclo Academico:
CARRERAS PROFESIONALES Obstetricia Ingenieria de Sistemas y Computacion Educacion Secundaria Matematica y Computacion TOTAL VACANTES POR CICLO ACADEMICO 60 60 60 180

Articulo 2º.- APROBAR, el modelo institucional adoptado por la "Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C., organizada como Sociedad Anonima Cerrada, adecuada al regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882. La Oficina Registral de MORDAZA, Registro de Personas Juridicas, procedera a la inscripcion de la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social y Reglamento General de la Universidad debidamente visado por el CONAFU, por el merito de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C., iniciara sus actividades como persona juridica de derecho privado bajo la forma de una Sociedad Anonima Cerrada, en el regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, modificada por la Ley Nº 27278, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley Universitaria Nº 23733, sus normas complementarias y conexas, la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades Nº 26439, sus disposiciones modificatorias y, los Reglamentos del CONAFU. Articulo 4º.- La Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C., en el plazo MORDAZA de doce (12) meses debera implementar de acuerdo a lo programado en su Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado, las acciones necesarias para superar las Observaciones que aun subsisten en su Proyecto de Desarrollo Institucional, asi como la infraestructura fisica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento en sus dos primeros anos, conforme a lo establecido en el Anexo de la presente Resolucion, debiendo presentar concluida la implementacion, una version consolidada del Proyecto de Desarrollo Institucional, que servira para su evaluacion permanente dispuesta por el literal c) del Articulo 2º de la Ley Nº 26439 y, el Reglamento de Funcionamiento y Evaluacion Periodica de Universidades con Autorizacion Provisional de Funcionamiento. Articulo 5º.- Concluida la implementacion senalada en el articulo precedente, y previo Informe favorable del CONAFU, este Consejo Nacional autorizara los procesos de admision de alumnos a la Universidad, quedando establecido, que en caso de incumplimiento, se revocara la Autorizacion Provisional de Funcionamiento. Articulo 6º.- La Universidad MORDAZA MORDAZA S.A.C., debera remitir al CONAFU, MORDAZA certificada notarial, de la Escritura Publica que contiene los Estatutos Sociales y el Reglamento General de la Universidad, debidamente inscritos, para los fines a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 882, modificado por la Ley Nº 27278. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente

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