Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra quienes resulten responsables, por el presunto delito contra la fe publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 13538

Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 807-99 del 26 de agosto de 1999; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A. proceda a la enajenacion del bien inmueble senalado en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga otorgado a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A., sin que se MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision. Registrese, comuniquese y publiquese.

SBS
Prorrogan plazo otorgado a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A. para enajenar inmueble adjudicado en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 674-2002 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de un (1) bien inmueble recibido en adjudicacion en cobro de acreencias, presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A., conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que, cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la enajenacion, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº CR-0132-2000 establece que la solicitud para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la General, debera ser presentada con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, en caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" mediante Informe Nº DESF "E" Nº 072-2002/OT y con el visto MORDAZA del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de

MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º - Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros)
MORDAZA
de Bien Descripcion / Ubicacion Fecha de Adjudicacion Valor en Libros Prorroga de Tenencia

Inmueble Casa-habitacion y local comercial, sito en la MORDAZA San MORDAZA Nº 333, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA

2001.07.03 S/. 13,489.98 2003.01.03

13554

Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A. la conversion de agencia en oficina especial ubicada en la provincia de Chanchamayo
RESOLUCION SBS Nº 681-2002 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A. para que se le autorice la conversion de su Agencia ubicada en el Jr. MORDAZA Nº 159, MORDAZA de La MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, a Oficina especial; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion SBS Nº 0725-99 del 9 de agosto de 1999, se autorizo a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A. la apertura de la Agencia indicada, habiendose presentado la documentacion pertinente que justifica la conversion solicitada, de acuerdo con los requerimientos de la Circular SBS Nº CR-060-97; De conformidad con lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E", mediante el Informe DESF-"E" Nº 092-OT/2002; y con el visto MORDAZA del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y,

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