Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 227304

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 142-2002-CG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001PCM adiciono al primer parrafo del Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, la precision respecto a que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distingue; Que, los Articulos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el Departamento de Logistica ha emitido el Informe Tecnico Nº 027-2002-CG/AD-LO, de fecha 24 de MORDAZA de 2002, a que se refiere el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Articulo 113º de su Reglamento, en el cual se senalan, en base a criterios de economia, costos y oportunidad, los hechos y las caracteristicas particulares que sustentan tecnicamente la razon por la que se habria elegido a la emisora radial Cadena Peruana de Noticias - CPN para transmitir el programa Contraloria en linea, programa que constituye publicidad de las funciones y atribuciones que competen a la Contraloria General de la Republica, determinandose en consecuencia la procedencia tecnica de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para dicha contratacion; Que, mediante Hoja Informativa Nº 096-2002-CG/AL, la Gerencia Central de Asesoria Legal ha cumplido con emitir el informe legal de acuerdo a lo establecido en los articulos indicados en el considerando precedente; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones producto de la exoneracion, a que se refiere el Articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Articulo 111º de su Reglamento, resulta procedente exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponda la contratacion de veinte (20) espacios de radiodifusion sonora en la Emisora Cadena Peruana de Noticias - CPN y autorizar la contratacion de los referidos servicios hasta por un valor referencial de S/. 52 008,50 (CINCUENTA Y DOS MIL OCHO Y 50/100 NUEVOS SOLES), mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y tal como lo establece el Articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM

y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la contratacion de veinte (20) espacios de radiodifusion sonora en la Emisora Cadena Peruana de Noticias ­ CPN para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, como servicios personalisimos, de conformidad con el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la contratacion de veinte (20) espacios de radiodifusion sonora en la Emisora Cadena Peruana de Noticias ­ CPN, autorizando a la Gerencia Central de Administracion realice dicha contratacion mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia hasta por un valor referencial de S/. 52 008,50 (CINCUENTA Y DOS MIL OCHO Y 50/100 NUEVOS SOLES), incluido el Impuesto General a las Ventas. Articulo 3º.- La contratacion que se efectua en virtud de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas complementarias. Articulo 4º.- El egreso que irrogue la contratacion objeto de la exoneracion a que se refieren los articulos precedentes sera con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios del Pliego 019 Contraloria General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13344

Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 144-2002-CG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2002 VISTOS, el Informe Especial Nº 052-2002-CG/LR, resultante del Examen Especial de Verificacion de Denuncias practicado en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, periodo 1996-2001; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las facultades contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162, el Despacho del senor Contralor General de la Republica, dispuso la realizacion de una Accion de Control a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con la finalidad de verificar las denuncias sobre presuntas irregularidades, presentadas ante este Organismo Superior de Control; Que, del analisis y evaluacion de la documentacion obrante en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, relacionada con la contratacion de servicios de impresion, la Comision Auditora ha determinado que durante los anos 1996, 1997, 1998 y 1999 se contrato los servicios de impresion de un proveedor que estaba impedido de ser postor, por los vinculos de parentesco de sus socios con el funcionario que intervino en la autorizacion de adquisiciones, quien dio su visto MORDAZA en las Hojas o Solicitudes de Requerimiento que regularizan la contratacion de la empresa proveedora, siendo una muestra de ello, su visacion en la Hoja de Requerimiento Nº 169 de 30 de diciembre de 1997, la cual consigna que se adjunta la Factura Nº 2430 del mencionado proveedor; habiendose pagado por estos servicios en el periodo examinado, la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.