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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2002 (28/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 227304 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de julio de 2002 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 142-2002-CG Lima, 22 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrata- ciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001- PCM adicionó al primer párrafo del Artículo 111º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, la precisión respecto a que se encuentran expresa- mente incluidos en la clasificación de servicios personalí- simos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distingue; Que, los Artículos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección precisando que, una vez aproba- da la exoneración, la contratación deberá realizarse me- diante acciones inmediatas sobre la base de la obten- ción de una cotización que cumpla los requisitos estable- cidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que, el Departamento de Logística ha emitido el In- forme Técnico Nº 027-2002-CG/AD-LO, de fecha 24 de julio de 2002, a que se refiere el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y Artículo 113º de su Reglamento, en el cual se señalan, en base a criterios de economía, cos- tos y oportunidad, los hechos y las características particulares que sustentan técnicamente la razón por la que se habría elegido a la emisora radial Cadena Perua- na de Noticias - CPN para transmitir el programa Contra- loría en línea, programa que constituye publicidad de las funciones y atribuciones que competen a la Contraloría General de la República, determinándose en consecuen- cia la procedencia técnica de la exoneración del proceso de selección para dicha contratación; Que, mediante Hoja Informativa Nº 096-2002-CG/AL, la Gerencia Central de Asesoría Legal ha cumplido con emitir el informe legal de acuerdo a lo establecido en los artículos indicados en el considerando precedente; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta- blece que las adquisiciones o contrataciones producto de la exoneración, a que se refiere el Artículo 19º, se realizarán mediante el proceso de adjudicación de me- nor cuantía y se aprobarán mediante Resolución del Ti- tular del Pliego de la Entidad; Que, en consecuencia, al producirse una situación enmarcada en los términos del inciso h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Artículo 111º de su Regla- mento, resulta procedente exonerar del proceso de se- lección que corresponda la contratación de veinte (20) espacios de radiodifusión sonora en la Emisora Cadena Peruana de Noticias - CPN y autorizar la contratación de los referidos servicios hasta por un valor referencial de S/. 52 008,50 (CINCUENTA Y DOS MIL OCHO Y 50/100 NUEVOS SOLES), mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado; y tal como lo es- tablece el Artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; y de confor- midad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMy la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aproba- da por Resolución 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la contratación de veinte (20) espacios de radiodifusión sonora en la Emisora Cadena Peruana de Noticias – CPN para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, como servicios personalísimos, de conformidad con el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de adjudicación directa selectiva la contratación de veinte (20) espacios de radiodifusión sonora en la Emisora Ca- dena Peruana de Noticias – CPN, autorizando a la Ge- rencia Central de Administración realice dicha contrata- ción mediante el proceso de adjudicación de menor cuan- tía hasta por un valor referencial de S/. 52 008,50 (CIN- CUENTA Y DOS MIL OCHO Y 50/100 NUEVOS SOLES), incluido el Impuesto General a las Ventas. Artículo 3º.- La contratación que se efectúa en virtud de la autorización otorgada por la presente Resolución se regulará por las disposiciones del Texto Unico Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas complementarias. Artículo 4º.- El egreso que irrogue la contratación objeto de la exoneración a que se refieren los artículos precedentes será con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios del Pliego 019 Contraloría General. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 13344 Autorizan a procurador iniciar accio- nes contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Metropolitana de Lima RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 144-2002-CG Lima, 23 de julio de 2002 VISTOS, el Informe Especial Nº 052-2002-CG/LR, resultante del Examen Especial de Verificación de De- nuncias practicado en la Municipalidad Metropolitana de Lima, período 1996-2001; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las facultades contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162, el Despacho del señor Contralor General de la República, dispuso la realización de una Acción de Con- trol a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con la fina- lidad de verificar las denuncias sobre presuntas irregularidades, presentadas ante este Organismo Supe- rior de Control; Que, del análisis y evaluación de la documentación obrante en la Municipalidad Metropolitana de Lima, rela- cionada con la contratación de servicios de impresión, la Comisión Auditora ha determinado que durante los años 1996, 1997, 1998 y 1999 se contrató los servicios de impresión de un proveedor que estaba impedido de ser postor, por los vínculos de parentesco de sus socios con el funcionario que intervino en la autorización de adquisi- ciones, quien dio su visto bueno en las Hojas o Solicitu- des de Requerimiento que regularizan la contratación de la empresa proveedora, siendo una muestra de ello, su visación en la Hoja de Requerimiento Nº 169 de 30 de diciembre de 1997, la cual consigna que se adjunta la Factura Nº 2430 del mencionado proveedor; habiéndose pagado por estos servicios en el período examinado, la