Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2002 (28/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 227303 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de julio de 2002 SILVESTRE GUILLERMO GIL MALCA Vicepresidente CARLOS CHA CÓN GALINDO Consejero de Evaluación y Asuntos Académicos RAIMUNDO VILLA GRASA NO VOA Consejero de Asuntos Administrativos HERA CLIO CAMP ANA AÑASCO Secretario General 13577 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan contratación de servicios de valorización de aviones y de espacios de radiodifusión sonora mediante procesos de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 141-2002-CG Lima, 22 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, en el marco de la acción de control que se viene ejecutando en el Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú, encaminada a evaluar la operación de venta de seis (6) Aviones TUCANO T-27 efectuada por la Fuerza Aérea del Perú al Gobierno de Angola, y como parte de los proce- dimientos de auditoría establecidos para la misma, re- quiere contar con la opinión técnica especializada para la valorización de seis (6) Aviones TUCANO T-27 y sus accesorios, seis (6) motores y seis (6) hélices; Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, con- templa en su inciso h) el supuesto de exoneración de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, cuando se trata de contratacio- nes de servicios personalísimos, procediendo su con- tratación mediante una adjudicación de menor cuantía conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicha Ley; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las con- diciones que deben reunir la contratación para poder ac- ceder a la causal de exoneración por servicios persona- lísimos, señalando que la misma está referida a los con- tratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la per- sona del locador, ya sea por sus características inheren- tes, particulares o especiales o por su determinada cali- dad, profesión, ciencia, arte u oficio, estableciendo el trá- mite y procedimiento para las adquisiciones y contrata- ciones exoneradas; Que, los Artículos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección precisando que, una vez aproba- da la exoneración, la contratación deberá realizarse me- diante acciones inmediatas sobre la base de la obten- ción de una cotización que cumpla los requisitos estable- cidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que, el Departamento de Logística ha emitido el In- forme Técnico Nº 028-2002-CG/AD-LO, de fecha 24 de julio de 2002, a que se refiere el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y Artículo 113º de su Reglamento, en el que se señala que el Consejo Nacional de Tasacio- nes – CONATA, institución que tiene como una de sus funciones la ejecución de valuaciones de bienes mue-bles e inmuebles a nivel nacional, constituye una enti- dad especializada que brinda la garantía y seguridad de realizar la valorización de los referidos bienes de acuerdo a las exigencias establecidas en la normativi- dad vigente y con el concurso de peritos calificados y experimentados en la realización de tasaciones, indi- cándose asimismo los criterios de economía, costos y oportunidad que sustentan técnicamente la razón por la que se habría elegido a CONATA, constituyéndose en características particulares de CONATA que determinan su condición personalísima; Que, asimismo, mediante la Hoja Informativa Nº 095- 2002-CG/AL, la Gerencia Central de Asesoría Legal ha cumplido con emitir el informe legal de acuerdo a lo esta- blecido en los artículos indicados en el considerando pre- cedente; Que, en consecuencia, al producirse una situación enmarcada en los términos del inciso h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, y 111º de su Re- glamento, resulta procedente exonerar del proceso de selección que corresponda la contratación del Conse- jo Nacional de Tasaciones – CONATA para prestar los servicios de valorización de seis (6) Aviones TUCANO T-27 y sus accesorios, seis (6) motores y seis (6) héli- ces por tratarse de servicios personalísimos y autori- zar la contratación de los referidos servicios hasta por un valor referencial de S/. 55 873,00 (CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/ 100 NUEVOS SOLES), mediante el proceso de adjudi- cación de menor cuantía de conformidad con lo dis- puesto por el Artículo 20º del citado Texto Unico Orde- nado, y tal como lo establece el Artículo 116º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; y de confor- midad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, aproba- da por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la contratación del Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA para los fines expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución, como servicios personalísimos, de conformidad con el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de adjudicación directiva selectiva, la contratación del Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA para pres- tar los servicios de valorización de seis (6) Aviones TUCANO T-27 y sus accesorios, seis (6) motores y seis (6) hélices, autorizando a la Gerencia Central de Admi- nistración realice dicha contratación mediante el pro- ceso de adjudicación de menor cuantía hasta por un valor referencial de S/. 55 873,00 (CINCUENTA Y CIN- CO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 3º.- La contratación que se efectúa en virtud de la autorización otorgada por la presente Resolución se regulará por las disposiciones del Texto Unico Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas complementarias. Artículo 4º.- El egreso que irrogue la contratación objeto de la exoneración a que se refieren los artículos precedentes será con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios del Pliego 019 Contraloría General. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 13343