Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2002 (26/06/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 26 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 225329

De conformidad con lo establecido en el Articulo 14º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/ SUNAT y modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por el postor ASCENSORES S.A., contra el otorgamiento de la buena pro en la Licitacion Publica Internacional Nº LPI-0001-2002IE0000-SUNAT, en consecuencia confirmar el otorgamiento de la buena pro del citado MORDAZA de seleccion a favor del postor COLD IMPORT S.A., de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAKUMA HIRATA Intendente Nacional de Administracion (e) 11247

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Prohiben circulacion de vehiculos de transporte publico masivo regular de pasajeros del MORDAZA camioneta rural por la avenida Abancay, Cercado de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL GENERAL Nº 097-02-MML/DMTU-DGTO MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2002 Visto, el Informe Nº 024-02-MML/DMTU-DGTO-DSZ de fecha 4 de marzo del 2002, de la Direccion de Senalizacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Ley Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inciso 5) del Articulo 10º de la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales son competentes para regular el transporte colectivo, la circulacion y el MORDAZA, y el inciso 4) del Articulo 69º del mismo cuerpo legal preceptua que, son competentes para regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece como uno de sus objetivos que el Transporte y MORDAZA Terrestre se oriente a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, por Edicto Nº 021 el Concejo Metropolitano de MORDAZA establecio que la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, es el organo responsable de administrar, programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades concernientes a la regulacion del transporte colectivo, la circulacion y el transito; Que, el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 132 establece que constituyen objetivos permanentes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en materia de transito: preservar la seguridad publica en el transito; dar fluidez al MORDAZA vehicular y peatonal, y educar y capacitar a la poblacion en el correcto uso de las vias publicas; preser-

var el patrimonio vial y vehicular de la provincia de Lima; y, prevenir los riesgos a la salud y al ambiente generados por la circulacion o el funcionamiento de los vehiculos automotores; Que, la Ordenanza Nº 201 aprueba el Plan Maestro del Centro de MORDAZA, disponiendo como proposito de la misma, el obtener mejores niveles de calidad fisica, social y economica, propiciando el mejoramiento de la calidad de los servicios publicos; Que, el inciso b) del Articulo 26º de la Ordenanza citada en el considerando anterior establece que, el Centro Historico de MORDAZA, como area de tratamiento de caracter integral, tendra como MORDAZA la conservacion, rehabilitacion y preservacion del espacio publico, reduciendo drasticamente la contaminacion y deterioro ambiental, y la presion del MORDAZA automotor que induzcan a la sobreutilizacion y congestionamiento; Que, el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 033-2001MTC que aprueba el Reglamento Nacional de MORDAZA, reconoce que las autoridades competentes en materia de MORDAZA son las Municipalidades Provinciales las cuales tienen competencias normativas, de gestion y fiscalizacion, dentro de su ambito territorial; Que, el Articulo 120º de la MORDAZA anteriormente citada, establece que las Municipalidades Provinciales como autoridad competente, en situaciones generadas por la congestion vehicular y/o contaminacion, puede prohibir o restringir la circulacion de vehiculos o tipos de vehiculos en determinadas areas o vias publicas; Que, el MORDAZA MORDAZA en el Centro de MORDAZA requiere se adopten medidas que conlleven a disminuir la congestion vehicular, los niveles de contaminacion del medio ambiente y mejorar la seguridad vial, siendo una de estas medidas, el determinar las vias y/o areas de tratamiento por las cuales se debera restringir la circulacion vehicular en cualquiera de sus modos de transporte, determinado MORDAZA de vehiculos con los citados fines; Que, el Informe Nº 024-02-MML/DMTU-DGTO-DSZ de fecha 4 de marzo del 2002 emitido por la Direccion de Senalizacion, hace de conocimiento la inadecuada utilizacion de las calzadas destinadas al Transporte Publico, debido a la operacion de unidades de menor dimension como es el caso de las camionetas rurales; las cuales por sus menores dimensiones y excesivas maniobras de detencion y recojo de pasajeros en la operacion del servicio, ocasionan congestion vehicular en la Av. Abancay en el Cercado de MORDAZA, recomendando que se adopten medidas que conlleven a disminuir la congestion vehicular, los niveles de contaminacion del medio ambiente y mejorar la seguridad vial; De conformidad con las Leyes Nºs. 23853, 27181, Ordenanzas Nºs. 062, 201, Edicto Nº 021, sus modificatorias, D.S. Nº 033-MTC y demas normas pertinentes; RESUELVE: Articulo Primero.- Prohibir la Circulacion de Vehiculos de Transporte Publico Masivo Regular de Pasajeros del MORDAZA Camioneta Rural (Omnibus - 03), por la Av. Abancay, en el Cercado de Lima. Articulo Segundo.- El Articulo Primero de esta resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA del 2002. Articulo Tercero.- El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion Directoral General, sera sancionado de acuerdo al Reglamento General de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-01-MTC. Articulo Cuarto.- La Direccion de Senalizacion queda encargada de implementar la senalizacion correspondiente. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento de la Direccion de la Policia de MORDAZA (DIPOLTRAN), la emision del presente dispositivo, a fin que disponga las medidas de control correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de MORDAZA Direccion Municipal de Transporte MORDAZA Direccion General de MORDAZA 11243

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.