Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2002 (10/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 10 de noviembre de 2002 ANEXO Nº 8

NORMAS LEGALES

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PROCEDIMIENTOS DE GESTION ADMINISTRATIVA EN EL ALMACEN ESPECIALIZADO
I. Objetivo Establecer el procedimiento administrativo a seguir en el Almacen Especializado para el ingreso y distribucion de medicamentos e insumos medico-quirurgicos. II. Alcance El presente procedimiento es de cumplimiento obligatorio en todas las dependencias del Ministerio de Salud a nivel nacional. III. Responsabilidad 1. El Director General de la Direccion Regional de Salud, Direccion Subregional de Salud, Direcciones de Salud, Institutos Especializados u Hospitales (que sea unidad ejecutora), es responsable de implementar y hacer cumplir el presente procedimiento. 2. El Director de la Oficina de Logistica o la que haga sus veces, es responsable de emitir normas especificas de almacenamiento, de estricto cumplimiento en el almacen especializado, asi como de suministrar, verificar y supervisar los bienes que se encuentran en dicho Almacen. 3. El Director de Medicamentos de la Direccion Regional de Salud, Direccion Subregional de Salud, Direcciones de Salud y Jefe de Farmacia de Institutos Especializados u Hospitales (que sea unidad ejecutora), es responsable de la custodia, administracion, registro y control de los bienes, que se encuentran en el Almacen Especializado; elabora la documentacion para el suministro y distribucion de los medicamentos e insumos medico-quirurgicos a los establecimientos de salud y el Pedido Comprobante de Salida - PECOSA consolidado. 4. El Responsable de medicamentos del Centro de Salud, Puesto de Salud y Hospital que no sea unidad ejecutora, remite la informacion requerida por la Direccion de Medicamentos o la que haga sus veces de su localidad. IV. Base legal · MORDAZA SA.05 " Unidad en el Ingreso Fisico y Custodia Temporal de Bienes", aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº118-80-INAP/DNA modificada por la Resolucion Jefatural Nº133-80-INAP/DNA. · Resolucion Jefatural Nº 335-90-INAP/DNA "Manual Administracion de Almacenes para el Sector Publico Nacional". · Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG " Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico". · Resolucion de Contaduria Nº 067-97-EF/73.01 "Compendio de Normatividad Contable". · Resolucion Ministerial Nº 396-2001-SA/DM "Sistema Integrado de Suministros de Medicamentos, Insumos y Material Medico Quirurgico ­SISMED". V. Disposiciones generales 1. El Almacen General es una area fisica seleccionada bajo criterios tecnicos adecuados, destinado a la custodia y conservacion de bienes que van a emplearse para la produccion de servicios o bienes economicos. 2. Almacen Especializado, es un area fisica para la conservacion, seguridad, manejo y control de medicamentos e insumos medico-quirurgicos, que se encuentra cenido a las Buenas Practicas de Almacenamiento y bajo la direccion y responsabilidad tecnica de un profesional Quimico Farmaceutico. Se constituye a partir de los denominados centros de distribucion y demas almacenes existentes de medicamentos e insumos medico quirurgicos en las Direcciones de Salud. 3. Pedido Provisional de Almacen - PPA, documento de control administrativo que acredita el traslado de bienes del almacen general de logistica al almacen especializado de medicamentos o servicio de farmacia, segun sea el caso. VI. Disposiciones especificas 1. Del ingreso de bienes al almacen especializado 1.1. Los medicamentos e insumos medico-quirurgicos ingresan directamente al almacen especializado en cuyo caso la recepcion se efectua conjuntamente por el jefe del Almacen especializado y el jefe del almacen general.

1.2. El internamiento de los bienes se efectua previa verificacion cuantitativa y evaluacion cualitativa de los bienes, de conformidad con las cantidades, especificaciones tecnicas senaladas en los documentos de adquisicion y protocolo de analisis del lote a ingresar. 1.3. La conformidad de la recepcion sera suscrita por el responsable del Almacen General en el rubro "Recibi Conforme" de la Orden de Compra ­ Guia de Internamiento. 1.4. De haber alguna observacion en el momento de la recepcion, sea por diferencias en cantidad, productos diferentes a lo expresado en el documento de entrega, en mal estado de conservacion o incumplimiento en la MORDAZA de documentacion tecnicos no debera recepcionarse los productos observados e informar a la Oficina de Logistica o la que haga sus veces, a efectos de realizar el reclamo respectivo 1.5. En el caso de que los bienes procedan de una donacion o remesa, el jefe del almacen general, elabora la Nota de Entrada a Almacen ­ NEA. 1.6. MORDAZA del documento de ingreso (Orden de Compra ­ Guia de Internamiento o Nota de Entrada a Almacen) sera remitida al Area de Informacion de Logistica (Sistema Kardex) para efectos de registrar el ingreso de los medicamentos e insumos medico-quirurgicos, en las Tarjetas de Existencia Valorada de Almacen. 1.7. Los medicamentos e insumos medico-quirurgicos, se ubican en zonas previamente asignadas para su internamiento, agrupandose segun criterios tecnicos (forma farmaceutica, orden alfabetico, nivel de rotacion, etc.); de tal manera que su identificacion sea agil y oportuna, registrando el ingreso en las tarjetas de control visible, la misma que sera colocada junto al grupo de bienes ingresados. 1.8. El responsable del Almacen General elabora el Pedido Provisional de Almacen ­ PPA, por el total de los bienes ingresados al Almacen Especializado, documento que sera suscrito por: - Solicitante, DIREMID o Jefatura de Farmacia - Jefe del Almacen general, quien autoriza la salida de los bienes - Recibi conforme, Jefe del Almacen Especializado. 2. De la salida de bienes del almacen especializado 2.1. Los medicamentos e insumos medico-quirurgicos que tengan fecha de expiracion mas cercana, seran los primeros en ser distribuidos, bajo responsabilidad del jefe del almacen especializado. 2.2. Para la distribucion de los bienes que se remiten a los CLAS, Centros de Salud y Puestos de Salud y Hospitales que no MORDAZA unidades ejecutoras, se emplea el formato Guia de Remision acorde con las disposiciones emitidas por SUNAT, el cual sera formulado por el Jefe del Almacen Especializado y visado por la Director de medicamentos o quien haga sus veces autorizando su atencion. 2.3. En cumplimiento de lo establecido en la MORDAZA 10005 Segregacion de funciones, la preparacion del pedido debe ser efectuada por persona distinta a la que efectua la entrega del mismo. 2.4. La salida de los medicamentos e insumos medicoquirurgicos, se registra en las Tarjetas de Control Visible del almacen especializado. 3. De la elaboracion del pedido comprobante de salida 3.1. La Direccion de Medicamentos o Jefatura de Farmacia ­segun corresponda- elabora el Pedido Comprobante de Salida en forma mensual, en funcion al consolidado de los Informes de Consumo Integrado -ICI de medicamentos e insumos medico-quirurgicos que reporten durante el mes las dependencias de salud de su ambito jurisdiccional. 3.2. El Pedido Comprobante de Salida, se emitira segun detalle: · Una Pecosa por la atencion de pacientes cubiertos por el seguro Integral de Salud. · Una Pecosa por la atencion de pacientes cubiertos por la DGSP- Intervenciones Sanitarias. · Una Pecosa por la exoneracion a pacientes indigentes (Medicamentos adquiridos con el Fondo Rotatorio entregados gratuitamente). · Una Pecosa por la atencion de pacientes por demanda (venta). · Una Pecosa por la donacion de medicamentos a pacientes indigentes (Medicamentos recibidos en donacion entregados gratuitamente).

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