Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2002 (14/11/2002)


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SEPARATA ESPECIAL

MORDAZA, jueves 14 de noviembre de 2002

los dias 18 y 19 de junio de 1986. Asimismo se incorporaron las siguientes declaraciones e informes periciales rendidos durante las audiencias publicas celebradas en la sede de la Corte entre los dias 6 y 10 de MORDAZA de 1993 sobre el fondo del caso MORDAZA MORDAZA y otros: a) Testimonio de MORDAZA Goldenberg (periodista) Como periodista, entrevisto a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien le informo que despues del bombardeo del penal quedaron con MORDAZA unos 70 presos; que los llamaban en grupos y que ocurrieron fusilamientos; que el entrevistado tenia ocho o diez heridas de bala y fue arrojado con otros heridos en una fosa. Posteriormente fue dinamitado el Pabellon Azul. Asi mismo, la senora Goldenberg entrevisto a MORDAZA Tulich MORDAZA, quien le informo que sabia que a los detenidos que eran cabecillas del motin los llevaron a la base MORDAZA de San MORDAZA, donde los fusilaron. b) Testimonio de MORDAZA Coll (asistente social) En agosto de 1987, estaba adscrita a una oficina encargada, por la Comision Investigadora del Parlamento, de recibir testimonios de los familiares de los detenidos en los penales y de algunos sobrevivientes; por ello entrevisto a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien le informo, con mayor amplitud, lo que ya habia declarado a la testigo anterior. Senalo que algunos familiares de los detenidos sabian que varios sobrevivientes habian desaparecido. c) Dictamen de MORDAZA Tamayo MORDAZA Bazurco (ingeniero civil) En 1987 el Centro de Proyectos y Construcciones, del cual era Presidente, fue contratado por la comision del Congreso que investigaba los sucesos de los penales para evaluar tecnicamente lo que habia sucedido en el Pabellon MORDAZA desde el punto de vista de la ingenieria. Visito El MORDAZA, cuyo Pabellon MORDAZA habia sido demolido. La demolicion total se habia producido mediante explosivos plasticos colocados al pie de las columnas. El declarante observo huellas de la onda expansiva por fuera del edificio, asi como la existencia de 20 metros de tuneles, que no afectaron la solidez de la estructura; no habia vestigios de que en ellos hubieran ocurrido explosiones. d) Dictamen de MORDAZA MORDAZA Cangahuala (ingeniero civil) El declarante senalo que fue contratado por la comision del Senado para hacer una evaluacion, desde el punto de vista de la ingenieria civil, sobre el problema que se habia presentado en el penal San MORDAZA Bautista. Despues de visitar el sitio y reunir antecedentes, participo en la elaboracion de un informe. El Colegio de Ingenieros hizo MORDAZA el informe. Encontraron tuneles que no ofrecian continuidad hacia aberturas en la costa, ni evidencia de explosivos en las columnas del Pabellon. Con el trabajo de diez peones se hubieran podido eliminar los escombros en el pabellon en el curso de un mes. Si la intencion de usar explosivos hubiera sido ingresar al Pabellon, se habrian colocado en los muros. A su juicio, los explosivos se colocaron para demoler el edificio. No hay evidencia de que hubiera MORDAZA una explosion en el interior del edificio. Un explosivo plastico no podria provocar una explosion de dinamita por simpatia. Habia posibilidad de que la gente se refugiara en los tuneles, pero no de que pudieran salir de estos. e) Testimonio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz (abogado y juez penal) En la epoca de los hechos era Juez Instructor del Callao. El 18 de junio de 1986 escucho por la radio la noticia de los motines en El MORDAZA, y, alrededor de la una de la tarde, el Presidente de la Corte Suprema lo comisiono para observar los hechos, sin poder de decision, para luego informarlo. Las autoridades de

la MORDAZA le negaron facilidades para trasladarse a la MORDAZA Penal. Como a las tres y media o cuatro de la tarde ingreso a su despacho un habeas MORDAZA que presentaron los abogados de los internos del penal, y alrededor de las nueve y media de la noche se le facilito una lancha que lo traslado a la Isla. Entrevisto al Director del Penal, quien le comunico que la MORDAZA estaba bajo el control de la MORDAZA de Guerra. Tambien entrevisto al Viceministro del Interior quien le comunico que el Gobierno, por intermedio del Consejo de Ministros, habia encargado a las Fuerzas Armadas la debelacion de los motines. A continuacion hubo un apagon y explosiones. Se acerco a una reja localizada como a 50 metros del penal y grito que salieran delegados de los internos, pero no obtuvo ninguna respuesta. Se le impidio hablar con el Comandante a cargo del operativo militar. Al abordar una lancha en la madrugada para retirarse, oyo explosiones, y al tercer dia supo por los medios de difusion sobre los muertos habidos como consecuencia de la debelacion del motin. Intento dirigirse de MORDAZA al penal y se le impidio hacerlo, diciendosele que era MORDAZA Militar Restringida. En otros casos de motines ha MORDAZA debelacion sin necesidad de usar medios letales. Los internos de El MORDAZA no pudieron haberse fugado. Los recursos de garantia o de habeas MORDAZA, en el caso concreto de El MORDAZA, fueron ineficaces para la tutela de la MORDAZA, la integridad fisica y los derechos fundamentales de las personas. Al hacerse levantamientos de cadaveres se toman las huellas digitales, las huellas de los dientes y en algunos casos las huellas de los pies, y cuando un prisionero entra a la carcel se le toman huellas digitales y fotografias. f) Testimonio de MORDAZA MORDAZA Burneo Labrin (abogado y profesor del curso de derechos humanos en la Universidad Mayor de San Marcos) En el ano 1986 era Director del Departamento Juridico de la Comision Episcopal de Accion Social (CEAS) de la Iglesia Catolica. Dos o tres semanas despues de los hechos, acudieron a esa oficina la senora MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el padre de MORDAZA Zenteno MORDAZA y MORDAZA Zenteno MORDAZA, pidiendo que les ayudaran a conseguir informacion sobre el paradero de sus familiares. Planteo un recurso de habeas MORDAZA ante el Vigesimo Primer Juzgado de Instruccion de MORDAZA, el dia 16 de MORDAZA de 1986. El Presidente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y el Comandante General de la MORDAZA declararon que la informacion debia pedirse a las autoridades penitenciarias o al Juez Especial de la MORDAZA que estaba practicando el levantamiento de los cadaveres. El Presidente del Consejo Nacional Penitenciario entrego al juez una lista de los detenidos en El MORDAZA el dia de los hechos, en la cual aparecian 152 internos, entre ellos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los hermanos Zenteno, e informo que habian puesto a su disposicion 27 detenidos sanos y salvos y siete heridos. El juez resolvio que no procedia el habeas MORDAZA, resolucion que fue apelada, y el Tribunal Correccional de MORDAZA, por dos votos contra uno, decidio no haber lugar a la apelacion. El 25 de agosto de 1986 interpuso recurso de nulidad ante la Corte Suprema, y la Sala Penal de ese Tribunal resolvio que no habia nulidad. La CEAS interpuso recurso de casacion ante el Tribunal de Garantias Constitucionales, y cuatro miembros de este votaron en favor de la casacion, es decir, falto un MORDAZA para obtener la casacion porque se requieren cinco favorables, y en esa forma quedo agotada la instancia nacional. Aconsejo a la familia recurrir a la Comision Interamericana. g) Testimonio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA (abogado) El testigo fue elegido MORDAZA en 1985 y fungio como miembro de la Comision de Justicia de Derechos Humanos del Senado. Despues de los acontecimientos en los penales, el Congreso nombro, a solicitud del Presidente de la Republica, una comision investiga-

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