Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2003 (31/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 31 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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ciones y organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, como un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales; Que, el tercer parrafo de la MORDAZA citada prescribe que los representantes de la sociedad civil son elegidos democraticamente por un periodo de dos anos, de entre los delegados acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que para tal efecto abrira la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de tres anos de actividad institucional comprobada; Que, la misma MORDAZA citada dispone que la eleccion de los representantes sera supervisada por el organismo electoral correspondiente, quien para el caso es el MORDAZA Nacional de Elecciones, con cuyos funcionarios se ha coordinado su participacion en el MORDAZA eleccionario; Que, de conformidad con el Articulo 104º de la Ley acotada, entre las principales funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital esta la de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital con las organizaciones civiles, concordante con lo estipulado en el "Instructivo para la Programacion Participativa del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004", aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 020-2003-EF/76.01; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y a lo dispuesto por el Articulo 42º de la MORDAZA acotada; DECRETA: Articulo Primero.- Convoquese a elecciones de los representantes de las organizaciones civiles para su incorporacion al Consejo de Coordinacion Local Distrital, a llevarse a cabo el MORDAZA 30 de noviembre de 2003, a partir de las 08.00 a 13.00 horas, en el local de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, sito en la avenida Nueva MORDAZA, Lote 97-B, Cieneguilla. Articulo Segundo.- Constituyase el Comite Electoral encargado de llevar a cabo el MORDAZA eleccionario, quedando conformado de la siguiente manera: - Presidente - Secretaria - Vocal Regidor, MORDAZA MORDAZA Sulcaray Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Reunido el Honorable Concejo de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de fecha 6 de octubre de 2003, y con el quorum reglamentario. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica de 1993, las Municipalidades son organos de gobierno con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, articulo 9º incisos 14 y 34 corresponde al Concejo Municipal aprobar ordenanzas o normas que garantice una efectiva participacion vecinal conforme a los dispositivos vigentes, ademas aprobar los espacios de concertacion y participacion vecinal, asi como reglamentar su funcionamiento. Que, de conformidad a lo senalado en los articulos 102º, 103º, 104º y 105º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, se crean los Consejos de Coordinacion Local Distrital como Instancias de Participacion de la Sociedad Civil en la gestion del desarrollo local. Que, de acuerdo al Proyecto emitido por la Oficina de Participacion Vecinal de la Municipalidad de Chaclacayo, las consideraciones MORDAZA expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con la dispensa de la aprobacion del acta y el MORDAZA unanime del pleno del Concejo, aprobado lo siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO QUE MORDAZA EL MORDAZA DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE CHACLACAYO. El mismo que consta de 4 Titulos, 8 Capitulos, 33 Articulos y 3 Disposiciones Transitorias, que en anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Oficina de Participacion Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenanza, requiriendose para tal efecto, el apoyo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE. Y en caso necesario el apoyo de la Policia Nacional del Peru. Articulo Tercero.- PUBLIQUESE en el Diario Oficial El Peruano la Presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Titulo I Titulo II Disposiciones Generales Del Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital Capitulo I Disposiciones Generales Capitulo II Del Procedimiento inscripcion

Articulo Tercero.- Dispongase que la Secretaria General MORDAZA un Libro de Registro de Inscripcion de Representantes de las Organizaciones Civiles, el mismo que estara a cargo de la Gerencia de Servicios Sociales y Participacion Vecinal. Articulo Cuarto.- Apruebese el Reglamento del MORDAZA de Eleccion, que forma parte del presente Decreto como Anexo I. Articulo Quinto.- Encarguese a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto e Informatica y a la Gerencia de Servicios Sociales y Participacion Vecinal, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ ROZENBERG MORDAZA 19912

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Reglamento que MORDAZA el MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 066 Chaclacayo, 9 de octubre de 2003 El MORDAZA de la Municipalidad de Chaclacayo

Titulo III MORDAZA de eleccion de representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinacion Local Distrital Capitulo I Del Comite Electoral. Conformacion. Atribuciones y obligaciones. Capitulo II De la convocatoria Capitulo III Del Padron Electoral Capitulo IV Del MORDAZA Electoral Titulo IV De los derechos y obligaciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital Capitulo I De la duracion del mandato Capitulo II De los derechos y obligaciones de los representantes Disposiciones Complementarias

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